El religioso cometió los delitos entre
marzo y noviembre de 2008 en Concepción. La pena fue dada por cumplida
por el tiempo que estuvo privado de libertad mientras duraba el juicio
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A la pena única de dos
años de presidio menor en su grado medio fue condenado el sacerdote
Audín Osvaldo Araya Alarcón como autor de dos delitos consumados de
abuso sexual, entre marzo y noviembre de 2008 en Concepción.
Sin embargo, la sala determinó su libertad, porque el condenado se mantuvo mayor tiempo privado de libertad con la medida de prisión preventiva (del 13 al 23 de mayo de 2011) y con arresto domiciliario total (desde el 24 de mayo de 2011 hasta el domingo 19 de enero de 2014), “contabilizándose un total de 982 días, los cuales superan la pena privativa de libertad impuesta, por lo que se da por cumplida”.
Araya Alarcón fue condenado también a la pena de "inhabilitación especial perpetua para el cargo u oficio de maestro o encargado en cualquier manera de la educación o de la dirección de la juventud".
La resolución también indica que fue condenado a 3 años y un día de inhabilitación absoluta temporal en su grado mínimo para desenvolverse en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad.
Asimismo, el sacerdote fue condenado a las penas accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; de interdicción del derecho de ejercer la guarda y de ser oído como pariente en los casos que la ley designa y a la sujeción a la vigilancia de la autoridad en los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal consistente en avisar cada tres meses a la unidad policial de carabineros más cercana a su residencia o morada cuál es su domicilio.
Sin embargo, la sala determinó su libertad, porque el condenado se mantuvo mayor tiempo privado de libertad con la medida de prisión preventiva (del 13 al 23 de mayo de 2011) y con arresto domiciliario total (desde el 24 de mayo de 2011 hasta el domingo 19 de enero de 2014), “contabilizándose un total de 982 días, los cuales superan la pena privativa de libertad impuesta, por lo que se da por cumplida”.
Araya Alarcón fue condenado también a la pena de "inhabilitación especial perpetua para el cargo u oficio de maestro o encargado en cualquier manera de la educación o de la dirección de la juventud".
La resolución también indica que fue condenado a 3 años y un día de inhabilitación absoluta temporal en su grado mínimo para desenvolverse en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad.
Asimismo, el sacerdote fue condenado a las penas accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; de interdicción del derecho de ejercer la guarda y de ser oído como pariente en los casos que la ley designa y a la sujeción a la vigilancia de la autoridad en los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal consistente en avisar cada tres meses a la unidad policial de carabineros más cercana a su residencia o morada cuál es su domicilio.
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