La actuación de Carabineros se encuentra regulada en una serie
de protocolos que se hicieron públicos sólo hace dos años. El contenido
de las disposiciones, su conformidad con los derechos humanos y sobre
todo su efectiva aplicación, enfrentan severos cuestionamientos.
En Chile la regulación del actuar policial en el contexto de la
protesta social está contenida en los denominados Protocolos para el
Mantenimiento del Orden Público. Fueron elaborados a partir de la
experiencia y los esquemas de trabajo en uso por la Prefectura de
Fuerzas Especiales, “considerando una investigación académica, el
análisis pormenorizado de las prácticas policiales y la revisión de las
opiniones de un panel de expertos de la sociedad civil y de organismos
de derechos humanos”, puede leerse en la presentación del documento.
Esta normativa interna establece instrucciones y límites al accionar
policial y se hizo pública por primera vez en agosto de 2014, en
atención a la insistencia de diferentes organizaciones de derechos
humanos.
En términos estructurales los protocolos se ajustan, por norma
general, a los estándares internacionales exigidos entre otros, por la
Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana,
la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles,
Inhumanos o Degradantes de 1984 y la Convención sobre los Derechos del
Niño.
Pese a esto, existen puntos conflictivos: la distinción entre marcha
autorizada y no autorizada para determinar el accionar de la policía,
vulnera las obligaciones internacionales de nuestro país en relación al
derecho a la reunión. El estudio titulado No sabía que existían dos justicias: jurisdicción militar y violencia policial en Chile,
de Amnistía Internacional, plantea la urgencia de que estos protocolos
reflejen los principios de necesidad y proporcionalidad con respecto al
uso de la fuerza.
Además, el informe sostiene que ninguno de estos principios está
incorporado en los protocolos actualmente vigentes de Carabineros, y que
tampoco contempla la obligatoriedad de utilizar mecanismos lesivos
cuando otros medios resulten ineficaces o no garanticen de ninguna
manera el logro del resultado previsto.
Ana Piquer, directora ejecutiva de Amnistía Internacional Chile,
señala que más allá de la letra de los protocolos, resulta fundamental
evaluar cómo se están aplicando.
“La principal preocupación, más que en el papel, está en lo que pasa
en la realidad. Las denuncias de uso excesivo de la fuerza por parte de
Carabineros en el contexto de control de manifestaciones son reiteradas,
en algunas ocasiones son graves y es algo que no deja de pasar. Es un
tema que no pasa solamente por tener buenos protocolos”.
Ante la vulneración de los protocolos, Carabineros de Chile tiene la
facultad de iniciar de oficio un sumario administrativo que contempla
sanciones que van desde una amonestación, a la baja del funcionario.
Por otra parte, una persona que haya sufrido torturas, vejámenes o
faltas a los protocolos institucionales, tiene la opción de denunciar su
caso ante un Tribunal de Garantía. Cuando se recibe una denuncia de
este tipo, lo primero que hace el órgano es definir si tiene competencia
sobre la causa o si la envía a un Tribunal Militar. Tomar esta decisión
depende exclusivamente del criterio de loa jueces, debido a que la ley
no es clara en esta materia. Si bien excluye que los civiles puedan ser
juzgados por instancias militares, no anula la posibilidad de que puedan
comparecer como víctimas ante este tipo de justicia.
En este sentido, Piquer puso énfasis en la importancia de las
consecuencias que tiene para los policías incurrir en este tipo de
vulneraciones. “Urge que ese tipo de conductas no quede en impunidad, y
eso tiene que ver tanto con los procedimientos internos de Carabineros
que se establezcan en relación al cumplimiento de estos protocolos, y
también en la forma que se ven ese tipo de casos ante la justicia. Hoy
día todavía son vistos por la Justicia Militar que no da garantías de
independencia e imparcialidad, lo que va perpetuando la impunidad por
este tipo de casos y, por lo tanto, la posibilidad de que se sigan
repitiendo”, afirmó.
Quebrar el protocolo
El pasado 13 de mayo Carabineros desalojó el Liceo de Aplicación. El
edificio se encontraba tomado por los estudiantes, en el marco de las
jornadas de protestas impulsadas por el movimiento estudiantil.
Patricio Gutiérrez, presidente del Centro de Alumnos del Liceo de
Aplicación, señala que hasta ese día cumplían dos semanas en toma y que
los habían desalojado tres veces con una excesiva violencia de parte de
Carabineros. El desalojo de ese viernes 13 incluyó un operativo de 5
minutos que terminó con la policía rompiendo una puerta patrimonial que
llevaba en el colegio 106 años.
“Después de eso, apuntaron con armas de fuego a dos alumnos dentro
del liceo, y se llevaron detenidos con ellos a 76 estudiantes y dos
apoderados”, relata el dirigente.
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