por El Mostrador 10 enero, 2019
El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a
los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario
Carroza, condenó a dos oficiales del Ejército en retiro por su
responsabilidad en el homicidio de Sergio Osmán Negrete Castillo,
ilícito perpetrado el 17 de noviembre de 1973 al interior del Liceo
Darío Salas.
En el fallo, el ministro Carroza condenó al exjefe del Estado Mayor General del Ejército, Carlos Patricio Chacón Guerrero, a la pena de diez años y un día de presidio, en calidad de autor de delito; en tanto, Carlos Hernán Carreño Barrera fue sentenciado a tres años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, como cómplice.
En la causa, los cadetes −al momento de los hechos− Luis Daniel Sasmay Auba y Guillermo Enrique González Monsalve fueron absueltos por falta de participación en los hechos.
En la etapa de investigación de la causa, el ministro en visita estableció que el sábado 17 de noviembre de 1973, efectivos de la 5° Compañía del Batallón Curso Militar de la Escuela a cargo del Capitán Carlos Chacón Guerrero llegaron hasta el establecimiento educacional ubicado en calle Avenida España para realizar un allanamiento destinado a la “ubicación de armas al interior del recinto”.
En el interior del liceo se encontraban algunas personas, entre ellos
Sergio Osmán Negrete Castillo, de 19 años al momento de los hechos y
sin militancia, quien “decide huir y corre hacia una de las panderetas
divisorias, que colindan con otros inmuebles”.
La resolución añade que “el personal militar al ver la acción del joven, le da la orden de detenerse, pero este no la acata y sigue su carrera, ante lo cual los cadetes que se encontraban en el lugar, Luis Daniel Sasmay Auba y Guillermo Enrique González Monsalve, entre otros, en cumplimiento a instrucciones previamente recibidas de sus superiores, le disparan y uno de ellos lo hace directamente al cuerpo, en los momentos en que la víctima pretendía traspasar el muro colindante, ocasionándole heridas que le causan la muerte”.
En el aspecto civil, se condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de $15 millones a la hermana de la víctima.
En el fallo, el ministro Carroza condenó al exjefe del Estado Mayor General del Ejército, Carlos Patricio Chacón Guerrero, a la pena de diez años y un día de presidio, en calidad de autor de delito; en tanto, Carlos Hernán Carreño Barrera fue sentenciado a tres años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, como cómplice.
En la causa, los cadetes −al momento de los hechos− Luis Daniel Sasmay Auba y Guillermo Enrique González Monsalve fueron absueltos por falta de participación en los hechos.
En la etapa de investigación de la causa, el ministro en visita estableció que el sábado 17 de noviembre de 1973, efectivos de la 5° Compañía del Batallón Curso Militar de la Escuela a cargo del Capitán Carlos Chacón Guerrero llegaron hasta el establecimiento educacional ubicado en calle Avenida España para realizar un allanamiento destinado a la “ubicación de armas al interior del recinto”.
La resolución añade que “el personal militar al ver la acción del joven, le da la orden de detenerse, pero este no la acata y sigue su carrera, ante lo cual los cadetes que se encontraban en el lugar, Luis Daniel Sasmay Auba y Guillermo Enrique González Monsalve, entre otros, en cumplimiento a instrucciones previamente recibidas de sus superiores, le disparan y uno de ellos lo hace directamente al cuerpo, en los momentos en que la víctima pretendía traspasar el muro colindante, ocasionándole heridas que le causan la muerte”.
En el aspecto civil, se condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de $15 millones a la hermana de la víctima.
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