Patricia Muñoz Muñoz.
Vicepresdenta Nacional.
Departamento de Profesores Jubilados
Departamento de Comunicaciones.
Patricia Muñoz Muñoz.
Vicepresdenta Nacional.
Departamento de Profesores Jubilados
Departamento de Comunicaciones.
El tema de los Bonos de Retiro y de algunas leyes que están cursando al respecto ,como el llamado a los colegas de más de 65 años que permanecen en el sistema y cuyo llamado se hace importante ya que hay gente que está con 70 u ochenta años aún en el sistema porque en su momento ,por razones personales no podían retirarse del sistema,pues sabemos que las jubilaciones no son muy buenas en este país.Por lo tanto muchos se sienten atrapados pues el sostenedor no ofrece nada para un retiro digno y los BIR ,ya están fuera de los plazos .Hoy excepcionalmente podrán presentarse desde el 1 de julio del 2026, hasta el 31 de diciembre del mismo año ,todos aquellos rezagados del sistema ,después al 2027 comienzan los cambios y progresivamente a los que permanezcan en el sistema se les irá descontando un porcentaje del bono de Retiro hasta declarar vacante el cargo a los 75 años.
También conversamos del SIS,para los enfermos de cáncer o enfermedades invalidantes para colegas que aún no cumplen los 65 años.
El bono postlaboral también quedó permanente,cumpliendo los requisitos de la 20.305,entre ellos haber trabajado hasta antes del 1º de julio de 1981.
Usando este ejemplo, le dejo explicación de los pasos en detalle:
Si bien tiene un cupo de pago asignado, es necesario realizar la tramitación respectiva para que su/s heredero/s pueda/n acceder al aporte, en ese sentido, lo primero que debe gestionar es una posesión efectiva, la cual debe tener consignado en aporte en los siguientes términos:
a.- Descripción del Bien: Deberá señalarse como “Beneficiario aporte ley 21.728 reajustable por IPC”.
b.- Institución: Ministerio de Educación
c.- N° Certificado: S/N
d.- P/S: Deberá agregarse una P.
c.- Valoración $: El valor del aporte es de $ 4.500.000.
Si ya se realizó la posesión efectiva y no ingresó el aporte, el heredero debe enviar un correo a: deuda.historica@mineduc.cl , adjuntando:
Con dichos datos, emitiremos un certificado, con el cual podrá realizar la rectificación de la posesión efectiva en el Registro Civil.
En caso de ser más de un heredero, es necesario que tenga un certificado que lo faculte para poder hacer el trámite.
Finalmente, y una vez que tenga disponible dicha documentación, debe subirla al sitio web https://soluciondeudahistorica.mineduc.cl/como-se-realizara-el-pago-del-aporte.html, en el banner disponible para información del proceso para transmisibilidad, con la clave única del heredero encargado de la gestión.
FUENTE MINEDUC.
Patricia Muñoz García
Departamento Nacional de Profesores Jubilados.