Patricia Muñoz Garcìa

Patricia Muñoz Garcìa
Departamento Nacional Profesores Jubilados DEPROJ

domingo, 28 de febrero de 2021

COMUNICADO PARA COLEGIOS DE LA COMUNA DE INDEPENDENCIA INICIO AÑO ESCOLAR TRABAJO VIRTUAL.


 


Estimad@s, junto con saludar, les comparto información en relación al Instructivo Municipal 4 , que establece el retorno progresivo al trabajo presencial. Tal como les informé anteriormente , los liceos y escuelas deben abrir con la presencia de Equipos Directivos y Gestión , las clases presenciales se inician posiblemente el 15 de abril.,de acuerdo a la realidad de ese momento.
En relación al Instructivo 4 , en su Artículo 2 establece exclusiones para funcionarios y funcionarias que se encuentren en algunas de estas situaciones:
a) Tener 75 años y más
b) Estar embarazada
c)tener 60 años o más y contar con alguna enfermedad cardiovascular
d) Ser inmunodeprimido o vivir con una persona que lo sea.
De corresponder alguna situación , se deberá presentar el comprobante de salud que acredite su condición médica o el de la persona que viva con él o ella, junto con una declaración jurada indicando que comparten el mismo domicilio.
De este modo , las y los funcionarios que se encuentren en alguna de esta situación deben informar  por escrito a la Dirección del Liceo, adjuntando la documentación indicada.
 Como Uds. ya saben en octubre del 2020 el Daem solicitó esta información; si bien  febrero era el último plazo para presentar solicitudes, el viernes  en reunión de trabajo, como ya les informé anteriormente, se solicitó que aquello(a)s que no lo han presentado , lo realicen a la brevedad.

Saluda Atte.

Ivonne Perez Salgado
Presidenta 
Colegio de Profesores
Independencia

viernes, 26 de febrero de 2021

HACIA UNA LEY ÚNICA DE SUMARIOS .....




Quisiera a través de mi experiencia como dirigenta gremial, comentarles que he visto muchas injusticias con respecto a los sumarios de los funcionarios públicos.

Sin pruebas se ha liquidado la carrera funcionaria de mucha gente,más pareciera que los empleadores están coludidos con los acusadores y pasas a ser culpable por lo que dijo , fulana , sutana o mengana.Pura chimuchina.


Muchas veces los alcaldes están ajenos a lo que ocurre , pero apoya el quehacer de los funcionarios" de confianza" que finalmente terminan adquiriendo un poder sobre los funcionarios que no merecen y cometen una serie de injusticias.

Nadie dice que los sumarios no existan , lo contrario , es bueno que existan , pero transparentes , que sean una instancia seria y no como ahora una simple herramienta contra alguien que no tiene como defenderse.

Idealmente debiese haber una ley de sumarios para funcionarios públicos , cuya fiscalía sea un organismo autónomo y descentralizado , una fiscalía nacional administrativa.

Los sumarios son secretos , irregulares e intencionados, todos sabemos que las jefaturas buscan desprenderse del acusado de tal manera que no deba pagarse ninguna indemnización...hoy cualquiera te puede acusar y para peor no necesitan pruebas para aplicar las sanciones.

Los sumarios de hoy son para temer , pueden durar años no hay ni un pequeño miramiento con la persona acusada y cualquier calumnia puede ser digna e insisto sin ninguna prueba terminar con la honra de las personas tenido colegas que se ha suicidado producto de acusaciones gravísimas y que después resultaron absurdamente infundadas.Porque creo que si bien no solucionaremos las injusticias hacia los trabajadores con una varita mágica , podemos en la realidad avanzar hacia una sociedad más justa mejorando los sistemas que ya están viciados como este por ejemplo.

¿Cómo es posible que un delincuente tenga conocimiento desde un principio de sus acusaciones y una persona sometida a sumario no tiene ese derecho? El sumario es hoy una suma de chismes,lo digo porque una amiga y colega de cierta comuna fue acusada de golpear a unas niñas ,una bofetadas en la cara ,informe médico indicó sin lesiones , pero fue acusada a fiscalía y un sumario del DAEM , resultado en fiscalía? NO HAY PRUEBAS , se cerró el caso y el empleador la trasladó de Colegio ,con eso se daba un mensaje de su "culpabilidad ", finalmente volvió a su colegio porque su abogado detuvo el trato injusto .¿Pero quién indemniza a mi colega de tanto daño psicológico? días en la incertidumbre y socialmente marcada?.

Los sumarios deben tener pruebas con cúmulo de dichos de fulana , sutana y mengana , pongámonos serios , que se cree una instancia como lo dije antes una fiscalía o como se llame , administrativa , dónde abogados sin lazos con los empleadores u organismos públicos acusadores , puedan a la luz de las pruebas objetivas realizar sumarios objetivos y transparentes.Porque no es justo que sumarios duren años y que sin pruebas se despida a personas , trastocándoles la vida a ellos y a sus familias para siempre, porque en el 90% de los casos hay un jefe que manipula las situaciones para desprenderse de algún funcionario no querido..

Le pedía un abogado que resumiera porqué los sumarios son injustos y debiéramos instar a senadores y diputados para una cambio y modernización de este injusto sistema.

Debe un alcalde o el Estado indemnizar el horror que ha hecho pasar a algún funcionario en base a dichos y supuestos ? la respuesta es Sí.

Patricia Muñoz García

Secretaria General del Colegio de Profesores.



HACIA UNA LEY UNICA DE SUMARIOS ADMINISTRATIVOS PARA ORGANOS DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO.



Esta iniciativa busca concretar una “LEY ÚNICA DE SUMARIOS ADMINISTRATIVOS” que venga resolver las serias inobservancias a derechos fundamentales, que a continuación se destacan:

1. SECRETO DEL SUMARIO Y FALTA DE PUBLICIDAD AL FUNCIONARIO INVOLUCRADO: Actualmente los sumarios son secretos para los funcionarios perseguidos, esto sucede durante gran parte de la tramitación, que puede durar y cumplir años, hasta la evacuación de la Vista Fiscal; en síntesis, el servidor del Estado no conoce lo que se obra y fragua en su contra. El secreto del sumario es una vulneración graves a los derechos fundamentales y equivale al juzgamiento en secreto, inaceptable en una democracia.

2. DERECHO A CONTROVERTIR, PRESENTAR PRUEBAS Y ALEGACIONES DESDE EL INICIO DEL SUMARIO: En ilación con lo anterior, pese al Art. 10 de la ley Nº 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos, es útil señalar que, en la práctica, como el sumario o investigación sumaria es secreta, los funcionarios públicos desde el inicio de la pieza en su contra, no pueden presentar pruebas, hacer alegaciones y solicitar diligencias en pro de sus intereses debiendo esperar hasta la Vista Fiscal, lo que puede suceder después de varios años.

3. PROCEDIMIENTOS SUMARIAL ETERNIZADOS: Todas las personas perseguidas penal o disciplinariamente tienen derecho a “una pronta administración de justicia y sin dilaciones”, en consecuencia, es inaceptable que en sumarios administrativos ya secretos y por años en etapa indagatoria se eternicen. Hasta ahora la demora no constituye un vicio de validez y responsabilidad administrativa por el retardo, la que es poco vista, sino inexistente.

4. FALTA DE IMPARCIALIDAD: LA ADMINISTRACION DEL ESTADO PERSECUTOR, JUEZ Y PARTE: Una de la cuestión más decidora, es que la administración del Estado es persecutora, juez y parte, una de las medidas más urgentes es la existencia de Fiscalías Administrativas territoriales o sectoriales, como además que toda exoneración será resuelta finalmente por los tribunales del trabajo, como forma de imparcialidad.

5. RECLAMACION DE LAS INHABILIDADES EN TODO TIEMPO: El régimen general de la contradictoriedad está en el Art. 10 de la ley Nº 19.880 de bases de los procedimientos administrativos, y es que se puede “reclamar en cualquier tiempo”. Actualmente los sumariados, dentro de dos días después de declarar tiene que hacer una verdadera investigación privada para probar que el fiscal o actuario tiene conflicto de interés.

6. PLAZO EXIGUOS PARA CONSTESTACION DE CARGOS Y RECURSOS: En la práctica el servidor del Estado esta en absoluta desigualdad e indefensión en relación con el Fiscal, que tuvo todas las posibilidades en el período indagatorio que a veces dura años, contra 2 o 5 días. Se estima que estos plazos deben ser de al menos 15 días para una justa y adecuada defensa.

7. LA SUSPENSION ADMINISTRATIVA SUMARIAL VULNERA LA PRESUNCION DE INOCENCIA: La presunción de inocencia supone “ser tratado como tal”, hoy día el sumariado puede ser suspendido y ver vista reducidas sus remuneraciones, antes que exista resolución final que puede demorar años.

8. INDEMNIZACION PECUNIARIA POR PROCEDIMIENTOS SUMARIALES ANOMALOS, ERRONEOS O DEFECTUOSOS: Los Jueces y Fiscales del Ministerio Público, tienen normas a las que se puede recurrir frente graves errores, que incluye la reclamación de perjuicios civiles, ello porque son responsables de sus resoluciones. Esta situación en relación con procedimientos sumariales no tiene al respecto norma expresa contra el Fiscal Administrativo y quienes lo resuelven .

9. DESARROLLO DEL IUS CORRIGENDI. Una nueva ley de sumarios administrativos debiera dar sustento a que castigar es “la última ratio y no la primera”, esto quiere decir que el castigo es el último recurso, no el primero y más facial. Hay otras forma de resolver el conflicto y satisfacer el interés público, la mayoría del tiempo la Administración del Estado quiere ser vista como severa, pues equivale a eficiencia y eficacia.
Patricia muñoz  García
SECRETARIA GENERAL 









domingo, 21 de febrero de 2021

Alcalde de Independencia sobre el Reintegro a clases

Alcalde Durán "las clases telemáticas comenzarán de acuerdo al calendario escolar, el proceso vaçunatorio comenzó tarde, son dos dosis por lo tanto, se vienen las elecciones y calcula el reintegrarse a clases presenciales recién después del 15 de abril."

miércoles, 17 de febrero de 2021

Dudas sobre el Bono Especial para Docentes Jubilados.

Han sido muchos los whatsapp, mails . mensajes de todo tipo que me han llegado preguntando sobre la ley que concede un bono especial a Docentes Jubilados y que está inserto en la ley 20501.
En vista de que fueron muchas las preguntas y que les dan a entender que es una maravilla . como una recompensa para quienes tanto han entregado a la sociedad.Desgraciadamente  consiste este tremendo "reconocimiento a los profesores" en un sinnúmero de trabas ,del primer gobiernos de Sebastián Piñera.

Personalmente la encuentro pobre como aporte y es del 2010 además nunca se reajustó porque no lo plantea en su origen  como una posibilidad.
También podemos observar que dice para docentes jubilados,  entonces cualquiera puede creer que sólo bastan mis antecedentes como docentes , pero no es así ,cualquiera pensión montepío o ingreso se suma ,por lo que ya es raro.

Es como si hubiese habido una buena intención inicial ,pero luego se arrepintieron y le fueron colocando obstáculos hasta dejarla inalcanzable....


¿POR QUÉ ES EXCLUYENTE?-

Porque va acompañado de una buena cantidad de letra chica y nos damos cuenta que no sólo hay que ser docente y haber jubilado hasta el  31 de diciembre  del 2010, sino que debes tener un mínimo de 25 años de cotizaciones.

Que hayas trabajado un mínimo de diez años en establecimientos públicos..

Que no debes ganar más allá de 250.000 brutos.

Que no debes haber recibido nunca un bono de 2.000.0000  en adelante.

Que no hayas recibido ningún bono de Retiro Voluntario(lo especifica con cada una de las leyes).

Debemos tener claro que han pasado 11 años desde que se promulgó esta ley , como dirigente me consta que sí hay personas que lo han recibido , pero muy pocas por lo de la letra chica.

¿Quiénes  han tenido derecho a este bono?

Algunos docentes que trabajaron en dictadura y se retiraron sin indemnización ,algunos del IPS antes del 92 ,pues la pensiones eran por el sueldo base y bajísimas, he conocido casos de colegas que no soportaron el sistema tan vertical de mando de los establecimientos y renunciaron  y se fueron del sistema sin ninguna indemnización..

Hay que tener bien claro de qué se trata pues dan a entender que es muy fácil y justo y es todo lo contrario esta ley.




Por supuesto que no es ninguna reparación de Deuda ni nada que se le parezca.

¡¡¡Entonces a seguir luchando !!!....


Patricia Muñoz García

Secretaria General del Colegio de Profesores A.G.




jueves, 11 de febrero de 2021

Condolencias a Carmencita Elgueta e hijos...



Colegas , tengo la misión de comunicarles la triste noticia del fallecimiento del Colega Hernán. Fernando Hernán Acevedo Méndez ex alumno de la Normal Abelardo Núñez ,reiteramos nuestras condolencias a Carmencita Elgueta  su esposa y compañera de vida y a sus hijos.

 Está siendo velado en Exequiel Fernández 2701 esquina de los Olmos Macul Centro Cultural 

Abraham Lincoln.

Sus funerales se realizarán mañana a las 13.00 en el crematorio de Recoleta con Valdivieso.

Deseando que en este triste momento , Dios entregue paz y consuelo  a su familia y amigos.


Patricia Muñoz García.

Secretaria General del Colegio de Profesores A.G