La ley 20.822 en el año 2015, concedió a los profesores del Decreto 3166,el Derecho al Bono de Retiro Voluntario y el bono postlaboral...
Por lo tanto los docentes de los colegios de administración delegada deben seguir las normas que se indica y no cometer errores que pueden entrar a perjudicarlos.
1-Primero deben postular al Bono post laboral desde los 60 años idealmente a los 61 años deben estar fuera del sistema,como en algunos casos por situaciones no atribuibles a los docentes a esa edad aún no han percibido el Bono de Retiro Voluntario, deben activar su petición antes de firmar la Renuncia.
2-Sólo después de recibir el Bono de Retiro ,los docentes deben iniciar los trámites de jubilación..nunca antes.
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