Patricia Muñoz Garcìa

Patricia Muñoz Garcìa
Departamento Nacional Profesores Jubilados DEPROJ

sábado, 18 de enero de 2014

COMUNICO EL PORQUÉ FUE ERRADO DESVINCULAR COLEGAS POR LA EVALUACIÓN INTERNA....




EVALUACION DOCENTE “DESCENTRALIZADA” O COMPLEMENTARIA

MUNICIPAL, COMO HERRAMIENTA PARA RENOVAR CONTRATAS

El art.70 bis del Estatuto Docente (introducido por la ley 20501, art. 1º, Nro.26), prescribe lo siguiente, a partir del 22.02.2011, fecha de publicación de la citada ley:
"Artículo 70 bis.- Sin perjuicio de la evaluación docente establecida en el artículo 70, los sostenedores podrán crear y administrar sistemas de evaluación que complementen a los mecanismos establecidos en esta ley para los docentes que se desempeñen en funciones de docencia de aula.

Asimismo, podrán evaluarse mediante estos sistemas quienes no ejerzan funciones de docencia de aula y quienes se desempeñen en funciones en los Departamentos de Administración de Educación Municipal.

Los mecanismos, instrumentos y la forma de ponderar los resultados de la evaluación deberán ser transparentes.

Estos contemplarán la medición de factores tales como habilidades personales, conductas de trabajo, conocimientos disciplinarios y nivel  de aprendizaje de los alumnos, debiendo garantizar la objetividad en las calificaciones.

Estas evaluaciones podrán ser llevadas a cabo directamente o a través de terceros."

En primer término cabe señalar que esta evaluación docente complementaria (que no tiene que ver con el sistema nacional de evaluación docente ), presenta las siguientes. características:

1) Puede ser efectuada por los sostenedores municipales

2) Sus resultados no están ligados a una eventual causal de despido, como

ocurre con el sistema de evaluación docente que se estatuye en el artículo 72,

letra g) del Estatuto Docente.

3) No distingue entre docentes titulares y contratados

4) Puede aplicarse entre los funcionarios docentes del DEM o Daem, en su

caso y entre quienes no ejerzan funciones de aula.

5) Los mecanismos, instrumentos y la forma de de ponderar la evaluación

deberán ser transparentes, es decir deben ser conocidos por cualquiera, en

especial por quienes van a ser evaluados.

5) Está expresamente relacionado con la decisión municipal de otorgar  un incremento de las asignaciones de experiencia, responsabilidad, perfeccionamiento ,desempeño difícil o del establecimiento de asignaciones especiales de incentivo profesional, cumpliendo con los requisitos que
establece el artículo 47º del Estatuto Docente.

Por ello no se divisa que esta evaluación complementaria pueda utilizarse exclusivamente para evaluar a los docentes a contrata, ni menos para resolver su continuidad.

En efecto, del análisis de la historia de la ley 20501, originalmente en su mensaje, el actual gobierno había propuesto que la facultad del art 7º bis del Estatuto docente del Director, de proponer el término de la relación laboral de un 5% de los docentes "mal evaluados" se refiriera tanto a la evaluación nacional (art. 70 del estatuto) y a la "descentralizada" o complementaria (art.70 bis del estatuto). Sin embargo, el propio gobierno a través de una indicación resolvió que dicha facultad de exonerar o despedir a los docentes, sólo quedaría referida a la evaluación nacional (docentes "mal evaluados" o sea básicos o insatisfactorios, inciso 7º del art. 70), eliminando como causal de despido una eventual mala evaluación "descentralizada" o complementaria (ver por ej.tramitación en el Senado de la ley 20501, pág. 458 de la historia de la ley

www.bcn.cl )

ENERO 2014
  CARMEN GALLARDO HUICHAPAY
ABOGADA
DIRECTORIO NACIONAL
COLEGIO DE PROFESORES DE CHILE.

1 comentario:

  1. Agradezco a la abogada su preocupación por lo ocurrido en nuestra comuna,comunico a los profesores afectados que recibirán mi llamado indicando instrucciones sobre lo que deberemos hacer a la brevedad.También les comunico que el alcalde está al tanto de lo ocurrido y se ha suspendido por cuarta vez una reunión de trabajo.
    Ruego a ustedes tener a mano todos los antecedentes como rut ,contrato de trabajo,orden de trabajo,notificación etc.
    Un abrazo fraterno y mucha fuerza:Patricia Muñoz.

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