Patricia Muñoz Garcìa

Patricia Muñoz Garcìa
Departamento Nacional Profesores Jubilados DEPROJ

jueves, 27 de diciembre de 2018

Dictamen que indica fuero maternal para docentes de reemplazo para empleados públicos.







Colegas el dictamen N° 20.921 Fecha: 21-VIII-2018,aplica para todos los Empleados Públicos incluyendo a los docentes que se rigen por la 19070 (estatuto Docente)artículo 79

Dictamen de Contraloría reconoció derecho a fuero maternal de funcionarias suplentes en Hospital Clínico

Por La Prensa Austral martes 28 de agosto del 2018
Un dictamen de la Contraloría General de la República reconoció el derecho de las funcionarias suplentes o en reemplazo a fuero maternal. El dictamen tiene fecha 21 de agosto y beneficiaría a todas las trabajadoras del Estado que hayan sido contratadas bajo esta condición.
Son más de cinco los procesos judiciales iniciados por funcionarias del Hospital Clínico por vulneración a las normas de protección de la maternidad que se produce por las discrepancias existentes entre el Estatuto Administrativo y las normas laborales en relación al fuero maternal.
Son trabajadoras que haciendo reemplazos son desvinculadas a pesar del fuero maternal, esto porque de acuerdo al estatuto administrativo el funcionario en suplencia debe dejar el cargo cuando regresa el titular. Las funcionarias en esta situación han debido recurrir a la justicia, ordenando el pago de la indemnización por los meses no trabajados y paralelamente con ello su reintegración.
Este dictamen significa que a todas aquellas trabajadoras de la administración del Estado que se desempeñan en calidad de suplentes o de reemplazo, se les reconoce el derecho a fuero maternal en las mismas condiciones que las funcionarias titulares o a contrata, esto es que su fuero maternal dura un año después del post natal. “De esta manera, se igualan las condiciones de todas las trabajadoras que estén embarazadas en la administración del Estado con las trabajadoras del sector privado”, destacó la abogada del Hospital Clínico de Magallanes, Paula Abello, quien añade que se aplica a todas las trabajadoras del Estado, de manera que tiene una aplicación nacional.
Desde 2016 el departamento Jurídico de dicho centro asistencial ha realizado distintas presentaciones ante la Contraloría General de la República a raíz de distintas situaciones generadas con funcionarias que hacen uso de suplencia o reemplazo que estaban por períodos acotados y se vieron en la situación de que no había cargos y no se podían mantener contratadas por el período que duraba el fuero maternal, esto es, un año después de terminado el post natal. Frente a este escenario, estas trabajadoras debían recurrir a los tribunales para que se realizara el reconocimiento de este derecho.
A raíz de lo anterior se solicitó una reconsideración ante el órgano fiscalizador, respecto de toda la jurisprudencia existente en relación a esta materia, que reconocía el derecho al fuero sólo hasta el término de la suplencia, esto implicaba que cuando se terminaba el período de contratación se desvinculaba a la trabajadora por el solo ministerio de la ley.
Desde ahora, el dictamen establece un cambio y ahora se reconocerá el derecho a fuero maternal y la única forma legal de desvinculación es a través de una gestión judicial previa que es el desafuero. De esta manera, la situación de derechos maternales se iguala a nivel nacional para todas las trabajadores del Estado.
Desde la Fenpruss Magallanes se ha solicitado a las autoridades unificar criterios de manera de reconocer las normas de protección de la maternidad de las funcionarias.
Enviado por Patricia Muñoz García
Directora Regional Metropolitana.

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