Patricia Muñoz Garcìa

Patricia Muñoz Garcìa
Departamento Nacional Profesores Jubilados DEPROJ

viernes, 21 de junio de 2013

¿Qué se requiere para poder modificar un contrato de trabajo?

Me preguntan si los empleadores pueden modificar los contratos de trabajo unilateralmente.

La respuesta es No,es un a mala práctica y hay que oponerse terminantemente si eso perjudica al trabajador.

Les dejo algunas respuestas del centro de consultas laborales del gobierno de chile.

De conformidad con lo previsto en el inciso 3° del artículo 5° del Código del Trabajo, el contrato de trabajo se puede modificar, de común acuerdo, en todas aquellas materias en que las partes hayan podido convenir libremente. De esta forma, para que sea posible la modificación del contrato de trabajo, en cualquiera de sus cláusulas que la ley laboral haya permitido convenir, se requiere necesariamente que el trabajador dé su consentimiento. En el evento de existir tal acuerdo las modificaciones del contrato deben consignarse por escrito y ser firmadas por las partes al dorso del contrato o en un documento anexo.
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