El
presidente del Consorcio de Universidades del Estado (Cuech) y rector
de la U. de Valparaíso, Aldo Valle, responde en esta columna a las
críticas que se han formulado a la utilización del ranking de notas en
el sistema de admisión a las universidades del Consejo de Rectores. La
demanda de los liceos emblemáticos de postergar este sistema, dice, “es
equivalente a pedir que se prorrogue una ventaja que se funda en un
privilegio”.
Las críticas a la
incorporación del ranking de notas como factor de selección en el
sistema de admisión del Consejo de Rectores por parte de ciertos
establecimientos escolares no resultan comprensibles, entre otras
razones, porque tales liceos ya incrementaron su ingreso a las
universidades, precisamente a consecuencia de haber incluido el ranking
en el proceso de admisión para el año 2013. Si para 2014 se aumenta el
mismo factor, el efecto no debería ser distinto. Esta misma
circunstancia hace inexplicable que se anuncie recurrir al amparo
constitucional por parte de quienes representan a esos mismos
establecimientos, que en cuanto tales no resultan perjudicados por esta
medida.
Considerar el ranking como un factor de selección viene a corregir,
aunque sea de modo parcial, una condición de inequidad general en el
acceso a la educación superior. Debido a la desigual calidad que
caracteriza al sistema escolar, los resultados de la PSU tienden a
favorecer a quienes han podido acceder a una mejor educación. Pues
bien, al incluir en los criterios de admisión el rendimiento de cada
estudiante en su contexto social y según sus oportunidades educativas,
se reconoce el esfuerzo y mérito de cada persona, y a la vez se amplían
las posibilidades para quienes se hallan en una condición de desventaja
económica o social. Una de las demandas que hacen tales colegios es que
se postergue la medida para el caso de aquellos estudiantes que tienen
una mejor expectativa ante algunas universidades y carreras con el
actual sistema de ponderación de la PSU. Esto es equivalente a pedir que
se prorrogue una ventaja que se funda en un privilegio. En otras
palabras, se demanda del Consejo de Rectores que tenga eso como
prioridad social y no una rectificación que mejora, en favor del
principio de igualdad, las oportunidades para una gran mayoría de
jóvenes.
Por
otra parte, la medida no está dirigida a un grupo de personas
determinadas o individualizables que pueda identificarse
anticipadamente. Esto es consecuencia, simplemente, del hecho que todos
los postulantes tienen una expectativa y no un derecho adquirido o
personal para ingresar a una universidad o carrera. De este modo,
tampoco queda claro cómo se puede afirmar que tal medida es
discriminatoria. Si algunos estudiantes antes se beneficiaban de la
mayor ponderación de la PSU y ahora pueden ver menguadas sus
posibilidades, ello no puede anteponerse a la mejora de las condiciones
de igualdad que los órganos públicos deben promover, porque ello sería
preferir intereses de grupos por sobre valores y propósitos de bien
común.
En cuanto a la oportunidad, cabe señalar que la incorporación del
ranking ya se aplicó el año pasado, es decir, que la promoción de primer
año 2013 ya ingresó a la universidad sujeta a la ponderación del
rendimiento en su respectivo establecimiento. No se trata de un cambio
sobreviniente que haya sorprendido a quienes se preparan para postular a
las universidades. En consecuencia, la estrategia anunciada de recurrir
a los tribunales es doblemente errónea. Se quiere convertir meras
expectativas en derechos adquiridos y, además, se pretende que las
ventajas que provienen de inequidades se las trate como garantías
constitucionales en virtud del principio de igualdad.