Ha llegado una orden de recuperar el día 18 de abril,dónde se produjo un corte de agua.
Pues bien debemos recordar que fue "por fuerza mayor" y por orden de gobierno,por lo tanto de acuerdo a la normativa vigente.
La ausencia de los profesores ese día es la respuesta a una orden oficial emanada por el decreto de emergencia dictado por el señor Ricardo Toro,jefe de la ONEMI,al resolver el dictado de decreto de alerta roja .
También se debe recordar que el decreto Supremo 594,en sus artículos 12 y siguientes,obliga a los trabajadores a no desempeñar funciones,si el suministro de agua potable no se encuentra asegurado en las condiciones que el mismo decreto lo exige.(consumo suficiente para necesidades básicas de aseo e higiene personal,tanto individual como colectiva).
Los profesores acataron la norma que ningún ciudadano puede desconocer.
La asusencia pese a que la fuerza mayor es suficiente ,ni siquiera se debió a eso sino a la obediencia debida a una instrucción legal.
No pueden ser obligados a recuperar el día,salvo que éste sea debidamente programado con antelación,con cargo al pago de horas extraordinarias (sobre el 50% de la hora cronológica).
Otra solución sería extender en un día más el año escolar y no provocaría ningún problema mayor.
Si esto no ocurriese ,deberemos tomar las medidas legales que correspondan ...
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