Usando este ejemplo, le dejo explicación de los pasos en detalle:
Si bien tiene un cupo de pago asignado, es necesario realizar la tramitación respectiva para que su/s heredero/s pueda/n acceder al aporte, en ese sentido, lo primero que debe gestionar es una posesión efectiva, la cual debe tener consignado en aporte en los siguientes términos:
a.- Descripción del Bien: Deberá señalarse como “Beneficiario aporte ley 21.728 reajustable por IPC”.
b.- Institución: Ministerio de Educación
c.- N° Certificado: S/N
d.- P/S: Deberá agregarse una P.
c.- Valoración $: El valor del aporte es de $ 4.500.000.
Si ya se realizó la posesión efectiva y no ingresó el aporte, el heredero debe enviar un correo a: deuda.historica@mineduc.cl , adjuntando:
- Posesión Efectiva
- Carnet de identidad del(a) beneficiario(a)
- Carnet de identidad del (a) heredero(a).
Con dichos datos, emitiremos un certificado, con el cual podrá realizar la rectificación de la posesión efectiva en el Registro Civil.
En caso de ser más de un heredero, es necesario que tenga un certificado que lo faculte para poder hacer el trámite.
Finalmente, y una vez que tenga disponible dicha documentación, debe subirla al sitio web https://soluciondeudahistorica.mineduc.cl/como-se-realizara-el-pago-del-aporte.html, en el banner disponible para información del proceso para transmisibilidad, con la clave única del heredero encargado de la gestión.
FUENTE MINEDUC.
Patricia Muñoz García
Departamento Nacional de Profesores Jubilados.


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