Remuneraciones Docente Municipal 2014
Remuneraciones Docente Municipal 2014
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- 1. REMUNERACIÓN DOCENTE
SECTOR MUNICIPAL
VALORES
2014
Miguel
Angel Pavez Toro.
- 2. ASIGNACIONES DE APLICACIÓN
GENERAL
RENTA
MÍNIMA NACIONAL (RMN)
BONO DE RECONOCIMIENTO
PROFESIONAL (LEY 20158) (BRP)
BONIFICACIÓN PROPORCIONAL
- 3. RENTA MÍNIMA
NACIONAL
Depende
del nivel
educativo, ya sea
enseñanza básica o
media.
Este
concepto
(RMN),
sirve de base para el
cálculo
de
otros
incentivos.
RMN BÁSICA:
HORAS
VALOR
44
$510.261
30
$347.918
1
$ 11.597
RMN MEDIA
HORAS
VALOR
44
$536.962
30
$366.110
1
$ 12.203
- 4. BONO DE RECONOCIMIENTO
PROFESIONAL
La Bonificación
de
Reconocimiento Profesional,
es un beneficio establecido
por la Ley N°20.158, en
vigencia desde el 1 de enero
de 2007, que permite a los
docentes percibir un monto
mensual por concepto de
título y un complemento por
concepto de mención, que se
deberá
pagar
proporcionalmente a las horas
de contrato, con un tope de
30 horas. Reemplazó a la UMP.
(unidad
de
mejoramiento
profesional)
Base
Mención
Total
$58.055
$19.353
$77.408
Por una hora:
Base
$1.935
Mención
$ 645
Total
$2.580
- 5. BONIFICACIÓN
PROPORCIONAL
Es una bonificación mensual
proporcional a las horas de
contrato, con cargo al SAE.
No
existe
un
monto
determinado a repartir. En
principio el sostenedor debe
distribuir el 80 % de los recursos
para este fin y el 20 % restante
para completar el ingreso
mínimo docente.
Para que esto quede más
claro:
Si un sostenedor tiene $ 1000,
estos se distribuyen de la
siguiente forma: $ 800 se
distribuyen entre todos los
docentes $ 200 quedan y
pueden ser utilizados por el
sostenedor para hacer que los
profesores con sueldos
demasiados bajos puedan
alcanzar el ingreso mínimo
docente.
También podría suceder
que el dinero de ese 20 %
no alcance para que
todos los docentes lleguen
al ingreso mínimo docente.
En ese caso el sostenedor
puede reducir el 80 % que
se esta distribuyendo como
Bonificación proporcional.
En la liquidación de sueldo
puede aparecer como:
“Bonificación
proporcional”
“Bono ley 19410”
“Bono ley 19933”
- 6. ASIGNACIONES
SEGÚN LUGAR
DESEMPEÑO
DIFÍCIL
COMPLEMENTO (ASIGNACIÓN) DE ZONA
EXCELENCIA ACADÉMICA
- 7. 1-.
DESEMPEÑO DIFÍCIL
Tiene por objeto reconocer la condición de
mayor complejidad relativa que presenta el
ejercicio de la función docente en
determinados
establecimientos
educacionales y otorgar un beneficio
monetario a los profesionales de la
educación que laboran en ellos, que puede
ser desde un 4% a un 30% de la RMN. Es un
beneficio de carácter transitorio con una
duración de dos años.
A
este
beneficio
debe
postular
el
establecimiento y considera tres criterios:
- 8. CRITERIOS E INDICADORES
Aislamiento Geográfico y
Ruralidad
Distancia a la Ciudad de
Referencia
Tipo y Condiciones de las
Vías de Acceso
Tipo y Frecuencia de
Transporte Público
Condición de Residencia
del Profesor
Número de Docentes y
Cursos
Combinados
Multigrados.
Condición
de
la
Población Atendida
Indice
de
Vulnerabilidad
Tipo
de
Alumnos
Atendidos
por
el
Establecimiento
Situación Domiciliaria
de los Alumnos
- 9.
Especial Menoscabo
Promedio de Alumnos por
Curso (sobre 42)
Tasa de Denuncias de
Delitos del Subsector,
Cuadrante o Comuna
Indice de Pobreza de la
Comuna
Nivel de Dificultad del
Acceso
al
Establecimiento Urbano.
- 10. EJEMPLOS
EJEMPLO
BÁSICA
Si el establecimiento
obtiene un 17% de
desempeño difícil:
HORAS
VALOR
44
$86. 744
30
$59.146
1
$ 1.971
EJEMPLO
MEDIA
Si el establecimiento
obtiene un 17% de
desempeño difícil:
HORAS
VALOR
44
$91.284
30
$62.239
1
$ 2.075
- 11. EXCELENCIA ACADÉMICA(SNED)
Sistema
de
incentivo
y
reconocimiento a los docentes y
asistentes de la educación de los
establecimientos
con
mejor
desempeño en cada región.
Establece que los establecimientos
beneficiarios deben representar a lo
más el 35% de la matrícula regional.
El 25% recibirán el 100% de su valor,
mientras que el 10% restante
recibirá el 60% de su valor. Los
dineros deben destinarse
integralmente a las remuneraciones
de los profesores y asistentes de la
educación de establecimientos
seleccionados.
Esta subvención se
entrega
en
forma
trimestral,
a
los
sostenedores de los
establecimientos
educacionales
seleccionados.
La
selección
de
los
establecimientos debe
realizarse cada dos
años y en la ley se fija
un método para medir
el
desempeño
de
acuerdo
a
ciertos
indicadores:
- 12. FACTORES DEL SNED
a) Efectividad, consiste en el resultado educativo
obtenido por el establecimiento en relación con la
población atendida.
b) Superación, corresponde a los diferenciales de logro
educativo
obtenidos
en
el
tiempo
por
el
establecimiento educacional.
c) Iniciativa, obedece a la capacidad del
establecimiento
para
incorporar
innovaciones
educativas y comprometer el apoyo de agentes
externos en su quehacer pedagógico.
d) Mejoramiento de las condiciones de trabajo y
adecuado funcionamiento del establecimiento.
e) Igualdad de oportunidades, que corresponde a la
accesibilidad y Permanencia de la población escolar
en el establecimiento educacional y la integración de
grupos con dificultades de aprendizaje.
f) Integración y participación de profesores y
profesoras, padres y apoderados en el desarrollo del
proyecto educativo del establecimiento.
- 13. PAGO Y CÁLCULO
El artículo 17 de la Ley 19410
(1995) establece que el 90%
del monto otorgado al
establecimiento
deberá
repartirse entre todos los
docentes, mientras que el
10% restante puede ser
destinado a docentes que
hayan destacado en su
desempeño.
Esta
distribución
debe
ser
decidida por los docentes
del mismo establecimiento.
Para el cálculo de la
distribución del 90% se
debe
considerar
los
siguientes factores:
I-. La asistencia de los
alumnos, pues es un
incentivo por subvención.
La asistencia se multiplica
por $4.390,65.
II-. El total de horas de
Contrato.
Importante: este cálculo es
sólo para los profesores,
pues el monto para los
asistentes de la educación
es diferentes.
- 14. EJEMPLO
JULIO
AGOSTO SEPTIEMBRE
TOTAL (trimestre)
Asistencia
980 (88%) 1023 (92%) 992 (90,26%) 2995
Horas
1780
1780
1780
1780(X)
PAGO TENTATIVO:
Asistencia promedio
POR
subvención por
alumnos
2995
*
$4.390,65
RESULTADO
DIVIDO POR HORAS CONTRATO
$13.149.997
/
1780(X)
RESULTADO (FACTOR)
7387,63 lo que se multiplica por la cantidad de horas de
contrato
- 15. ASIGNACIONES PERSONALES
EXPERIENCIA
(BIENIOS)
PERFECCIONAMIENTOS
ESPECIALES-INCENTIVOS PROFESIONALES
(EJ: AVDI)
RESPONSABILIDAD DIRECTIVA O TÉCNICA
PEDAGÓGICA.
PLANILLA COMPLEMENTARIA
- 16. ASIGNACIÓN DE EXPERIENCIA
Corresponde
a
un
aumento
de
remuneraciones por
cada dos años de
antigüedad en el
sector municipal, con
un tope de 30 años
(15
bienios).
El
trabajador
debe
acreditar
su
antigüedad
para
obtener el beneficio
El
primer
bienio
corresponde a un
6,76% de la RMN y
desde el segundo al
décimo quinto bienio
corresponde el 6,66%
de la RMN.
- 17. EJEMPLOS MEDIA
44
HORAS
1° bienio:
$36.298
2° a 15° bienio:
$35.761
1
HORA
1° bienio
$824
2° a 15° bienios
$813
- 18. EJEMPLO BÁSICA
44
HORAS
1° bienio:
$34.493
2° a 15° bienio:
$33.983
1
HORA
1° bienio
$784
2° a 15° bienios
$772
- 19. PERFECCIONAMIENTO
Es un beneficio económico que puede
alcanzar como máximo el 40% de la RMN.
Es bastante difícil en esta síntesis incluir algún
ejemplos,
pues
para
calcular
el
perfeccionamiento se deben considerar una
serie de factores. No obstante, el CPEIP emite
un documento de carácter oficial que usted
puede exigir a su empleador. En él se
detallan los cursos reconocidos y el
porcentaje de la RMN que lleva acumulado.
- 20. FACTORES DE CÁLCULO
*El DECRETO SUPREMO DE EDUCACIÓN N°
214, de agosto 2001
*El número de bienios del profesor cumplido
a diciembre del año anterior.
*El o los cursos de perfeccionamiento
deben estar reconocidos en el CPEIP
*El Nivel de los curso de perfeccionamiento:
básico, intermedio y avanzado
*En número de los curso y la suma de ellos.
- 21. ASIGNACIÓN VARIABLE POR
DESEMPEÑO INDIVIDUAL
Pueden
postular
los
docentes
que
hayan
obtenido una calificación
de
competente
o
destacado
en
la
evaluación
docente.
Consiste en un examen
de
conocimientos
disciplinarios
y
pedagógico. Por el sólo
hecho
de
rendir
el
examen recibe un pago
de $50.000 por una sola
vez
El incentivo dura cuatro
año y puede ser de un
5%, 15% ó 25% de la RMN
dependiendo
del
resultado en el examen.
El monto es mensual, pero
el pago es trimestral.
La ley 20501 modifica los
montos
para
los
profesores
que
se
desempeñen
en
establecimiento con alta
concentración
de
alumnos prioritarios.
- 22. EJEMPLOS MONTOS AVDI BÁSICA
Ejemplo
44 horas:
Profesores
de
establecimientos
con
baja
concentración de
alumnos prioritarios
5%
15%
25%
$ 25.513
$ 76.539
$127.565
Ejemplo 44 horas
Profesores de
establecimientos
con alta
concentración de
alumnos prioritarios:
6,5%
19,5%
32,5%
$33.167
$99.501
$165.835
- 23. EJEMPLOS MONTOS AVDI
MEDIA
Ejemplo
44 horas:
Profesores
de
establecimientos
con
baja
concentración de
alumnos prioritarios
5%
15%
25%
$ 26.848
$ 80.544
$134.240
Ejemplo 44 horas
Profesores de
establecimientos
con alta
concentración de
alumnos prioritarios:
6,5%
19,5%
32,5%
$34.903
$104.708
$174.512
- 24. ASIGNACIÓN RESPONSABILIDAD
DIRECTIVA Y TÉCNICA
Esta
se otorga a los docentes que sirvan
funciones superiores, y alcanza hasta un
monto
máximo
equivalente
al
25%
(directores), 20% de la RMN (otros directivos
y jefes UTP) de la RMN y 15% RMN (otro
personal de UTP).
La última versión del Estatuto Docente
realiza una modificación considerando un
bonificación en base a la matrícula y
asistencia del establecimiento
- 25. El decreto 215 del 5 de enero de 2012, en su
artículo 120 establece lo siguiente:
“Tratándose de establecimientos educacionales
con una matrícula total de entre 400 y 799
alumnos, la asignación para su director será de un
37.5% (de la RMN). Si el establecimiento tuviese
una matrícula total de 800 a 1.199 alumnos, dicha
asignación será de un 75% y si tuviese una
matrícula total de 1.200 o más alumnos será de
100%. Con todo, en el caso de establecimientos
educacionales con una matrícula total de hasta
150 alumnos, la asignación de responsabilidad
directiva
y
de
responsabilidad
técnicopedagógica no podrá exceder los porcentajes
establecidos en el inciso primero (diapositiva
anterior).
Tratándose
de
establecimientos
educacionales con una matrícula superior a 150
alumnos e inferior a 400, la asignación del director
no podrá exceder de 37.5%”.