El dirigente Gustavo Méndez del directorio Nacional,es conocido por su lucha por la deuda histórica y además es considerado el más conocedor de los temas gremiales en cuanto a su marco legal.
La idea fue consultar la gran duda de los profesores con respecto a los temas previsonales,se reciben muchas consultas sobre la posibilidad real de volver al antiguo sistema legal o IPS,más conocido por ex INP.
Bueno ,les coloco acá lo que nos respondió Gustavo:
Básicamente tenemos dos situaciones.
Primero : No tener derecho al bono de reconocimiento al bono de reconocimiento (alternativa de cálculo Nº 9)
Segunda situación: Quienes habiendo sido imponentes en alguna institución o Caja del Sistema antiguo, se cambiaron al nuevo y tienen derecho al bono de reconocimiento solo por las cotizaciones posteriores a julio de 1979 (alternativa de cálculo Nº 3) y además registran al menos 60 meses de imposiciones anteriores a julio de 1979, sin que estas le otorguen derecho al bono de reconocimiento por las alternativas Nº 1 ò Nº 2, es decir, que registren máximo 11 meses de imposiciones en el período de junio de 1974 a mayo de 1979, ni tampoco registren 60 meses de imposiciones en el período antes señalado.-
Generalmente están en este caso los que se fueron del país y los que estaban presos en la dictadura.
Si el imponente a una AFP no se encuentra en alguna de estas situaciones NO PUEDE DESAFILIARSE NI VOLVER AL ANTIGUO SISTEMA y deberá pensionarse cuando corresponda por el nuevo sistema optando por una de las alternativas vigentes para ese caso: Renta Vitalicia a través de una Compañía de Seguros o bien Retiro Programado a través de su AFP que prefiera.-
Si el imponente a una AFP no se encuentra en alguna de estas situaciones NO PUEDE DESAFILIARSE NI VOLVER AL ANTIGUO SISTEMA y deberá pensionarse cuando corresponda por el nuevo sistema optando por una de las alternativas vigentes para ese caso: Renta Vitalicia a través de una Compañía de Seguros o bien Retiro Programado a través de su AFP que prefiera.-