COLEGAS HE VUELTO A PUBLICAR ESTO,CON MUCHA PACIENCIA,PUES
NO SE ESTÁN RESPETANDO ESTAS NORMAS EN LA COMUNA.TODAS LAS PERSONAS QUE TENGAN MÁS DE 20 HORAS DE CONTRATO DEBEN TENER
INCLUÍDO EN SU HORARIO POR LA LEY 19532,DOS HORAS OBLIGATORIAS DE GPT.
ADEMÁS POR LA LEY 20.501 DEBEN TENER OBLIGATORIAMENTE 1 HORA PARA CONSEJOS DE CURSOS.
Han llegado numerosas consultas ,ante la extrañeza,que ha provocado el que en algunos colegios de la comuna,conocidos por su régimen JEC,en los horarios de los maestros no secontempla el horario de GPT y es más en otros colegios aparecen profesores liberados de esa jornada.
La respuesta es la siguiente:Al parecer hay un claro desconocimiento de la ley 19.532que crea el régimen de Jornada Escolar Completa. y de los requisitos que prescribe en su artículo 2°,letra C:" c) Asegurar que dentro de las actividades curriculares no lectivas, los profesionales de la educación que desarrollen labores docentes y tengan una designación o contrato de 20 o más horas cronológicas de trabajo semanal en el establecimiento, destinen un curriculares no lectivas, los profesionales de la educación que desarrollen labores docentes y tengan una designación o contrato de 20 o más horas cronológicas de trabajo semanal en el establecimiento, destinen un tiempo no inferior a dos horas cronológicas semanales, o su equivalente quincenal o mensual, para la realización de actividades de trabajo técnico-pedagógico en equipo, tales como perfeccionamiento, talleres, generación y evaluación de proyectos curriculares y de mejoramiento educativo.".
Cómo ven la ley es clara,además no se pueden eximir de la obligación a discreción de los directores,demás está decir que las dos horas cronológicas semanales,deben estar contemplados en los horarios de todos los profesores.
Les recuerdo que el mismo sistema obligatorio,lo creó la 20.501 con la hora para consejo de profesores,entonces tenemos 3 horas cronológica obligatorias.
Lo que sucede tras de esto es el interés nuevo en no producir mayores gastos,están en su derecho pero que se compone a la ley por lo tanto,no les quepa duda que eso será supervisado por alguna institución durante el año aún más cuando la ley JEC,fue promulgada por la Concertación,hoy llamada Nueva mayoría.
Lo que sucedió ahí,es muchos directores transformaron esta instancia que dice claramente su objetivo:
" para la realización de actividades de trabajo técnico-pedagógico en equipo, tales comoperfeccionamiento, talleres, generación y evaluación de proyectos curriculares y de mejoramiento educativo.".En una jornada donde no había ningún norte ,sino que una latera jornada informativay de crecimiento profesional para los profesores NADA....
Por lo tanto resumo que las leyes deben respetarse,porque las comunas no son estados autónomos,estamos en Chile y aunque a algunos les parezca increíble:Deben respetarse las leyes de este país.
No debemos alejarnos de la palabra EDUCACIÓN Y RESPETO.....
Una consulta colega, en mi colegio no tenemos horario GPT, pero tenemos 3 horas de concejo de profesores semanalmente, algunas semanas solo hacemos consejo las 3 horas, en otros no hacemos consejo y se solicita planificar. Esto quiere decir que se debe hacer GPT cada vez que no hay consejo de profesores?
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