Patricia Muñoz Garcìa

Patricia Muñoz Garcìa
Departamento Nacional Profesores Jubilados DEPROJ

miércoles, 25 de febrero de 2009

RESPUESTA DE CONTRALORÍA POR PROBLEMAS CON EL DINERO DE PROFESORES EN SUS RESPONSABILIDADES CON TERCEROS.



Se produjo un problema serio , el año 2007 los profesores ,comenzaron a ser notificados por distintas entidades ,pues no se habría pagado el dinero , que debía ser descontado por planilla según convenios .Especialmente , la caja de Compensación los Andes .
Se envió la denuncia del hecho a Contraloría.
Adjunto la respuesta de la entidad.

lunes, 23 de febrero de 2009

Preguntas Frecuentes de la ley 20305.Bono Post Laboral.

1. ¿SE PUEDE UTILIZAR UN FORMULARIO DISTINTO AL FORMULARIO TIPO?

Si bien el potencial beneficiario no está obligado a utilizar la Solicitud Bono Post Laboral SolicitudBonoPostLaboral Tipo, se sugiere seguir ese formato, toda vez que en él se recoge toda la información que requerirá tanto la jefatura máxima como la Superintendencia de Pensiones para poder certificar los requisitos de acceso al bono, facilitando con ello el proceso de concesión del mismo.

2. ¿ANTE QUIEN DEBE SOLICITARSE EL BONO POST LABORAL?

La solicitud se debe presentar exclusivamente ante la jefatura máxima de la institución en la que se desempeña o en la que haya cesado en funciones.

3. ¿PUEDEN LOS TRABAJADORES QUE SE DESEMPEÑAN EN LAS EMPRESAS PÚBLICAS ACCEDER AL BONO POST LABORAL?

No. Ninguna empresa pública se encuentra dentro de la cobertura del bono post laboral.

Sólo los servicios públicos y organismos señalados expresamente en el artículo 1° de la ley N° 20.305 o sus antecesores legales están comprendidos en la cobertura del beneficio.

4. ¿CÓMO SE CONTABILIZAN LOS 20 AÑOS DE ANTIGÜEDAD EXIGIDOS PARA ACCEDER AL BENEFICIO?

La ley no distingue si los 20 años de servicios se contabilizan en forma continua o discontinua. Por tanto, si la ley no distingue, no le corresponde al intérprete distinguir. En consecuencia, para efectos del cómputo del período de 20 años se considerarán todos los años que el trabajador se haya desempeñado en alguno de los servicios u organismos comprendidos en la cobertura o en sus antecesores legales sea que éstos se prestaren de forma continua o discontinua.

5. ¿HASTA CUÁNDO PUEDEN POSTULAR AL BONO QUIENES A LA FECHA DE PUBLICACIÓN DE LA LEY (1 DE ENERO DE 2009) TENGAN CUMPLIDA LA EDAD PARA JUBILAR O MÁS?
Dentro de 12 meses siguientes a la fecha de entrada en vigencia de la ley, esto es, hasta el 1 de enero de 2010. Si el trabajador no presenta la solicitud para acceder al bono dentro del plazo señalado, se entenderá que renuncia a dicho beneficio.

6. ¿HASTA CUÁNDO PUEDEN POSTULAR AL BONO QUIENES HAYAN CESADO EN SUS FUNCIONES ENTRE EL 14 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY (1 DE ENERO DE 2009)?
Dentro de 12 meses siguientes a la fecha de entrada en vigencia de la ley,
esto es, hasta el 1 de enero de 2010.

Si el trabajador no presenta la solicitud para acceder al bono dentro del plazo señalado, se entenderá que renuncia a dicho beneficio.

7. ¿EL RESTO DE LOS POTENCIALES BENEFICIARIOS HASTA CUÁNDO PUEDEN POSTULAR AL BONO?
Dentro de 12 meses siguientes a la fecha en que cumplan la edad para impetrar el beneficio, esto es, 60 años de edad las mujeres y 65 años de edad, los hombres. Con el límite del año 2024, fecha en que cesa la posibilidad de acceder al bono.

Si el trabajador no presenta la solicitud para acceder al bono dentro del plazo señalado, se entenderá que renuncia a dicho beneficio.

8. ¿QUÉ SE ENTIENDE POR “REMUNERACIONES MENSUALES IMPONIBLES” PARA EFECTOS DE EFECTUAR EL APORTE DEL 1%, DESTINADO A CONTRIBUIR AL FINANCIAMIENTO DEL BONO?

Corresponde al total de las remuneraciones imponibles que perciba el trabajador que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 6° de la ley N° 20.305, en el mes respectivo. Dicho total no estará sujeto al límite de imponibilidad.

9. ¿DESDE CUÁNDO SE PAGA EL BONO PARA EL PERSONAL QUE ESTÁ EN SERVICIO A LA FECHA DE SOLICITARLO? (COBERTURA GENERAL)

El bono, con independencia de la fecha en que se haya efectuado la solicitud sólo se devengará y pagará a contar del mes subsiguiente al de la fecha en que el trabajador hubiere cesado en el cargo o terminado el contrato de trabajo, sea por renuncia voluntaria, por pensionarse por vejez de acuerdo al D.L.N° 3.500, por supresión del
empleo o por aplicación del artículo 161 del Código del Trabajo.

10. ¿DESDE CUÁNDO SE PAGA EL BONO PARA EL PERSONAL QUE NO ESTÁ EN SERVICIO A LA FECHA DE SOLICITARLO? (COBERTURA ESPECIAL)

Tratándose de los ex trabajadores que hubieren cesado en funciones entre el 14 de noviembre de 2003 y la entrada en vigencia de la ley (1 de enero de 2009) o que hayan obtenido pensión de invalidez o de vejez anticipada por trabajos pesados, de conformidad al Decreto Ley N°3.500, de 1980, el bono se devengará y pagará a contar del mes subsiguiente a la total tramitación del acto administrativo que concede el beneficio. El bono no se paga retroactivamente.


11. ¿QUIÉN TIENE LA RESPONSABILIDAD DE VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PARA ACCEDER AL BONO?

La verificación del cumplimiento de los requisitos es de responsabilidad directa de la institución a la que pertenece o haya pertenecido el trabajador.

Para estos efectos, la jefatura máxima de la entidad a la que pertenece o haya pertenecido el trabajador, ordenará certificar al Jefe de Recursos Humanos o a quien cumpla sus funciones, en el plazo de 15 días hábiles contados de la fecha de recepción de la Solicitud del Bono Post Laboral, el cumplimiento de los requisitos para obtener el beneficio.

Para estos efectos, el Jefe de Servicio podrá requerir información de cualquier otro organismo público, la que deberá contenerse en un certificado firmado por la autoridad competente del servicio u organismo
que la proporcione.

12. ¿CÓMO VERIFICA EL JEFE DE SERVICIO EL REQUISITO DE ENCONTRARSE AFILIADO EL BENEFICIARIO AL NUEVO SISTEMA DE PENSIONES?

El jefe de servicio o jefatura máxima podrá acreditar la afiliación a una administradora de fondos de pensiones (AFP) de un potencial beneficiario de alguna de las siguientes formas:

a) Adjuntar un respaldo en el que conste la individualización de la administradora de fondos de pensiones (AFP) respecto de la cual mensualmente efectúa el pago de la cotización.


b) Solicitar un certificado a la administradora de fondos de pensiones (AFP) en la que esté afiliado el potencial beneficiario.

13. CUANDO SE TRATA DE DETERMINAR LA REMUNERACIÓN PROMEDIO LÍQUIDA DE LOS EX TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO QUE HAYAN CESADO EN FUNCIONES ENTRE EL 14/11/2003
Y 01/01/2009 (artículo quinto transitorio) ¿DESDE QUÉ FECHA ÉSTA SE ACTUALIZA SEGÚN IPC?.

La remuneración promedio líquida se deberá actualizar desde la fecha del cese respectivo hasta la fecha de presentación de la Solicitud Bono Post
Laboral.

14. ¿QUÉ TIPO DE PENSIONES SE INCLUYEN EN LA PENSIÓN DE VEJEZ LÍQUIDA?
Para efectos del cálculo de la pensión de vejez líquida, se considerarán todas las pensiones (pensión del D.L. 3.500, pensión del antiguo sistema

(INP), pensión de Capredena y pensión de Dipreca), con excepción de las
pensiones de viudez y sobrevivencia.

15. LA INSTITUCIÓN A LA QUE PERTENECE EL POTENCIAL BENEFICIARIO ¿DESDE CUÁNDO DEBE REALIZAR EL PRIMER APORTE DEL 1% AL FONDO DE BONO LABORAL?
La institución deberá efectuar el primer aporte a partir del 1 de febrero de
2009.

16. ¿CÓMO SE CUENTAN LOS PLAZOS QUE SEÑALA LA LEY N° 20.305?

Al no establecer la ley N° 20.305 una norma específica sobre el cómputo de los plazos, ellos se regirán supletoriamente por el artículo 25 de la ley N° 19.880, que señala que “Los plazos de días establecidos en esta ley son de días hábiles, entendiéndose que son inhábiles los días sábados, los
domingos y los festivos.”

jueves, 19 de febrero de 2009

Respuesta a Gerardo sobre Bono 20.305 o Bono Post Laboral

Gerardo .Te envío un saludo y paso a responder tus dudas:Lo que está explícito en la ley es para aquellos empleados de reparticiones públicas o sus organismos sucesores:"El personal que se encuentre afiliado al sistema de pensionesdel Decreto Ley 3.500/80,cotizando en dicho sistema por el
ejercicio de su función pública y cumpla con los siguientes requisitos:
1-"Tener la calidad de empleado público tanto al momento de solicitar el bono, como con anterioridad al 1º de mayo de 1981."
2-Tener a lo menos 20 años de servicios en las Instituciones Públicas a la fecha de publicación de la presente ley. (5.12.08).
3.Tener una tasa de reemplazo liquida igual o inferior a 55% y acceder a una pensión liquida igual o inferior al monto del limite máximo inicial de pensiones del INP.
4-Tener cumplidos 65 años de edad en el caso de los hombres y 60 años, tratándose de las mujeres
5-Cesar en el cargo, por renuncia voluntaria, por obtener pensión de vejez o por supresión del empleo.
En todo caso , estuvimos en el Ministerio de Hacienda y nos dijeron que partió hacia todas las reparticiones públicas ,la circular Nº05,que contienen las instrucciones sobre el tema.
Me despido esperando haber despejado tus dudas.

lunes, 9 de febrero de 2009

CONTRALORIA GENERAL ORDENA PAGAR BONO SAE

CONTRALORIA GENERAL ORDENA PAGAR BONO SAE
07 Feb 2009.- La Contraloría General de la República emitió el viernes 06 de febrero su dictamen respecto del Bono SAE, en el que se establece que tanto a los profesores del sector municipal, como del particular subvencionado y corporados, les corresponde durante los años 2007-2010 el pago el mes de diciembre y de una sola vez de este bono, en proporción a las horas de contrato, por tanto, los alcaldes deudores deben pagar el Bono Sae.

TEXTO COMPLETO DEL DICTAMEN.

Destinatarios
Alcalde de la Municipalidad de Independencia

Texto
Los pagos de trabajos extraordinarios de profesionales de la educación, al no estar regulados en el Estatuto Docente, deben remitirse al Código del Trabajo, y se determina multiplicando el sueldo mensual por el factor que corresponda, según el número de horas que conformen la jornada ordinaria semanal, y luego multiplicando el valor de la hora extraordinaria por el número de horas realizadas, debiendo incluirse el 50 por ciento de recargo del sueldo para el valor hora que establece el art/32 de dicho código.

Acción
Aplica dictámenes 59440/2006, 28980/2002, 32868/2007, 23789/92


Fuentes Legales
Ley 19070 art/71, dfl 1/96 educa, ctr art/32 inc/3, dfl 1/2002 traps
ctr art/42 lt/a, ley 19070 art/35


Descriptores
Cálculo horas extraordinarias, docentes mun


Documento Completo
N° 644 Fecha: 07-I-2009

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Patricia Muñoz García, Presidenta del Colegio de Profesores de la comuna de Independencia, solicitando un pronunciamiento que determine si la Municipalidad respectiva se ha ajustado a derecho en la forma de calcular y pagar las horas extraordinarias a que se refiere el dictamen N° 59.440, de 2006.

Al respecto, es menester señalar que el aludido pronunciamiento manifestó, en lo que interesa, que la municipalidad debía proceder a dar cumplimiento al dictamen N° 28.980, de 2002, de este Organismo de Control, mediante el cual se ordenaba el pago a determinados profesionales de la educación, de horas extraordinarias realizadas los días sábados 4, 11, 18 y 25 de agosto de 2001, con el propósito de recuperar horas de clases que no se efectuaron debido a la realización de un paro de estudiantes.

Enseguida, debe anotarse que a través del dictamen N° 32.868, de 2007, esta Entidad de Fiscalización señaló -al tenor de las indagaciones efectuadas en esa oportunidad- que el pago de las horas extraordinarias referidas había sido aprobado por decreto N° 368, de igual año, procediendo el municipio a pagarlas en el mes de marzo de dicho año.

La Municipalidad de Independencia informó sobre el particular, a través del oficio N° 106, de 2008, de la Dirección del Departamento de Educación.

Establecido lo anterior, es del caso recordar que la ley N° 19.070 -Sobre Estatuto Docente- no contempla preceptos que se refieran a los trabajos extraordinarios de los profesionales de la educación, por lo que debe estarse al efecto a lo dispuesto sobre la materia en el Código del Trabajo, texto legal que, de acuerdo con el artículo 71 de la. ley N° 19.070, se aplica de modo supletorio en todo aquello no regulado por ésta.

En el contexto de lo expresado, es oportuno mencionar, que el inciso tercero del artículo 32 del Código del Trabajo, prevé que las horas extraordinarias se pagan con un recargo del cincuenta por ciento sobre el sueldo convenido !para la jornada ordinaria, entendiendo que es sueldo o sueldo base, según el artículo 42, letra a), del mismo Código, el estipendio obligatorio y fijo, en dinero, pagado en períodos iguales, determinados en el contrato, que recibe el trabajador por la prestación de sus servicios en una jornada ordinaria de trabajo.

Por su parte, la jurisprudencia de este Organismo de Control, contenida en el dictamen N° 23.789, de 1992, entre otros, ha resuelto que la expresión "sueldo" a que alude la letra a) del citado artículo 42, es equivalente a la remuneración básica mínima nacional consagrada en el artículo 35 de la ley N° 19.070, para los profesionales de la educación, considerando además, las asignaciones que se fijan por ese Estatuto y aquéllas especiales que se contemplen en otras leyes, en la medida que a su respecto concurran los requisitos de fijeza, periodicidad y correspondan a una prestación de servicios.

Ahora bien, precisados los elementos que deben ser considerados en el cálculo de las horas extraordinarias que realizan los profesionales de la educación, es dable consignar que, en conformidad con la Circular de Trabajo N° 4, de 1987, de la Dirección del Trabajo -aplicable a estos servidores en virtud de la supletoriedad en esta materia de las disposiciones del Código del Trabajo-, el valor de dichas horas se determina de la siguiente manera: se multiplica el sueldo mensual por el factor que corresponda, según el número de horas que conformen la jornada ordinaria semanal, y luego se multiplica el valor de la hora extraordinaria por el número de horas realizadas, debiendo incluirse en este procedimiento, el 50% de recargo del sueldo para el valor hora que establece el inciso tercero del artículo 32 del Código del Trabajo.

Luego, en el caso que se analiza, cumple manifestar que examinados los antecedentes tenidos a la vista, ha sido posible advertir que el mecanismo utilizado por la Municipalidad de Independencia para calcular las horas extraordinarias a que tienen derecho los profesionales de la educación, que se desempeñaron los días sábados 4, 11, 18 y 25 de agosto de 2001, no se ajustó a lo señalado en el párrafo precedente, por lo que deberá proceder a reliquidar el aludido estipendio, pagando las diferencias a que haya lugar.

En consecuencia, corresponde que ese municipio adopte las medidas tendientes a dar cumplimiento a lo anotado precedentemente, de lo cual deberá informar a esta Contraloría General en el plazo de diez días, contado desde la fecha de recepción del presente oficio.

RESPUESTA A PRESENTACIÓN PROFESORES DEL GABRIELA MISTRAL Y DEL ROSA ESTER ALESSANDRI

Se ha recibido el dictamen de un pago a dichos profesores ,por un paro de alumnos en el año 2001,por el que los profesores , debieron trabajar en forma extraordinaria los sábados .
Contraloría , dictaminó a favor de los colegas , pues ellos habían acudido al establecimiento ,habían firmado y se les hizo recuperar los días de paro estudiantil los días sábados.
Pese al dictamen ,no se canceló a los profesores y debimos apelar en reiteradas ocasiones a Contraloría para pedir un cúmplase;las respuestas eran extrañas por decir lo menos ,en forma oral un funcionario de Contraloría me hablaba que la situación había prescrito que no siguiéramos preguntando .
Incluso en una oportunidad fui acompañada por un abogado a una reunión que se citó por el tema ,el señor de Contraloría , a duras penas aceptó al profesional.Hizo firmar un acuerdo por otra situación y no se pronunció sobre el tema en cuestión.
Finalmente se pidió una investigación a la señora Noemí Rojas ,entonces Contralora y debido a esta gestión , se canceló a los profesores ,pero muy poquito , no lo que se había calculado , por lo que se volvió a hacer una presentación a Contraloría ,organismo que estudió la situación ,y volvió a resolver a favor de los profesores .
Publico documento, texto completo.

viernes, 6 de febrero de 2009

BONO RECONOCIMIENTO PROFESIONAL

´Según la ley debe Reajustarse con la USE ,y esta con los reajustes legales,la tabla indica que el 2009 ,debe sumar 45.455.Deben revisar sus colillas de sueldo.

Bonificación 2007 2008 2009 2010
Base $14.439 $26.471 $34.091 $48.129
Mención $ 4.813 $ 8.824 $11.364 $16.043
Total $19.252 $35.295 $45.455 $64.172

miércoles, 4 de febrero de 2009

REFLEXIONES SOBRE LA COMPATIBILIDAD DE LA LEY 20158 , CON LA 19.070 2/TRANSITORIO

Estudiando la ley ,pienso humildemente que la compatibilidad , va sólo para el personal de los Municipios nuevos ,que procedían de otra Municipalidad de origen , a los cuales , no se les canceló desahucio ,sino que la ley dispuso que en el momento del cese de funciones ,lo podrían impetrar.
Entre otros están:Las Condes,lo Barnechea,Vitacura, Pedro Aguirre Cerda ,Independencia , El Bosque , Lo Espejo,San Ramón ,La Pintana,Lo Prado , Cerro Navia , Peñalolén,Estación Central, Macul, San Joaquín,Recoleta.
Además la deuda que se genera con el traspaso , no sólo afecta a los profesores , sino que a todo el personal traspasado.
Como ven ,no todos tienen la denominación de : "sin solución de continuidad",sólo los Municipios Nuevos .
Puedo equivocarme ..........esperemos la opinión del Contralor ,el sabe más sobre el tema.

lunes, 2 de febrero de 2009

Hoy Se Envió Un Documento Sobre Diferencias en el Reajuste.

La labor del Colegio de Profesores , entre otras , es escuchar las inquietudes de la Comunidad y mediar para que el problema se solucione.
Desgraciadamente , el accionar de los dirigentes gremiales , no es comprendida y algunos funcionarios se ponen muy alterados.Si hay algún problema , solucionémoslo.
¿para qué llegar a reclamar ante otros organismos , si se demuestra con cifras que el error no existe ?.Claro que además sería bueno que respondieran por escrito,de otra forma toda expliación , no es válida.

viernes, 30 de enero de 2009

DESIGNACIONES DICTAMEN PROFESORES DE ENSEÑANZA MEDIA A BÁSICA

Me piden que envíe un dictamen sobre el tema que al parecer ,estaría vulnerando los derechos de los colegas.
Espero que se solucione el error ,pues además se han dejado las horas de media para un docente a contrata , no respetando la titularidad del de Enseñanza Media.
DICTAMEN Nº23957:
no procede destinacion de docente desde establecimiento de educacion media a otro de ensenanza basica, con el objeto de reemplazar a profesional de la educacion que se acogio a jubilacion. ello, porque en el caso en estudio se trata de proveer un cargo vacante y la destinacion no constituye una forma de provision de este tipo de empleos, sino que consiste en el ejercicio en una determinada localidad, de las funciones inherentes al cargo para el cual ha sido designado. ademas, aun cuando la destinacion en comento, no tuviera por objeto proveer un cargo vacante, tampoco se ajusta a derecho, ya que produce un menoscabo en la situacion laboral y profesional del docente, puesto que, la remuneracion basica minima nacional establecida en art/35 de ley 19070 depende del nivel educativo en que los profesionales se desempenen. por ende, al desarrollar estas funciones en ensenanza basica, debera pagarsele dicha remuneracion, lo que significara un perjuicio economico.
aplica dictamenes 9043/98, 43438/94

REALIZAR REVISIÓN DE COLILLAS DE SUELDO DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE.

UN LLAMADO A LOS PROFESORES DE LA COMUNA PARA ENTREGAR O ESCANEAR AL MAIL:www.colegiodeprofesoresindependencia@gmail.com.
Hasta ahora se han detectado algunas equivocaciones , por lo que se entregará un documento oficial al DAEM ,para que realicen una revisión de la situación .

¿CUÁNDO SE DEBEN REAJUSTAR EL SUELDO BASE Y EL BONO DE RECONOCIMIENTO PROFESIONAL?

- Reajuste de la Remuneración Básica Mínima Nacional

De conformidad a lo establecido en el artículo 5º transitorio del Estatuto Docente, el valor mínimo de la hora cronológica debe ser reajustado cada vez y en el mismo porcentaje en que se reajuste el valor de la Unidad de Subvención Educacional, U.S.E.

A su vez y de conformidad a lo señalado en el artículo 10 del Decreto Nº 453, de 1991, del Ministerio de Educación, el valor de la Unidad de Subvención Educacional U.S.E. se debe reajustar en cada oportunidad en que se otorgue un reajuste general de remuneraciones al sector público y en igual porcentaje.

Lo anterior determina que en Diciembre de cada año los empleadores deban incrementar la remuneración básica mínima a sus docentes, conforme al mismo porcentaje de reajuste otorgado en dicha oportunidad al sector público

CON RESPECTO AL BONO DE RECONOCIMIENTO PROFESIONAL

Artículo 2º.- La bonificación consistirá en un monto fijo mensual integrado por un
componente base de un 75% por concepto de título y un complemento de un 25% por
concepto de mención. Su valor se pagará de acuerdo al mecanismo del artículo 9º y se
incrementará gradualmente cada año, entre el 2007 y el 2010, de acuerdo a los montos
que se establecen en la tabla siguiente, hasta alcanzar la suma total definitiva de $
64.172.- el año 2010:
Bonificación 2007 2008 2009 2010
Base $14.439 $26.471 $34.091 $48.129
Mención $ 4.813 $ 8.824 $11.364 $16.043
Total $19.252 $35.295 $45.455 $64.172
Para efectos del complemento del inciso anterior sólo se considerará una mención.
Para tener derecho a percibir el total de la bonificación, el profesional de la educación deberá acreditar que cuenta con una mención asociada a su título o que dicha mención corresponde a un subsector de aprendizaje o un nivel educativo. Los profesionales de la educación que sólo cuenten con el título tendrán derecho únicamente al componente base de bonificación.
Esta bonificación será imponible, tributable, se reajustará en la misma oportunidad y
porcentaje que la USE. Se pagará proporcionalmente a las horas de contrato o
designación con un tope de 30 horas semanales y reemplazará gradualmente a la Unidad
de Mejoramiento Profesional (UMP) referida en el artículo 54 y la bonificación del artículo
85, ambos del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1996, del Ministerio de Educación, a
razón de:

RESPONDO A LAS NUMEROSAS PREGUNTAS DE CUÁNDO SE PAGARÁ EL BONO DE LA LEY 20158

_Artículo 1º.- Los profesionales de la educación que estuvieren designados o contratados en establecimientos educacionales del sector municipal, ya sea administrados directamente por las municipalidades o por corporaciones municipales, del sector particular subvencionado y en los establecimientos técnico-profesionales regidos por el decreto ley Nº 3166, de 1980, cualquiera sea el número de horas que desempeñen, tendrán derecho a percibir, por una sola vez, en el mes de diciembre de 2006 y en el mes de diciembre de 2009, un bono docente no imponible ni tributable, y que no constituirá renta para los efectos legales, por un monto de $ 110.000.- para quienes perciban, al mes
de noviembre de 2006 y 2009, respectivamente, una remuneración bruta igual o inferior a $ 600.000.- mensuales y de $ 60.000.- para quienes, a esas mismas fechas, perciban una remuneración bruta superior a $ 600.000.- mensuales._
El bono pagadero a los profesionales de la educación en diciembre de 2009, a que se refiere el inciso precedente, se reajustará conforme a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor entre diciembre del año 2006 y noviembre del año 2009

jueves, 29 de enero de 2009

MALESTAR DE COLEGAS POR DESCONOCIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE LA LEY 20305.

hAN LLAMADO DIVERSOS COLEGAS , QUEJÁNDOSE POR EL DESCONOCIMIENTO DE LOS FUNCIONARIOS DE LA LEY 20305"NO TIENE DINERO EL MUNICIPIO" es decir que hay un total desconocimiento de la ley.
El dinero de los jubilados los verá ta tesorería de la República , no son platas Municipales.
Enviaré una petición a la Superintendencia de Pensiones y procederé a colocar la respuesta en el blog.Los funcionarios Municipale deberían ser más amables , es decir realizar su trabajo con profesionalismo.

Programación de Febrero

CINETECA
NACIONAL
DE CHILE

CENTRO CULTURAL
PALACIO LA MONEDA
Fundada 7 marzo 2006
Miembro Asociado FIAF
Federación Internacional de Archivos Fílmicos

Plaza de la Ciudadanía 26, Santiago Centro

Febrero 2009

Domingo 1
16 hrs – “Frida” Sala Cine (entrada gratuita)
18 hrs – “El Regalo” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
20 hrs – “Prohibido prohibir” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)

Lunes 2
No hay funciones

Martes 3
16 hrs – “Frida” Sala Cine (entrada gratuita)
16 .30 hrs – “Belle Epoque” – Microcine (entrada gratuita)
18 hrs – “El Regalo” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
19.30 hrs – “La colorina” Microcine ($ 1.200 adultos - $ 600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
20 hrs – “Prohibido prohibir” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)

Miércoles 4
16 hrs – “Frida” Sala Cine (entrada gratuita)
16 .30 hrs – “La lengua de las mariposas” – Microcine (entrada gratuita)
18 hrs – “El Regalo” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
19.30 hrs – “La colorina” Microcine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
20 hrs – “Prohibido prohibir” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)

Jueves 5
16 hrs – “Frida” Sala Cine (entrada gratuita)
16 .30 hrs – “2001 Odisea del espacio” – Microcine (entrada gratuita)
18 hrs – “El Regalo” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
19.30 hrs – “El diario de Agustín” Microcine ($ 1.200 adultos - $ 600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
20 hrs – “Prohibido prohibir” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)

Viernes 6
16 hrs – “Frida” Sala Cine (entrada gratuita)
16 .30 hrs – “Sed de mal” – Microcine (entrada gratuita)
18 hrs – “El Regalo” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
19.30 hrs – “El diario de Agustín” Microcine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
20 hrs – “Prohibido prohibir” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)



Sábado 7
12 y 16 hrs –“Rokunga” “Siaskel” “Señores de Sipan” – 1 cap. de “Patagonia”- Microcine (entrada gratuita)
16 hrs – “Frida” Sala Cine (entrada gratuita)
18 hrs – “El Regalo” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
19.30 hrs – “El diario de Agustín” Microcine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
20 hrs – “Prohibido prohibir” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)

Domingo 8
16 hrs – “Frida” Sala Cine (entrada gratuita)
18 hrs – “El Regalo” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
20 hrs – “Prohibido prohibir” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)

Lunes 9
No hay funciones

Martes 10
16 hrs – “Frida” Sala Cine (entrada gratuita)
16 .30 hrs – “Mayor Dundee” – Microcine (entrada gratuita)
18 hrs – “El Regalo” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
19.30 hrs – “La colorina” Microcine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
20 horas – "Lo bueno de llorar” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)

Miércoles 11
16 hrs – “Frida” Sala Cine (entrada gratuita)
16 .30 hrs – “Memorias de África” – Microcine (entrada gratuita)
18 hrs – “El Regalo” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
19.30 hrs – “La colorina” Microcine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
20 horas – "Lo bueno de llorar” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)

Jueves 12
16 hrs – “Frida” Sala Cine (entrada gratuita)
16 .30 hrs – “Ojos bien cerrados” – Microcine (entrada gratuita)
18 hrs – “El Regalo” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
19.30 hrs – “El diario de Agustín” Microcine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
20 horas – "Lo bueno de llorar” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)

Viernes 13
16 hrs – “Frida” Sala Cine (entrada gratuita)
16 .30 hrs – “Los monstruos” – Microcine (entrada gratuita)
18 hrs – “El Regalo” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
19.30 hrs – “El diario de Agustín” Microcine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
20 horas – "Lo bueno de llorar” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)

Sábado 14
12 y 16 hrs –“Rokunga” “Siaskel” “Señores de Sipan” – 1 cap. de “Patagonia”- Microcine (entrada gratuita)
16 hrs – “Frida” Sala Cine (entrada gratuita)
18 hrs – “El Regalo” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
19.30 hrs – “El diario de Agustín” Microcine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
20 horas – "Lo bueno de llorar” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)



Domingo 15
16 hrs – “Frida” Sala Cine (entrada gratuita)
18 hrs – “El Regalo” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
20 horas – "Lo bueno de llorar” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)

Lunes 16
No hay funciones

Martes 17
16 hrs – “Frida” Sala Cine (entrada gratuita)
16 .30 hrs – “Un largo y ardiente verano” – Microcine (entrada gratuita)
18 hrs – “El Regalo” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
19.30 hrs – “La colorina” Microcine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
20 horas – "1973 Revoluciones por minuto" Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)

Miércoles 18
16 hrs – “Frida” Sala Cine (entrada gratuita)
16 .30 hrs – “El color del dinero” – Microcine (entrada gratuita)
18 hrs – “El Regalo” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
19.30 hrs – “La colorina” Microcine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
20 horas – "1973 Revoluciones por minuto" Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)

Jueves 19
16 hrs – “Frida” Sala Cine (entrada gratuita)
16 .30 hrs – “La dama de las camelias” – Microcine (entrada gratuita)
18 hrs – “El Regalo” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
19.30 hrs – “El diario de Agustín” Microcine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
20 horas – "1973 Revoluciones por minuto" Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)

Viernes 20
16 hrs – “Frida” Sala Cine (entrada gratuita)
16 .30 hrs – “Julio comienza en Julio” – Microcine (entrada gratuita)
18 hrs – “El Regalo” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
19.30 hrs – “El diario de Agustín” Microcine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
20 horas – "1973 Revoluciones por minuto" Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)

Sábado 21
12 y 16 horas –“Rokunga” “Siaskel” “Señores de Sipan” – 1 cap. de “Patagonia” - Microcine
16 hrs – “Frida” Sala Cine (entrada gratuita)
18 hrs – “El Regalo” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
19.30 hrs – “El diario de Agustín” Microcine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
20 horas – "1973 Revoluciones por minuto" Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)

Domingo 22
16 hrs – “Frida” Sala Cine (entrada gratuita)
18 hrs – “El Regalo” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
20 horas – "1973 Revoluciones por minuto" Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)

Lunes 23
No hay funciones

Martes 24
16 hrs – “Frida” Sala Cine (entrada gratuita)
16 .30 hrs – “Julio comienza en Julio” – Microcine (entrada gratuita)
18 hrs – “El Regalo” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
19.30 hrs – “La colorina” Microcine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
20 horas – "La buena vida" Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)

Miércoles 25
16 hrs – “Frida” Sala Cine (entrada gratuita)
16 .30 hrs – “Tiempo de revancha” – Microcine (entrada gratuita)
18 hrs – “El Regalo” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
19.30 hrs – “La colorina” Microcine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
20 horas – "La buena vida" Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)

Jueves 26
16 hrs – “Frida” Sala Cine (entrada gratuita)
16 .30 hrs – “La película del rey” – Microcine (entrada gratuita)
18 hrs – “El Regalo” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
19.30 hrs – “El diario de Agustín” Microcine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
20 horas – "La buena vida" Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)

Viernes 27
16 hrs – “Frida” Sala Cine (entrada gratuita)
16 .30 hrs – “Fénix” – Microcine (entrada gratuita)
18 hrs – “El Regalo” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
19.30 hrs – “El diario de Agustín” Microcine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
20 horas – "La buena vida" Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)

Sábado 28
12 y 16 horas –“Rokunga” “Siaskel” “Señores de Sipan” – 1 cap. de “Patagonia” - Microcine
16 hrs – “Frida” Sala Cine (entrada gratuita)
18 hrs – “El Regalo” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
19.30 hrs – “El diario de Agustín” Microcine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
20 horas – "La buena vida" Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)

Domingo 1 de Marzo
16 hrs – “Frida” Sala Cine (entrada gratuita)
18 hrs – “El Regalo” Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)
20 horas – "La buena vida" Sala Cine ($1.200 adultos - $600 estudiantes, adultos mayores, convenios)



MEDIATECA

Consulta “in situ” de biblioteca y videoteca del archivo de la Cineteca - Acceso gratuito - martes a sábado - 12 a 19h30

Más información:
[www.cinetecanacional.cl] y Facebook de Cineteca

INVITACIÓN

jueves, 15 de enero de 2009

Georgina Moya Representando a Independencia



Tuvimos una gran representante en Valparaíso , acompañando a los Dirigentes Nacionales acudieron profesores de todos los sectores y entre ellos estaba nuestra colega de toda una vida de la Comuna de Independencia.
No fueron más , pues le dieron prioridad a los que contínuamente están frente a la Moneda , los jueves a las 11.00.
Mario Priore ,que está en la comisión de los que van los jueves , avisó , que todos los jueves de enero y febrero ,continuarán ,con su quehacer cotidiano ,es decir protestando frente a la Moneda.
Gustavo Méndez ,es el dirigente nacional, que a mi juicio ha liderado el movimiento Deuda Histórica.

MENSAJE DE ALFONSO.

Hola Pati, me imagino que ya estarás a punto de tomarte un merecido descanso, aparte de agradecerte la información que estás siempre subiendo al blog, te cuento que estoy participando en el MAS que tiene a Navarro de candidato presidencial, bueno, yo conozco su gestión más o menos de cerca ya que viví en concepción donde es senador. Me parece un tipo comprometido y con bastante proyección política. El MAS es un movimiento en formación, hay hartos ex-PS, ex-PC, ex izquierda cristiana, etc, etc, e independientes como yo.

Voy a estar bien metido en el área de educación del Movimiento (espero), pero sin dejar el trabajo en el Magisterio.

Con mayor razón voy a tener que formarme más, leerme un montón de documentos que tenía guardados.

No sé qué opinas tú de Navarro, y de este nuevo movimiento que pretende ser partido sin dejar de ser movimiento, en fin, en muchos sentidos es un instrumento político para responder a los desafíos actuales, a las elecciones presidenciales pero también a los nuevos escenarios en que se desarrolla la izquierda en chile y latinoamérica.

Me interesa tu opinión, ojalá no te quite mucho tiempo.

Que estés muy bien y descansa.

SENADOR ZALDÍVAR APOYANDO AL PROFESORADO.

El señor PROKURICA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Zaldívar.El señor ZALDÍVAR, don Adolfo.- Señor Presidente, dadas la trascendencia e importancia de esta materia, al final de este vía crucis vivido por los profesores, realmente como sociedad no podemos sino que darles una respuesta, ser lo más constructivo posible y no caer en palabras que prácticamente no tienen sentido.A mi juicio, la intervención del Honorable señor Larraín -la primera habida hoy en el Senado- constituye una relación objetiva, seria, ponderada, y es la verdad. Cualquier otra palabra, en un sentido o en otro, agrega muy poco.Aquí se trata de un hecho cierto e indesmentible -nadie puede, a estas alturas, pretender alterarlo-: existe una deuda impaga, una grave falta para la sociedad chilena y no solo para el Estado. Y creemos que debe encontrarse una solución, dentro de lo posible, sin duda, de una vez por todas.Por otro lado, señor Presidente, prácticamente carece de sentido decir cuándo se originó esa deuda con los profesores. Todos lo sabemos. Pero aun cuando haya unanimidad en cuanto al origen y en quien tuvo la culpa, eso no arregla nada. Tampoco lo resuelve señalar que los Gobiernos de la Concertación, durante todo su período, no enfrentaron la situación.Hoy día, lo único importante es que este asunto ha quedado trabado en una instancia en la que, si el Gobierno, o los Gobiernos, no lo asumen en forma responsable, no solo será una vergüenza para quienes eludan el compromiso, sino que el precedente va a ser funesto para la sociedad chilena, y nada menos que en perjuicio de todos los profesores de nuestra patria.Por eso, señor Presidente, quiero señalar, con toda responsabilidad, que en esta Sala ocurrió una situación de enorme importancia con ocasión del estudio de la Ley de Presupuestos para el presente año. En efecto, por primera vez una autoridad de Gobierno, nada menos que el señor Ministro Secretario General de la Presidencia, reconoció mediante palabras precisas y claras la existencia de esta deuda histórica con los profesores y que se debe buscar una fórmula, dentro de lo que sea económicamente razonable, tendiente a resolver ese gravísimo problema. Ahora bien, en esa oportunidad también intervino en esta Sala el señor Ministro de Hacienda, quien dijo que ello era un problema judicial. En este momento, aprovechando que él está presente, le pido que ratifique o rectifique lo anterior.Es decir, por una parte, el señor Ministro Secretario General de la Presidencia reconoce la existencia de la deuda y que hay que buscarle una solución, y por otra, el señor Ministro de Hacienda sostiene que se trata de un problema judicial.Quiero decirle aquí al señor Ministro, cara a cara y ante el país, que esa es una falacia, porque -y él lo sabe mejor que nadie- los hechos relatados por el Honorable señor Larraín y por varios señores Senadores demuestran que aun cuando algunos profesores tuvieron éxito en sus demandas y acciones judiciales, no se dio cumplimiento a esas resoluciones, dado que los Gobiernos -no voy a decir cuál, pues no tiene importancia- no entregaron los fondos para ello. Y si no hay recursos para ese propósito, la solución judicial no existe .
En consecuencia, creo que el señor Ministro de Hacienda debe decir claramente si el Gobierno se abre o no a la solución en los términos expresados por el señor Ministro Secretario General de la Presidencia.
Todo el resto carece de sentido.Al respecto, somos conscientes de que cualquier solución no cubrirá por completo la deuda; los mismos profesores lo tienen así de claro. Y será necesario expresar una voluntad política en tal sentido.
Señor Presidente, por respeto a las instituciones; por respeto al Senado y al Parlamento en general; por respeto al Gobierno, pero, sobre todo, porque clama a Dios una salida al problema, aquí debe darse una respuesta clara y precisa. En definitiva, se trata de dar una respuesta y de manifestar una voluntad. Cualquier cosa en otra dirección constituirá una vergüenza para todos nosotros por no haber encontrado la forma de otorgar una solución a gente honesta que ha entregado su vida a educar y que merece todo el respeto de la sociedad chilena, el que en los hechos no se ha expresado. He dicho.