Publicado el 10 de agosto del 2016
La iniciativa, propuesta por la diputada Alejandra
Sepúlveda, con el apoyo de diversos parlamentarios, tiene como objetivo
que la totalidad de intereses y reajustes por el pago fuera de plazo de
las cotizaciones sean integrados a la cuenta individual del trabajador.
Por unanimidad, la Comisión de Trabajo respaldó positivamente la moción presentada por un grupo transversal de diputados que propone modificar la normativa que rige a las AFP, con el objeto de eliminar el beneficio de que gozan estas insttiuciones en materia de intereses de las cotizaciones previsionales adeudadas (Boletín 10.708).
En concreto, el texto presentado por la diputada Alejandra Sepúlveda, junto a los diputados Cristina Girardi, Denise Pascal, Miguel Ángel Alvarado, Osvaldo Andrade, Gabriel Boric, Iván Fuentes, Vlado Mirosevic, Leopoldo Pérez y Patricio Vallespín, señala que los reajustes e intereses por el pago atrasado de las cotizaciones previsionales, serán abonados en la cuenta de capitalización individual del afiliado afectado, siendo solo de beneficio de la AFP las costas de cobranza.
En los argumentos de esta propuesta legal se advierten las actuales críticas al sistema de pensiones y se recuerda que una parte fundamental de los recursos del sistema lo componen las cotizaciones obligatorias. Estas deben ser pagadas a la AFP por el empleador, dentro de los diez primeros días del mes siguiente, al que fueron descontadas de las remuneraciones del trabajador. Si esto no ocurriese en el plazo el empleador será sancionado con multas, junto con el cálculo de reajustes e intereses.
De estos, se agrega, una parte le corresponden a la AFP. Así, por ejemplo, y de acuerdo a la circular de 2016 de la Superintendencia de Pensiones "si una cotización se adeuda desde agosto de 2015 y se paga el 1 de abril de 2016, se aplica un 11,99% de interés penal, y un 6% de recargo de lo cual un 2,27% le corresponde a la AFP".
Los legisladores manifiestan que no es posible seguir manteniendo este beneficio, considerando el estado actual de las pensiones, que se derivan, entre otros factores, en las lagunas previsionales provocadas por la falta de pago de las cotizaciones por parte de los empleadores; donde justamente para ello se establecen estos intereses penales, puesto que permiten compensar los vacíos que se pudieron haber provocado en su momento.
Al respecto, la diputada Denise Pascal (PS) recordó que esta propuesta nace del impulso de la diputada Sepúlveda, tras las consecuencias que hubo por el tema de la Universidad del Mar "cuando los trabajadores quedaron en la calle, sin posibilidad de reinserción laboral, pero además sin las cotizaciones correspondientes en sus AFP".
Agregó que este es un paso mínimo en la falta de justica que tiene el sistema de AFP, porque incluso se dan muchas veces acuerdos entre los empleadores y las AFP para el pago pendiente, sin que esto se traduzca completamente en un reintegro a los afiliados de los intereses devengados durante el período.
Por su parte, el diputado Ramón Barros (UDI), quien informará el proyecto a la Sala, declaró que consideran que "a todo evento los recargos por intereses tienen que ser solo del trabajador" y por eso la aprobación unánime del proyecto.
Añadio que en un momento de debate sobre el sistema de AFP estos son proyectos necesarios, aunque no determinantes, pero que "se hace justicia de una situación que era poco clara".
Seguridad laboral
La Comisión de Trabajo también aprobó el texto que fusiona dos mociones parlamentarias que buscan garantizar la seguridad e integridad de los trabajadores en situaciones de emergencia.
Las iniciativas corresponden a la presentada por los diputados Osvaldo Andrade, Pepe Auth, Germán Becker, Pedro Browne, Cristián Campos, Tucapel Jiménez, Manuel Monsalve, y los exdiputados Adriana Muñoz, René Alinco y Felipe Harboe (Boletín 7547) y la de los diputados Pedro Browne; Cristián Campos; Tucapel Jiménez y Nicolás Monckeberg (Boletín 9385).
El acuerdo alcanzado busca garantizar el derecho de los trabajadores a evacuar y abandonar faenas y labores en situaciones de emergencia, sin que esto pueda derivar en un menoscabo de sus remuneraciones ni represalias por parte de los empleadores.
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