Ofensiva de Impuestos Internos investiga pago tributario de canales, actores y “rostros” de TV
Publicado: 22.05.2013
Al
igual que los médicos, arquitectos y otros profesionales, en los
canales de TV abierta los sueldos más altos no tienen contratos. Sus
remuneraciones las reciben a través de sus empresas personales,
situación ya detectada en 2010 por la Dirección del Trabajo. Con ello,
el canal respectivo y el empleado-empresa eluden el pago de impuestos.
Ahora Impuestos Internos puso a toda la industria televisiva bajo la
lupa. Los testimonios recogidos por CIPER ilustran cómo la industria
engaña y se beneficia en desmedro de los derechos laborales,
escamoteando millones al Fisco.
La industria de la
televisión está hoy bajo la lupa de Impuestos Internos. Se busca
detectar las fórmulas que se utilizan para no pagar los impuestos que
corresponden o simplemente eludirlos. Una de ellas, corroborada en 2010
por la Dirección del Trabajo, consiste en que los canales de TV le
exigen a sus empleados que ganan los sueldos más altos constituir
empresas para recibir sus remuneraciones, en vez de hacerlos firmar un
contrato que norme sus prestaciones.
La ofensiva fiscalizadora del Servicio de Impuestos Internos (SII) se
inició en marzo pasado y busca revisar –entre otros acápites- cómo
están tributando los “rostros” de la industria televisiva. El radar del
organismo tributario apunta esta vez a quienes presentan las noticias,
conducen los programas de alto rating o protagonizan las teleseries y
todos aquellos que pueden llegar a ganar en torno a los $15 millones
mensuales.
De acuerdo a la encuesta CASEN, de los más de ocho millones de
contribuyentes sólo 45 mil personas ganan sobre $ 6 millones mensuales.
Pero son muchos menos los que admiten recibir ese dinero al momento de
tributar. Según el ingeniero Michael Jorrat, experto tributario, sólo 15
mil personas (equivalentes al 0,3% de los contribuyentes) reconocen
ganar sobre $6 millones ante el SII. Los otros 30 mil que faltan en el
tramo de los ingresos más altos –y que debieran estar ahí según la
CASEN- se pierden en una nebulosa. “No sabemos si se trata de casos de
evasión o de elusión” dijo Jorrat a CIPER.
Esa nebulosa es la que intenta despejar el SII en los canales de
televisión, así como en años anteriores lo hizo entre los médicos, los
dentistas y otros profesionales cuyos ingresos se ubican en el tramo
alto de la escala. Las dos figuras con las que se puede encontrar el SII
-evasión y elusión- buscan exactamente el mismo resultado: pagar menos
impuestos; pero tienen consecuencias penales distintas. Evadir, es tener
la obligación de pagar y evitarla con engaños, es un delito. Eludir, en
cambio, es actuar antes, es utilizar la ley de modo de que no exista la
obligación de pagar el impuesto. Aunque no es un delito, no significa
que sea un acto transparente, inocuo o legítimo.
Cuando en 2000 el ex ministro de Hacienda, Nicolás Eyzaguirre,
presentó un proyecto para combatir la elusión, la definió como un tipo
de simulación: “Para que lo entienda la gente, la elusión es hacer
ingeniería tributaria. O sea, se supone que si usted es gato, paga dos; y
si es perro, paga cuatro; entonces, con delineadas técnicas, usted
ladra como perro, huele como perro, luce como perro, pero se presenta
como gato. Entonces, hay que hacer una ley que diga que si usted huele
como perro, ladra como perro, luce como perro, usted es perro”.
Eyzaguirre hizo su ley, pero como el legislador nunca puede ponerse
en todos los casos, en muchos lugares los perros han seguido tributando
como gatos y privando al Fisco y al financiamiento de políticas públicas
de importantes recursos. La industria de la televisión es un ejemplo.
Según una fiscalización hecha por la Dirección del Trabajo (DT) en 2010
en los canales TVN, Canal 13 y Chilevisión todos “los rostros” de esas
estaciones y la mayor parte de los actores de las respectivas áreas
dramáticas parecían ser empleados, trabajaban con horarios de empleados,
obedecían a los jefes del canal como todos los empleados…, pero
prestaban sus servicios como si fueran empresas.
La consecuencia tributaria de esa “simulación” era que, por ejemplo,
un conductor de noticias, en vez de pagar impuestos en el tramo más alto
(con un tope de 40% como empleado asalariado), pagaba sólo el 20%, que
es el impuesto de primera categoría que se aplica a rentas del capital
(y no el impuesto que se aplica a las rentas del trabajo)… Y si es que
los pagaba, pues nuestra legislación permite a las empresas una serie de
movimientos tributarios que implican menos impuestos, franquicias a las
cuales el trabajador común y corriente no accede.
La consecuencia laboral de esa “simulación” era que el conductor de
noticias debía pagar de su bolsillo las prestaciones sociales (AFP,
Isapre), financiar sus vacaciones y no tenía derecho a ningún tipo de
bono de producción o a repartición de utilidades, o una indemnización si
el canal decidía prescindir de sus servicios. Esos gastos, que pueden
parecer irrelevantes cuando se ganan $15.000.000, se vuelven
desproporcionados si el “empleado-empresa” recibe una remuneración en
torno al millón de pesos. Un ingreso que para el común de los chilenos
es alto, si se considera que el 50% de los trabajadores gana menos de
$250.000, pero que para los canales de TV es de nivel medio y bastante
frecuente.
El “empleado-empresa” de ese nivel de ingresos tiende a quedarse sin
prestaciones sociales y estar permanentemente en la incertidumbre sobre
su futuro laboral.
Porque en el nudo de esta fórmula, junto con el beneficio que puede
haber para los altos sueldos que eluden impuestos, hay sobre todo un
considerable beneficio para el canal que aplica esta política. Pues para
mantener los ingresos líquidos que ganan hoy todos los trabajadores
(desde las estrellas hacia abajo), el canal debería desembolsar, además
de las respectivas remuneraciones, un monto aproximado a un 20% más para
cubrir el impuesto respectivo y las prestaciones, sin contar lo que
implica en términos de indemnización si decide ponerle fin al contrato.
Así lo demuestran dos juicios laborales que los actores Álvaro
Espinoza y José Soza ganaron a TVN. Ambos profesionales, recibían sus
remuneraciones a través de sociedades que TVN les pidió constituir.
Cuando fueron despedidos, no hubo indemnización pues TVN entendía que no
eran empleados sino sociedades que ofrecían un servicio que ahora el
canal no quería comprar. Sin embargo, los juzgados que revisaron las
demandas de ambos actores han obligado a TVN a cancelar en cada caso más
de $40 millones en derechos sociales no pagados e indemnizaciones. Se
puede estimar que ese monto es el que se estaba ahorrando de pagar cada
canal –por persona- con el mecanismo de transformar a los empleados en
sociedades. Eso, sin contar el impuesto.
Hoy, como presidente del directorio de Canal 13, Nicolás Eyzaguirre,
plantea que desde que llegó a esa estación televisiva el 1 de septiembre
de 2012, pidió a sus ejecutivos que revisaran si los contratos con
algunos rostros o actores corresponden a empresas o no:
-Al igual de lo que dije en el año 2000, no estoy dispuesto a validar
disfraces: si alguien es perro debe tributar como perro y no como gato.
Pero más allá de lo que pueda hacer ahora en este cargo, lo urgente
como política pública es disminuir la diferencia brutal que existe si
una persona se organiza como persona o como sociedad. Ese es un tema de
fondo que debiera abordarse en época de campaña presidencial.
SILENCIO BAJO PRESIÓN
Para la actriz Esperanza Silva, presidenta de la Corporación Chile
Actores, el sistema es perjudicial para la mayoría de los actores.
Asegura que hoy todos son obligados por los canales de televisión a
adoptar dicha figura contractual:
-Los canales imponen esta forma de contratarnos por medio de empresas
simuladas; si no aceptamos, nos quedamos sin trabajo. Eso es abusar de
la dependencia… Existen políticas del terror hacia todo el mundo que
trabaja en lo audiovisual para que no demos a conocer esta modalidad
pues, de lo contrario, se les exilia y se les coarta el derecho a
trabajar.
Un email al que tuvo acceso CIPER parece respaldar las afirmaciones de Silva. El correo fue enviado por Patricio López,
productor ejecutivo del Área Dramática de TVN, a un asociado de Chile
Actores donde se le ofrece $1.000.000 + IVA mensual para trabajar en la
teleserie del segundo semestre y se le dice que debe constituir una EIRL
(Empresa Individual de Responsabilidad Limitada) para que se le hagan
los pagos. López dice que ya no es posible cobrar usando boletas y que
debe asesorarse con un contador.
En los citados informes de 2010 de la Dirección del Trabajo, aparecen
con sus nombres los entonces “rostros” de TVN con contratos de este
tipo, también llamados “contratos civiles”. Sobre sus fiscalización a Canal 13,
la DT afirmaba que todos los rostros del canal tenían “contratos
civiles” aunque no eran mencionados uno por uno. Sí enumeraba, en
cambio, a los actores quienes cumpliendo todas las características de un
empleado, no tenían un contrato de trabajo sino un “contrato civil”.
En el caso de Chilevisión, la DT detectó dos tipos de “rostros”: Los del desaparecido programa juvenil Yingo,
que boleteaban durante meses (entre ellos Karol Lucero Venegas, Faloon
Larraguibel López y Yamna Lobos Astorga); y los rostros de los estelares
y programas periodísticos, los rostros de verdad que se vinculaban con el canal como empresas productoras.
La Dirección del Trabajo precisó que todos los rostros de televisión
“constituyen empresas, las que en definitiva facturan por los servicios
que éstos les prestan al Canal”. En el informe se precisa que, “no
obstante lo anterior, en todos los casos se constató que la prestación
de servicios por parte de los mencionados rostros se da bajo los
elementos del vínculo de subordinación y dependencia, lo que hace
suponer la existencia de una relación laboral en los términos previstos
en el Código del Trabajo”.
CIPER consultó a TVN, CHV y Canal 13 sobre por qué se establecen este
tipo de relaciones laborales con sus principales figuras. La respuesta
de Chile visión vino por vía de su área de relaciones públicas, mientras
que Canal 13 lo hizo a través del ex ministro Nicolás Eyzaguirre, hoy
presidente de su directorio:
-Cuando un rostro tiene contrato como sociedad, se debe
principalmente a que éste tiene contrato con varios empleadores: con una
multitienda, una radio… Y él nos ofrece sus servicios, pero además debe
contratar a otros profesionales, desde un contador, productor o
secretaria. Quiero dejar en claro que como canal no forzamos a nadie a
realizar contratos como sociedad –afirmó Eyzaguirre a CIPER.
En Chilevisión la respuesta fue: “Esto funciona así porque la
relación entre los artistas y el Canal es de prestación de servicios,
sin subordinación y dependencia. El artista presta sus servicios de
manera más bien libre según su experiencia y conocimientos, sin un
formato estricto de órdenes o instrucciones. A su vez, se trata de
servicios esporádicos que no están sujetos a una jornada laboral ni a
una obligación de asistencia que es propia de los trabajadores del
Canal, salvo cuando son citados a grabar”.
En Televisión Nacional fue el gerente de Asuntos Legales, Hernán Triviño, quien respondió a CIPER:
-En relación a lo ocurrido con el actor José Soza, no existía un
contrato con una sociedad, sino que se trataba de un contrato a
honorarios, igual a los que el mismo actor tuvo luego con otros canales.
Él demandó el pago de las cotizaciones previsionales, lo que finalmente
le fue concedido en segunda instancia. Respecto de Álvaro Espinoza, el
actor demandó tutela laboral, arguyendo que se le habían conculcado sus
derechos como trabajador. En primera instancia no se le concedió, pero
se condenó al canal al pago de las cotizaciones previsionales. TVN
recurrió de nulidad ante la Corte Suprema y aún se está a la espera de
ese fallo.
En esa misma línea argumentó la directora del Área dramática de TVN,
María Eugenia Rencoret, cuando fue citada a declarar en el juicio
“Álvaro Espinoza versus TVN”. Al abordar el tema de los contratos a
través de sociedades, dijo que Carolina Arregui, Amparo Noguera y
Francisco Reyes, estaban vinculados a TVN como empresa y respaldó la
idea de que los actores tienen diferencias con el resto de los
trabajadores de TVN. Precisó: “A veces pueden estar citados a las 9 de
la mañana y se van a su casa y vuelven a grabar las dos últimas horas.
Tiene una libertad distinta a la que tenemos los empleados de TVN”.
La jueza la interrumpió:
-¿Usted es empleada de TVN?
-Si
-Si
-¿Y está contratada como persona natural?
-Si
-Si
-¿Como María Eugenia Rencoret? ¿No como sociedad?
-Tengo dos contratos.
-Tengo dos contratos.
-Cuénteme…
-Tengo dos contratos. Uno como sociedad y otro como María Eugenia Rencoret.
-Tengo dos contratos. Uno como sociedad y otro como María Eugenia Rencoret.
-¿Y por qué?
-No sé. Se dio hace muchos años además.
-No sé. Se dio hace muchos años además.
Rencoret calculó que llevaba cinco años con ese sistema de
remuneración. ¿Cuál es el motivo para que ella también tenga contrato
como empresa si cumple horario en TVN? ¿Es posible que además de estar a
cargo del Área Dramática de TVN, dirigiendo teleseries, tenga tiempo de
realizar otro trabajo a través de una sociedad para el mismo canal? Un
abogado tributarista opinó que “la única razón por la que alguien
tendría ese acuerdo es para efectos tributarios”. La misma doble figura
utiliza el citado Patricio López, según consigna el fallo de la demanda
que le dio la razón al actor Espinoza.
La Dirección del Trabajo también fiscalizó en 2010 a los canales Mega (Vea Informe de MEGA) y La Red (Vea Informe La RED),
donde no se detectaron los citados “contratos civiles”. Ambas
estaciones, sin embargo, fueron multadas por la DT por tener empleados
sin contrato de trabajo, recibiendo honorarios por largo tiempo,
situación que en La Red afectaba a mujeres embarazadas. Según denuncias
de Chile Actores, en la actualidad la práctica de establecer contratos
civiles con sus empleados se habría extendido también a estos canales.
ACTUAR CON ASTUCIA
Es importante precisar que la astucia que conlleva actuar de esta
manera es, en la práctica, aceptada por los fiscalizadores. Varios
abogados consultados por CIPER citaron un fallo de 2003 (el recurso de
casación que ganó la Sociedad Inmobiliaria Bahía S.A., rol Nº4038-01),
donde la Corte Suprema sostuvo que la elusión tributaria es “evitar
algo con astucia, lo que no tiene que ser necesariamente antijurídico,
especialmente si la propia ley contempla y entrega las herramientas al
contribuyente”.
Aunque en Chile los fallos no constituyen un precedente jurídico, el
reconocimiento a la “astucia” que hizo el máximo tribunal se exhibe
usualmente como un signo de que estos disfraces están permitidos. Acorde
con esa calificación de “astucia”, la industria de la televisión, así
como la profesión de los médicos, dentistas y abogados, se ha llenado de
sociedades que permiten grandes ahorros de impuestos.
En 2012 se constituyeron 68.439 nuevas sociedades en Chile, lo que
representa un alza de 17% respecto de 2011. El gobierno ha leído estas
cifras como una muestra de que el emprendimiento ha florecido en estos
años, suponiendo que se trata de negocios productivos. Sin embargo, hoy
no existe ningún dato que indique a qué actividad productiva se dedican
estas sociedades realmente, y es posible que en un buen número de ellas
sus titulares sean simplemente empleados simulando ser empresas, para
hacer el negocio de pagar menos impuestos.
Para el abogado Francisco Saffie, profesor de Derecho de la
Universidad Adolfo Ibáñez y director académico del Magíster en Derecho
Tributario de la misma universidad, nuestro sistema tributario tiene
cada vez más “incentivos” para “planificar” creando sociedades de
inversión:
-No es temerario presagiar que cada vez más personas preferirán
adoptar el modelo del emprendedor que planifica, es decir, recibir todos
sus ingresos como empresa para luego retirar utilidades retenidas
pagando menos impuestos. Ser empleado se volverá cada vez peor negocio
-explica.
CÓMO SE ELUDE
Una muy clara descripción de cómo opera la elusión de la que profitan
los profesionales de altos ingresos la hizo el abogado Saffie en una
serie de columnas sobre impuestos que publicó en CIPER.
Para ilustrar los beneficios de tributar como sociedad, Saffie
analizó la situación de un empleado que recibe $1.875.000 mensual
($22.500.000 al año) y destacó cómo mejora sus ingresos si éste decide
formar una sociedad. Como empleado paga aproximadamente $850.000 al año
en impuestos. Disfrazado como empresa, sólo $162 mil. ¿Cómo ocurre eso?
Imaginemos un empleado -un médico, un abogado o un director de
programas de TV- que crea una sociedad con sus dos hijos para ofrecer
como servicio lo que antes prestaba como trabajador. Con este cambio no
se vuelve ni más eficiente ni está generando empleos: la única
diferencia es que en vez de recibir $22.500.000 al año como sueldo, lo
recibe como ingresos de su sociedad. A fin de año, este dinero se
distribuye entre los tres “socios”, cada uno de los cuales retira
$7.500.000. A este retiro se le debe descontar el 20% del impuesto de
primera categoría ($1.500.000) que es el impuesto que pagan las
empresas.
Saffie explica que lo interesante está en las finanzas de cada socio.
“Tenemos que la base imponible de cada uno es de $7.500.000. Con ese
ingreso anual (que significa poco más de $600.000 al mes), el impuesto
que le corresponde pagar a cada uno –al empleado y a sus dos hijos- es
de apenas $54.000. Pero como cada socio ya ha adelantado $1.500.000, el
Estado le devolverá $1.445.000 a cada uno”.
Es decir, del millón y medio que cada socio pagó como impuestos de la
empresa, el Fisco les devolvió $1 millón 445 mil. Esto se debe en parte
a que en Chile no hay un impuesto a la empresa propiamente tal, sino
que son un adelanto del impuesto de sus dueños. Y así el
empleado-empresa, haciendo el mismo trabajo y recibiendo el mismo
dinero, se ahorra poco más de $600.000 en impuestos.
LA ASTUCIA DEL VENDEDOR DE ACREDITACIONES UNIVERSITARIAS
Un reciente ejemplo del uso de este mecanismo salió a la luz en la
investigación respecto a la Universidad del Mar. Luis Eugenio Díaz, ex
presidente de la Comisión Nacional de Acreditación (CNA), acusado de los
delitos de soborno, cohecho y lavado de activos, debió explicar ante la
fiscalía cómo funcionaba la sociedad “Gestión Ltda.”, a través de la
cual prestaba asesorías a las universidades para que lograran
acreditarse ante la CNA.
Díaz admitió que “Gestión” era una sociedad “hecha por sugerencia de
un contador para fines tributarios. Es una sociedad de la que forma
parte mi mujer pero ella no tiene nada que ver. Se incorporaron dos de
mis hijas el año pasado, pero tampoco han tenido nada que ver. (…) De
los $290 millones que ingresaron a la sociedad, mis hijas nunca
recibieron nada. Los retiros en que aparezcan ellas son nominales, pues
nunca retiraron dineros. Mi cónyuge tampoco sacó dineros realmente,
siempre fue solo nominal”.
Siguiendo el ejemplo que ofrece Saffie queda claro que Díaz usó
“Gestión Ltda.” para repartir con su familia la carga tributaria por el
dinero que recibía, de modo de pagar el menor impuesto posible. Es
importante anotar que hasta ahora el SII -que también ha revisado el
caso- no indaga la constitución de esta sociedad creada deliberadamente
para pagar menos impuestos. Pareciera que hasta ese extremo puede
estirarse el beneplácito a la astucia.
El mecanismo descrito es solo una de las posibilidades que ofrece la
ingeniería tributaria. Definida por expertos como “una caja de
artilugios”, también le permite a sus usuarios pedir facturas en la
compra del supermercado, en el restorán, en el hotel al que se va con la
familia (como lo relató el economista Eduardo Engel) y
hasta en la compra del auto nuevo, haciendo que todos los gastos de la
vida cotidiana se asuman como gastos necesarios para la producción de la
empresa. De ese modo, tampoco se pagan impuestos por esos gastos.
Rodrigo Águila, abogado de Chile Actores, quien lleva años peleando
para que a sus asociados se los vuelva a tratar como empleados, reconoce
que “a los sueldos más altos les conviene tributar como empresa, pues
la tasa es más baja que para las personas. Lo otro, es que mientras no
retires las utilidades de la empresa no pagas ningún impuesto. Por
último, la empresa puede descontar gastos. Entonces se produce un efecto
perverso donde el actor va al supermercado y lo mete a la factura; va a
un restaurante, factura, lo cual pasa a ser una evasión tributaria,
porque todos esos son gastos de la empresa y por lo tanto nunca paga
impuestos”.
Debajo de ese disfraz, asoma la realidad. Resulta innegable que los
rostros de los canales y varios actores no están tributando de acuerdo
al dinero que realmente reciben. Peor, están usando leyes que no se
hicieron para fomentar el ahorro tributario de los más ricos, sino para
dar incentivos a las pequeñas empresas, a las que contratan y producen.
Más allá de los argumentos que se usen para afirmar que no cometen
delito, no queda claro cómo el país se beneficia con esta práctica y por
qué habría que permitirla.
Según datos de 2010, en Chile hay ocho millones de contribuyentes de
los cuales el 82% (6.505.449 personas) no paga impuestos porque tiene
ingresos menores a $500 mil al mes. En realidad la mayoría de los
chilenos está lejos de la barrera a partir de la cual se comienza a
tributar. En 2010 nuestro promedio de ingreso fue de $360.000 (hoy la
cifra bordea los $400 mil).
Los bajos ingresos del 80% de los chilenos y los altos ingresos del
20% restante, hacen que nuestro país sea el más desigual de la OCDE.
Según datos del investigador Claudio Agostini, “el 20% más rico se lleva el 54,5% de los ingresos del país, mientras el 20% más pobre sólo se queda con el 4%”.
Es por esta estructura de los ingresos que Agostini puntualiza que
“cualquier anuncio de exención tributaria en el impuesto a los ingresos
beneficia sólo al 18% más rico y en mayor proporción al 6% de más altos
ingresos”. Resulta evidente que la elusión va en beneficio del mismo
grupo.
Para muchos investigadores nuestra desigualdad y nuestro sistema
tributario están fuertemente ligados. El ejemplo más notable es que,
aunque muchos países desarrollados son tan desiguales como Chile en sus
ingresos, después de aplicar los impuestos, se vuelven más igualitarios.
En Chile, en cambio, los impuestos hacen al país más desigual.
“Alemania o Italia, tienen un Gini (índice que mide hasta qué punto
la distribución del ingreso entre individuos se aleja de una
distribución perfectamente equitativa), antes de impuestos y
transferencias, similar al de Chile: de 0,50. Pero después de impuestos y
transferencias este indicador cae a 0,30, es decir, unos 20 puntos. En
Chile, en cambio, el Gini sube después de impuestos, o sea, en Chile los
impuestos aumentan la desigualdad”, explicó a CIPER Michael Jorrat.
La evasión y su gemela, la elusión, son uno de los factores de esa desigualdad.
CASO SOZA Y LA DESAPARICIÓN DEL TRABAJADOR
La actriz Esperanza Silva explica que el origen de la política de
“sugerir” a los actores constituir sociedades para recibir sus
remuneraciones, “comenzó en los años 90, con Eugenio García, cuando él
estaba en TVN con la whiskyerda. Hoy se ha extendido a todo el sistema audiovisual”.
Esa forma de relación laboral convive en la actualidad junto con el
masivo uso del pago a través de boletas y prácticas, como contratos por
día, similares a los que existen entre los temporeros:
-Toda la industria se sostiene sobre el abuso. Hay algunos cableros y
camarógrafos a quienes los contratan por la mañana y los despiden por
la noche, en forma diaria. Es indigno lo que ocurre -acusa Silva.
Una fuente de la Dirección del Trabajo, a la que le tocó participar en las fiscalizaciones a los canales de TV, dijo a CIPER:
-Yo quedé con la imagen de que esto era como entrar a Colonia
Dignidad, pues los canales fijan sus propias normas. La informalidad
laboral es tremendamente alta. En el caso de los rostros, verificamos
que cumplían un horario, que asistían a pautas y recibían instrucciones
de un productor y de un director, por lo que se cumplen todos los
requisitos de subordinación y dependencia.
Un ex dirigente sindical de Canal 13, comentando con ironía los
enormes cambios que ha sufrido esa estación en los últimos años, dijo a
CIPER: “En este canal ya no hay trabajadores, hay colaboradores y
emprendedores”. Los colaboradores son los que boletean; los
emprendedores son los que simulan ser empresas.
La desaparición del trabajador con su carga legal y simbólica y su
reemplazo por estas figuras ambiguas implica cambios sociales profundos
no solo en el área de los impuestos sino en la más extensa área del
trabajo y afecta derechos centrales. El episodio que vivió el actor José
Soza, quien demandó a TVN por “vulneración de derechos fundamentales y
despido vulneratorio”, puso sobre la mesa los costos de este sistema: la
inseguridad laboral con la que deben lidiar la mayoría de los actores
que no son “rostros”, y que se han transformado en emprendedores por
obligación.
A comienzos de 2010, por los mismos días en que la DT realizaba sus
fiscalizaciones en los canales de televisión, este conocido actor
demandó a TVN en el Segundo Juzgado del Trabajo. Tras 18 años de
trabajar en el canal, Soza fue despedido porque, según relató en el
juzgado, “no habían papeles para actores de mi edad”. Durante los 18
años, de manera constante, Soza entregó indistintamente boletas y
facturas al canal. Y en el juicio le reclamó a TVN que aún cuando no
estaba contratado, había existido entre ambas partes una relación
laboral, por lo que debían pagarle, entre otras cosas, una indemnización
y las imposiciones.
La tensión tributaria-laboral estuvo todo el tiempo presente en este
caso, como la música de fondo tras el juicio. Lo que para TVN había sido
un arreglo conveniente, por los enormes beneficios tributarios de los
que había gozado el actor, para Soza había implicado angustia, por la
enorme inseguridad laboral.
-Una persona que tiene ese nivel de ingresos, aprovecha un sistema
tributario que no tiene un trabajador dependiente. El ingreso de $3,5
millones mensuales o más, afecto a un impuesto único de trabajadores,
significa una merma muy grande que no tiene una persona que desempeña
sus funciones tributando en primera categoría, como lo hacía el señor
Soza, quien además, de acuerdo a lo que pudimos ver en los libros que
exhibió, aprovechaba de hacer rebaja del IVA con compras que hacía
-afirmó Samuel Bustos, abogado de TVN.
Soza veía las cosas de otra manera. “Una vez terminadas las
grabaciones, me iba a mi casa con la angustia de no saber si me
incluirían o no en el próximo proyecto y si mi contrato sería o no
renovado. La mayoría de las veces, todos estos años, al igual que otros
actores en mi misma situación, era llamado al poco de vencido mi
contrato y ya sin tener la oportunidad de discutir la elección de mi
personaje. Este sistema perverso resultó nefasto para mi salud dada la
incertidumbre constante sobre mi futuro laboral (…) La constante
inseguridad e inestabilidad laboral y la falta de un sistema de
previsión que me permita optar a una jubilación digna y a gozar de un
sistema de salud adecuado, han lesionado mi integridad tanto física como
psíquica”, declaró ante el tribunal.
De hecho, cuando el abogado de TVN le preguntó al actor bajo qué
sistema tributaba, primera o segunda categoría, Soza no supo qué
responder: “Yo eso no lo sé, solo sé que emito facturas y que se me
obligó a hacer esa gestión porque el contrato es contra factura. Se me
dijo en ese momento, el año 96 o algo así, que se me iba a contratar por
más tiempo y que mis honorarios iban a ser más altos, por lo tanto ya
no iba a emitir boleta sino que necesitaban que emitiera facturas”.
Según especificó en la demanda, al terminar su trabajo en TVN, Soza
ganaba $4 millones 200 mil mensuales, monto que se le cancelaba no bajo
la forma de un contrato de trabajo, sino como la prestación de
servicios. El actor señaló que esta forma “me
fue impuesta por el canal como la única forma posible para poder
trabajar frente a lo cual no me quedó otra alternativa que aceptar”.
Además de José Soza, otros tres actores declararon en este juicio.
Según lo señalado por las actrices Esperanza Silva y Paulina Urrutia,
tras la publicación en 2003 de la Ley 19.889, que reguló las condiciones
de trabajo y contratación de los trabajadores de artes y espectáculos,
hubo una fuerte arremetida por parte de los canales de TV para que los
artistas formasen empresas.
-Yo en ese momento estaba en Canal 13 y recuerdo que a los actores se
les sugería que formaran productoras independientes, para de esa manera
poder liberarse de cualquier obligación de tipo laboral y demostrar que
no existía una relación de subordinación y dependencia. Esa es una
fórmula que salió de los mismos canales de TV. A nosotros no se nos
hubiese ocurrido -declaró Silva.
“Estos contratos que nosotros tenemos son claramente contratos laborales disfrazados”, agregó Urrutia.
En el mismo juicio, la actriz Delfina Guzmán entregó un ilustrativo
testimonio de su relación con TVN, y la ductilidad de los contratos
civiles que tanto valoran los directivos de la industria. “Antes firmaba
contratos por dos años. Luego fue año a año y cuando partí en 2010, me
dijeron que mi contrato era por seis meses y que me pagarían bastante
menos. Entonces me fui donde el director del canal, Daniel Fernández.
Fui a su oficina y me atendió muy bien. Mira mijito, no entiendo nada lo
que está pasando. ¿Ahora soy una picante cualquiera?”, le pregunté”.