Patricia Muñoz Garcìa

Patricia Muñoz Garcìa
Departamento Nacional Profesores Jubilados DEPROJ

lunes, 26 de abril de 2010

RESPUESTA DE DARÍO VÁSQUEZ SOBRE PROBLEMA DEL BONO SAE EN LA COMUNA

Lo que hay que tener claro con respecto al Bono Sae, es que la conducción ha cometido graves errores que el profesorado puede pagar caro, a no ser que las acciones legales y gestiones que nosotros estamos haciendo reviertan la situación.

Los errores secuencialmente son los siguientes:

La actual conducción asumió en noviembre 2007 y no se instruyó a las bases para el cobro del bono SAE de diciembre de ese año.

A mediados de año 2008, los dirigentes regionales de la V Región solicitan fiscalización al jefe provincial, quien les informa oficialmente de montos adeudados del bono Sae 2007 equivalentes a más de $500 mil por 30 horas de contrato.

Recién en octubre 2008, la conducción plantea el tema al Mineduc, organismo que a través del subsecretario agenda una nueva reunión para 15 días después, con el sólo afán de ganar tiempo, solicitando al Seremi de educación de la V Región que haga los cálculos del Bono Sae para verificar si los cálculos del jefe provincial eran correctos o no.
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A los 15 días, se reanuda la conversación; el seremi ratifica los valores entregados por el jefe provincial y después de una larga discusión, el presidente acepta solicitar un pronunciamiento al Contralor General.

El 6 de febrero de 2009, el contralor se pronuncia y ratifica el derecho de los profesores a recibir el bono de diciembre, si es que hay excedentes, cuestión que era evidente por los informes de Valparaíso. Agrega que no tiene jurisdicción sobre las corporaciones educacionales municipales y no determina fórmula.

El 16 de marzo, el jefe nacional de subvenciones emite circular, instruyendo a los inspectores de subvenciones provinciales a fiscalizar el pago de las platas provenientes de las leyes 19410 y 19933, para determinar de acuerdo a fórmula contenida en la misma circular, el monto del bono de diciembre 2007 y diciembre 2008.

El 22 de ese mismo mes, la dirección del trabajo emite dictamen solicitado por mí y los dirigentes de la V Región, para ser aplicado en las corporaciones educacionales municipales, el que establece fórmula de determinación de excedentes. El presidente nacional en vez de usar convenientemente ese dictamen que nos daba la razón, lo condena y no lo incorpora al trabajo gremial, y no se instruye a los directorios comunales en donde hay corporación, para solicitar fiscalización y obligar a los sostenedores a pagar de acuerdo con él, porque el contralor General había dejado en claro que no tiene jurisdicción en las corporaciones municipales.

Como no hay solución ni directriz hacia las bases, los profesores de las comunas de la V Región desatan movilizaciones. En medio de éstas, recién la conducción llama a Asamblea nacional en mayo pasado y se desata el conflicto.

Se produce una gran movilización en todo el país, que obliga al gobierno a buscar una salida. Se forma una mesa tripartita, a pesar de mi opinión contraria, porque siempre me ha parecido inconveniente que aquellos que nos adeudan, que no cumplen con la ley, como son los alcaldes, máxime si queremos que no haya educación municipalizada, sean parte de una mesa negociadora.

La huelga se baja el 5 de junio 2009, producto de un acuerdo, cuya redacción final no fue sometida a la consideración de la mesa negociadora del gremio, en que se acepta someterse al dictamen del contralor, dejando sin seguridad el pago de los bonos 2009 y 2010.

15 días después, el presidente nacional firma un nuevo acuerdo, en que acepta que los profesores a contrata que no estén en la planta, pero sí estaban laborando el 2007 y 2008 y los profesores que recibieron bono por retiro, no recibieran el "abono de $500 mil y $300 según carga horaria". 8000 profesores se quedaron sin nada.

En agosto, el contralor emite un dictamen lapidario para nuestras aspiraciones de que la justicia impere. Él nos deja sin excedentes a fin de cada año o los montos son exiguos.

Planteamos al Directorio Nacional presentar un recurso de protección, lo que es desechado. El directorio por mayoría acordó: presentar juicios monitoreos (fracaso), pedir reconsideración al contralor ( utopía). El presidente debía saber que el plazo para presentar recursos de protección es de un mes a partir de la fecha de emisión del dictamen.

Ello nos decidió a presentar en conjunto con dirigentes regionales y comunales de la III, V y Región Metropolitana el mencionado recurso de protección el 03 de septiembre pasado y al mismo tiempo, y así lo planteamos en la asamblea, que se presentaran demandas en todas las comunas del país.

Curioso resulta, por decir lo menos, que después de la presentación del recurso de protección, el departamento jurídico del gremio - haya a través de un diario mural- hecho una cuadro comparativo entre el dictamen del contralor y la posición colegio, y que los fundamentos jurídicos que invocan son exactamente los mismos del recurso de protección que presentamos.

Recién en diciembre, la corte de apelaciones de Santiago, falla, rechazando el recurso, pero no le da la razón ni al Contralor ni a nosotros; sino que indica en su resolución tercera que la materia es de lato conocimiento y que deben ser los tribunales los que resuelvan la fórmula para determinar los excedentes.

Recién en diciembre, se orienta al gremio a presentar demandas, ad-portas que el derecho a percibir excedentes de diciembre 2007`prescriba (Las deudas de los empleadores expiran al cabo de dos años).

A fines de diciembre, el contralor emite dictamen por solicitud presentada por el presidente del comunal Buin, en que indica tajantemente que el no tiene jurisdicción sobre las corporaciones municipales diciendo claramente que en ellas debe aplicarse el dictamen de la dirección del trabajo.

Si lo realizado jurídicamente hubiera sido orientado a tiempo por la conducción, es posible que a pesar del dictamen del contralor, tuviéramos pagos favorables en todas las corporaciones educacionales del país para beneficio de esos profesores, estaría consagrado el derecho a percibir el bono de diciembre.

Los juicios se están ganando y perdiendo en primera instancia. En ambas situaciones, demandantes y demandados apelarán. Lo más seguro es que lleguen a la corte suprema. Lo que debe quedar claro son dos cosas:

1.- Que los fundamentos de los abogados demandantes, se basan en los argumentos jurídicos del recurso de protección que nosotros presentamos.

2.- Que los fallos desfavorables argumentan que lo que se debe aplicar es el dictamen del contralor.

Por último, el recurso de protección está en la corte suprema, esperando a partir de nuestra apelación, que se resuelva su admisibilidad.

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