sábado, 27 de julio de 2013
PARA LAS PRIMARIAS DEBE RESPETARSE LA RESOLUCIÓN EXENTA 3837 DEL 13 DE DICIEMBRE DEL 2012.
Más de alguna molestia se ha generado dentro del profesorado la orden
de recuperar las clases del periodo de la primarias presidenciales,de
acuerdo a los expresado por algunos colegas,sería una orden emanada
desde la Secretaría Ministerial.
Nunca las actividades que son
responsabilidad de los gobiernos tales como las elecciones,han tenido que
recuperarse,pues el personal es obligado a detener sus actividades por
una fuerza mayor,por lo que debe considerarse al igual que lo determina
la resolución exenta 3837 del 13 de diciembre del 2012.que fija el
calendario escolar del 2013 y que en su artículo 23,indica:
"Durante
el año 2013,se llevarán a cabo elecciones presidenciales y
parlamentarias acorde a la constitución de la República de 1980 y a la
ley N°20515 del 28 de junio del 2011,sobre Reforma Constitucional que
adecuó los plazos vinculados a las elecciones presidenciales.Para tal
efecto los establecimientos educacionales que la Secretaría General de
la Presidencia determine cono sedes de la eleciones parlamentarias y
presidenciales del 2013 deberán entregar las dependencias por el
periodo que la junta electoral defina.
Los establecimientos
educacionales que se definan como locales de votación 2013 serán
informados previamente,autorizándose la suspensión de clases sin
recuperación de las mismas......"
Por lo anterior nosotros podemos deducir que la situación de las
primarias si bien no estaba políticamente contemplada,se asimila
exactamente a lo previsto en las parlamentarias y presidenciales,toda
vez que su ejecución está dictaminada por la Secretaría General de la
Presidencia quien designa les Establecimientos y los entrega a la Junta
Electoral.
En ambos casos las situaciones no están en manos del profesorado y se debe seguir la misma norma.