Patricia Muñoz Garcìa

Patricia Muñoz Garcìa
Departamento Nacional Profesores Jubilados DEPROJ

miércoles, 1 de junio de 2016

ALGUNAS DUDAS DE PROFESORAS EMBARAZADAS....

 Es recurrente que algunas docentes,nos hagan siempre preguntas sobre su maternidad.

1-Una de ellas es que si tienen el periodo de post natal,en los meses de enero y febrero ¿podrán tener sus vacaciones legales ?.

La respuesta no es la que una quisiera dar,pero es la que se maneja a través del Estatuto Docente:El periodo de vacaciones está normado por el Estatuto ,en el que se indican los meses de enero y febrero y a partir de marzo comienzan el año lectivo.
Concluyendo:Las docentes,no tienen un periodo adicional de vacaciones,después de su post natal,eso corresponde solamente a funcionarias contratadas por el código del trabajo.

2- Las docentes que realizan un contrato de reemplazo,por un tiempo acotado,no tienen derecho a fuero.
3-Las docentes a plazo fijo que  hayan terminado el  periodo por el cual fueron contratadas y que estando cesantes, un médico diagnostica que están embarazadas, que el cálculo indica que la  fecundación  data desde antes de terminar el periodo laboral,tiene un plazo de 60 días hábiles para presentar un certificado que acredite su embarazo,por lo cual deberá ser restituida a su trabajo y deberá además pagársele el periodo que estuvo sin ejercer...



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