20 de marzo de 2013
I.
RESUMEN
1.
El presente informe se refiere a la admisibilidad de la petición 1345-05, abierta por la de Derechos Humanos (en lo sucesivo "Comisión Interamericana",
"Comisión" o "CIDH") en virtud de la presentación de una petición, recibida el 23 de noviembre de 2005, por parte de dos estudios jurídicos, Etcheberry/Rodríguez y Colombara Olmedo, a favor de 84
profesores de la Municipalidad de Chañaral, en contra del Estado de Chile (en adelante "el Estado" o "el Estado chileno"). En comunicaciones de febrero de 2007 y diciembre de 2008 los peticionarios ampliaron su denuncia a favor de 80 profesores de la Municipalidad de Chanco, 32 de la Municipalidad de Pelluhue, 90 de la Municipalidad de Parral, 193 de la Municipalidad de Vallenar y 373 de la Municipalidad de Cauquenes, dando un total de 852 presuntas víctimas. Los peticionarios alegan que el Estado ha incurrido en responsabilidad en el marco de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en lo sucesivo "Convención Americana" o "la Convención"); en especifico, por violación a las garantías judiciales, al derecho a la propiedad privada, a la protección judicial y al desarrollo progresivo, derechos consagrados en los artículos 8, 21, 25 y 26 de la Convención, respectivamente, con relación a la obligación de respetar los derechos y de adoptar derecho interno, según lo establecido en los artículos 1.1 y 2 de la misma Convención.
En la petición inicial se señala que, mediante sentencia definitiva del 20 de julio de 1994, el Juzgado de Letras del Trabajo habría ordenado que se pagara a las presuntas víctimas una deuda que el Municipio de Chañaral tenía con ellas por concepto de asignaciones de previsión social.
Los peticionarios aclaran que dado que la municipalidad no cumplía con la sentencia, habrían interpuesto diversos recursos de ejecución, sin lograr el objetivo. Agregan que el 18 de mayo de 2005, el Juzgado de Letras de Trabajo de Chañaral habría ordenado que el municipio, a través de su alcalde, emitiera un decreto alcaldicio de pago, el cual no se habría emitido y, a la fecha de la
presentación de la petición, la sentencia no se habría cumplido.
En cuanto a las municipalidades de Chanco, Pelluhue, Parral, Vallenar y Cauquenes los peticionarios indican que de igual manera, los profesores de esas municipalidades obtuvieronsentencias definitivas en las que se ordenó a los municipios a pagarles determinados montos que se les debían por concepto de asignaciones de previsión social. Si bien se habrían presentado convenios de pago, los peticionarios alegan que no se habrían cumplido y que solamente con
relación a las municipalidades de Chañaral y Vallenar se habrían hecho algunos pagos, en montos inferiores a lo que se les debía y que, alegan, no pueden ser tomados sino como abonos a la deuda total.
En el caso de los profesores de Chañaral, los mismos no habrían obtenido una
decisión final que ordene el cumplimiento y el Estado sostiene que no se habrían agotado los recursos disponibles en la jurisdicción interna para reparar las presuntas violaciones, pues las
1 El Comisionado Felipe González, de nacionalidad chilena, no participó en las deliberaciones ni en la decisión del presente caso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17(2)(a) del Reglamento de la Comisión.
2 Las presuntas víctimas fueron debidamente identificadas en la petición inicial con respecto a la Municipalidad de Chañaral.presuntas víctimas tendrían que haber substanciado recursos de apelación o reposición y, posteriormente de casación y queja, para revertir la decisión judicial que habría tenido presente los alegatos de cumplimiento hechos valer por el municipio. El Estado añade que, aunado a los recursos señalados, los peticionarios contaban también con el recurso de protección, consagrado en la Constitución Política de la República de Chile, contra actos u omisiones que consideraran violatorios
de sus derechos fundamentales.
5.
Respecto a los profesores de los demás municipios que han sido señalados como presuntas víctimas por los peticionarios, el Estado alega la inadmisibilidad del reclamo indicando que se trata de una simple enunciación generalizada.
6.
De acuerdo a lo previsto en los artículos 46 y 47 de la Convención Americana, así como en los artículos 30 y 36 de su Reglamento, y luego de analizar las posiciones de las partes, la Comisión decidió declarar admisible la petición en relación a las presuntas violaciones a los artículos 5 (integridad personal), 8.1 (garantías judiciales), 21 (derecho a la propiedad privada) y 25 (protección
judicial) con relación al 1.1 (obligación de respetar los derechos) y al 2 (deber de adoptar disposiciones de Derecho interno) de la Convención Americana, pero no respecto del artículo 26 del mismo instrumento. La Comisión decidió igualmente notificar esta decisión a las partes, publicarla e incluirla en su Informe Anual a la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos.
II.
TRÁMITE ANTE LA COMISIÓN
7.
La denuncia fue presentada por los peticionarios ante la Secretaría Ejecutiva de la Comisión el 23 de noviembre de 2005. La CIDH inició el trámite de la petición el 8 de mayo de 2006, cuando transmitió al Estado las partes pertinentes de la petición y le solicitó que presentara una respuesta dentro del término de 2 meses. En comunicación del 27 de julio de 2006, el Estado
solicitó una prórroga y, mediante nota 273 del 9 de agosto de 2006, presentó sus observaciones, mismas que fueron trasladadas a los peticionarios el 29 del mismo mes.
8.
Los peticionarios presentaron observaciones e información adicional mediante
comunicaciones del 8 de agosto de 2006, 20 de febrero de 2007, 22 de diciembre de 2008 y 6 de julio de 2009, que fueron debidamente trasladadas al Estado. Por su parte, el Estado presentó observaciones adicionales mediante comunicaciones del 26 de abril de 2007 y 29 de agosto de 2008, las cuales fueron debidamente trasladadas a los peticionarios. La Comisión, en comunicación del 18 de mayo de 2010, solicitó a los peticionarios información específica respecto al agotamiento de los recursos internos en los casos de las Municipalidades de Chanco, Pelluhue, Parral, Vallenar y Cauquenes, misma que fue presentada el 21 de enero de 2011 y trasladada al Estado el 22 de marzo del mismo año, para sus observaciones.
9.
Por otra parte, el 10 de marzo dé 2008, dentro del marco del 131 ° periodo ordinario de sesiones de la Comisión, se llevó a cabo una audiencia pública respecto de la presente petición en la que participaron tanto los peticionarios como el Estado y, el 26 de octubre de 2011, durante el 143° periodo ordinario de sesiones se llevó a cabo una reunión de trabajo entre las partes.
III. POSICIONES DE LAS PARTES
A. Posición de los peticionarios
10. Según el relato de la petición, con base en dos decretos con fuerza de ley de 1979 y 1980, el Estado de Chile transfirió al Sector Municipal a los docentes que prestaban servicios en establecimientos educacionales dependientes del Ministerio de Educación, hecho acontecido el 19 de agosto de 1981. La medida fue una decisión política del Gobierno Militar de la época, fundada en principios de descentralización y privatización. Así, en el proceso de municipalización de laeducación primaria se habría considerado expresamente que los profesores mantendrían en el régimen municipal las mismas remuneraciones y beneficios que gozaban anteriormente. Los peticionarios aclaran que dichas disposiciones que regularon el proceso se hicieron imperativas y no voluntarias para los profesores y los municipios.
11.
Los peticionarios señalan que el pago de las asignaciones previsionales habría sido suspendido unilateralmente por los municipios, por lo que, el 28 de. marzo de 1994, los 80 profesores de Chañaral interpusieron una demanda ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo y, el 20 de julio de 1994, mediante sentencia definitiva se habría ordenado que se les pagaran los montos adeudados, debiendo determinarse el monto en forma incidental en la ejecución del fallo.
12.
Agregan que habiéndose solicitado el cumplimiento incidental de la sentencia, se designaron peritos y, en agosto de 1999, el Municipio de Chañaral y las víctimas firmaron un convenio de pago y, toda vez que el municipio habría incumplido, los profesores de Chañaral solicitaron al tribunal que se dejara sin efecto, a lo cual se accedió mediante resolución del 19 de octubre de 2003.
13.
Mediante resolución del Juzgado de Letras deTrabajo de Chañaral de 18 de mayo de 2005, se ordenó que el municipio, a través de su alcalde, emitiera un decreto alcaldicio de pago de la liquidación de las sumas ordenadas en la sentencia definitiva del 20 de julio de 1994, por concepto de asignaciones de previsión social. Los alegatos de los peticionarios derivan de la presunta negativa de la Municipalidad de Chañaral de dar cumplimiento a esta resolución.
14.
Agregan que con fecha 16 de junio de 2005, la Municipalidad de Chañaral habría solicitado al Tribunal que se la excusara del cumplimiento de la resolución judicial, toda vez que con ello se produciría una grave situación financiera que vaciaría de contenido los recursos municipales y anularía absoluta y totalmente el cumplimiento de las funciones esenciales del Municipio. Los peticionarios señalan que, mediante resolución de fecha 20 de junio de 2005, el tribunal tuvo "presente" la solicitud presentada, no existiendo recurso alguno que permitiera apercibir a la municipalidad de Chañaral para proceder al dictado del decreto alcaldicio y, en consecuencia, al pago de las sumas adeudadas a los profesores de Chañaral.
15.
En su petición inicial, los peticionarios indicaron que ante el incumplimiento por parte del Alcalde de Chañaral y a solicitud de los profesores, el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Chañaral apercibió al alcalde con un arresto de 5 días en el evento de incumplimiento de lo ordenado. Dicha medida de apremio fue objeto de recurso de amparo preventivo y, al acogerse la acción, se dejó sin efecto el apercibimiento. Así, los peticionarios afirman que durante el desarrollo del procedimiento se utilizaron todos los recursos que fueron pertinentes e idóneos en cada ocasión,
para que el Estado de Chile, por intermedio de la Municipalidad de Chañaral, diera cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado de Letras del Trabajo de Chañaral.
16.
En sus comunicaciones de febrero de 2007 y diciembre de 2008, los peticionarios aclararon que la denuncia estaría siendo presentada a favor de profesores de la Municipalidad de Chañaral, así como de "todos aquellos profesores en posiciones jurídicas similares, esto es, con sentencias judiciales firmes ejecutoriadas de pago de las asignaciones previsionales devengadas por
las Municipalidades" de Chanco, Pelluhue, Parral, Vallenar y Cauquenes; mismos que fueron individualizados por los peticionarios.
17.
Asimismo, los peticionarios informaron que, efectivamente, según lo indicado por el Estado, constan los pagos realizados a profesores de las municipalidades de Chañaral y Vallenar en 2008. Agregaron que, tras más de 15 años de espera, la aceptación de los acuerdos de cantidades muy inferiores a los comprometidos, habría obedecido a la frustración ante la constatación de
carecer de recursos internos que les permitiera obtener el pago de las cantidades ordenadas por las sentencias judiciales. Aclaran que los montos pagados tienen una naturaleza de abono que, según refieren, queda manifiesta en las actualizaciones de los créditos adeudados efectuadas por los Juzgados del Trabajo de dichas comunas con fecha 24 y 28 de noviembre de 2008, en las cuales se reconoce que las cantidades pagadas constituyen un abono al total del crédito adeudado, por lo que aún estarían pendientes de pago, los montos restantes. Aclaran que los profesores de las demás municipalidades no habrían recibido ningún tipo de pago.
18.
Respecto al alegato del Estado de la falta de legitimidad de las víctimas de otras municipalidades, en su escrito de 22 de marzo de 2007, los peticionarios aclararon que no se trata de una enunciación generalizada, puesto que las presuntas víctimas están debidamente individualizadas, y los 12 procesos judiciales seguidos contra las municipalidades identificados. Así, señalan que, al igual que los profesores de Chañaral, los profesores de las municipalidades de Chanco, Pelluhue, Parral, Vallenar y Cauquenes, interpusieron demandas contra los municipios y, tanto en primera instancia como en instancias superiores, las autoridades jurisdiccionales ordenaron que se les pagaran los montos adeudados por conceptos de previsión social3. Los peticionarios
3 Constan en los anexos presentados por los peticionarios las sentencias definitivas de cada proceso judicial, así como los montos de liquidación.
"BENAVIDES Y OTROS con I. Municipalidad de Chañaral", Rol: 18.629, del Juzgado de Letras de Chañaral, por el pago de la asignación del artículo 490 del D.L. 3.551/1980. Cornejo Campos, Alexis J. (*); Andreani Rossinelli, Gabriela R. (80 años); Lagos Carrasco, Cristina D. (77 Montenegro Montenegro, Angela D. (77 años); Benavides Montaña, Clarisa E. (76 años); Peralta Olivera, Angela B. (73 Vallejos Cortés, Hugo Segundo (73 años); Campos Bugüeño, Violeta M. (72 años); Muñoz Gilberto, Bernardita (72
Robles Leiton, Gustavo Amoldo (72 años); Rojas Castillo, Gladys (72 años); Valencia Cortés, Rubén Enrique (72 Venegas Hernández, Mireya Olimpia (72 años); Flores Cortés, Raquel D. (71 años); Bugueño Chacana, Gumercindo (70 años Hurtado Clunes, Ruperto H. (70 años); Alcota Goya, Juana Ángela (69 años); Figueroa Torres, Orielle (69 años); Larrea Herrera, Laura J. (69 años); Torres Saint Lawrence, Marleine (69 años); Flores Cortés, Elizabet D (68 años); Osorio Astorga, Juan Antonio (68 años); Torres Montano, Lucila (68 años); Valdivieso Moran, Ruth Carlota (68 años); Godoy Aviles, Luzmelia O. (66 años); Gutiérrez Castillo, Lindora D. (66 años); Kong Urbina, Isabel Margarita (66 años); Zepeda Viera, Alejandro del Carmen (66 años); Godoy Monardez, Elizabeth (65 años); Morales Mena, Sergio Hugo (*); Valdivia Rivera, Baldomera D (65 años); Ángel Ardiles, Bernardo D. (64 años); Barros Rojas, Lucrecia D. (64 años); Carrasco Carrasco, Clara E. (64 años); Valenzuela González, Lucit Violeta (64 años); Ángel Cortés, Diosa De L. (63 años); Duran Vargas, Yorka Flavia (63 años);Egaña Romo, Hernán Gabriel (63 años); Loyola Funes, Sergio Manuel (63 años); Marín Guerra, Rosa Otilia (63 años); Rivera Hidalgo, Jesús Arturo (63 años); Sánchez Contreras, Carmenci J. (63 años); Tapia Páez, Elba Ernestina (63 años); Trujillo Arredondo, María Angélica (63 años); Godoy Aviles, Mitzi Daysi (62 años); López González, Antonio P. (62 años); Lorca Arredondo, Edda Adriana (62 años); Medina Benavides, María Cristina (62 años); Sánchez Contreras, Mavel Selic (62 años); Avendaño Peña, Enilde (61 años); Castillo Morales, Gabriel F. (61 años); Jiménez Acevedo, Ramón Gastón (61 años); Astorga Astorga, Ana Maria (60 años); Díaz Aguilar, Héctor David (60 años); Pizarra Alquinta, Luisa D. (60 años), Serazzi Ahumada, Nelda Luisa (60 años); Tolmo Sosa, Ernesto Carlos (60 años); Vega Cordovez, Delicia D. (60 años); Bugueño Chacana, Eliana A. (59 años); Quiroga Cortes, Graciela L. (59 años); Rívas Tapia, Lino Alberto (59 años); Tapia Escudero, Estela Marlene (59 años); Martínez Rodríguez, Hugo E. (58 años); Miles Segovia, Jaime Hernán (58 años); Muñoz Segura, Nelly Alejandrina (58 años); Plaza Henríquez, Carlos D. (58 años); Gaspar Alquinta, Grumilda G. (57 años); González Rodríguez, Clara D. (57 años); Ossandon Veliz, Griselma D.(57 años); Pasten Castillo, Verónica D. (57 años); Bugueño Elo, Priscila Palmira (56 años); Cofre Briceño, Ana Elizabeth (56 años); Arredondo Bugueño, Isabel D. (55 años); Cortes Cisterna, Aldecira V. (55 años); Molina Hurtado, Inés Wacolda (55 años); Palma Sias, Ana Maria (55 años); Recriarte Carrasco, Griselda A. (55 años); Tejada Moreno, Silvia Teresa (55 años); Arancibia Ramírez, Isabel D. (54 años); Araya Cortés, Shenda Janeth (54 años). Adicionalmente, en la petición original se hace referencia a las siguientes cuatro víctimas: Aída del Carmen Alquinta, Dulcinea González Ortiz, Petronila Brígida Fajardo Alaníz e Irma de Lourdes Cisterna Bravo."RAMÍREZ Y OTROS con I. Municipalidad de Vallenar", Rol: 4.443, del Primer Juzgado de Letras de Vallenar, por el pago de la asignación del artículo 40 del D.L. 3.551/1980.Valderrama Martínez, Norma E. (*); Meléndez Cortés, Silvia Edith (*); González Zepeda, Rosa Elena (*); Silvia González, Elba del C. (*); Zamora Rowe, Ana María Eugenia (*); Rivera Barrera, César Hernán (*); Cavada Mauske, Enrique G. (*); Valenzuela Portilla, María Edilia (*); González Rojas, Gladys Ruth (*); Zuleta Aguilera, Noel Salomón (*); Rojas Veliz, Nolvia Luisa (*); Marín Escobar, Norma Antonia (*), Páez Buigley, Maranda Yolanda (*); Quezada Araya, Edmundo Máximo (*); Sepúlveda Godoy, Carlos E. (*); Morales Morales, Héctor Miguel (*); Pacheco Pacheco, Cecilia del C. (*); Pierotic Cortés, Mateo Segundo (*); Concha Girón, Eduardo Hernando (*); Monardez Lillo, Felisa del C. (*); Castillo Marín, Gregorio Víctor (*); Álvarez Farias, Rosa Mafalda. (83 años); López Rojas, Ana Josefina (81 años); Vega Araya, Graciela del R. (*); Adriazola Berger, Ina Sonia. (80 años); Sorich Olivares, Alexandrina A. (80 años); Tapia Castillo, Domitila del C. (80 años); Farias, José Porfirio. (79 años); Rivera Cortes, Carmen Eliana D. (78 años); Álvarez Davies, Adriana Violeta (78 años); Piñones Urbina,
Miguel Segundo (77 años); Ramírez Ferrari, Norma Eliana (77 años); Arancibia Martínez, Juana M.(77 años); Herrera Rivera,Rolando del R.(77 años); Cruz Rivera, Smara del Carmen (77 años); Mamani Jofre, Orlando (76 años); Adaos Ramírez, Gladys María'(76 años); Álvarez Flores, Sergio Ricardo (76 años); Páez Varas, Adela del Rosario (76 Años); Sánchez Cortes, Iris del C.(76 años); Pineda Castillo, Indra Benita (76 años); Romero Romero, Hernán W.(76 años); Catalán Vallejo, Filadelfo del C.(75 años); Carvajal Campillay, Felisa (75 años); Núñez Méndez, Amelia Olivia (75 años); Barrios Craig, María Teresita D.
(75 años); Petzold Zanforlin; Adriana Alicia. (75 años); Zavala Cortes, Gladys del R.(75 años);Gutiérrez Rivera, Sergio Alberto (74 años); Phillips Reyes, María Angélica (74 años); Valdés Robles, Iris Eliana(74 años); La Torre Herrera, Enoe de L (74 años); Cubillos Cuello, Bahaman Antonio (74 años); Pizarro Bugueño, Elena Ester (73 años); Briceño Gutiérrez, Nila (73 años);
Flores Flores, Rosa Elizabex (73 años); Lima Marín, Jorge Oriel (73 años); Barrios Olivares, María Cristina (72 años); Segovia Martínez, Adriana G.( 72 años); Laferte, Adriana del Rosario (72 años); Velaz Guaman, Claudina del C. (72 años); Fernández Espinoza, Ana María C. (72 años); Gajardo Olivares, Juana Rosa (71 años); Morales Morales, Aldo Vicente (71 años); Herrera Vargas, Alexis Orlando (71 años); Geraldo Ramírez, Elsa Blanca (71 años); DíazOrtiz, Marcos Jorge (71 años); Meyer Flores, Rebeca M. (70 Años); Cortes Gajardo, Juan Gabriel (70 años); Borcoski Páez, Norma Cristina (69 años); Rivero, Nelly delCarmen (69 años); Ferreira Rojas, Silvia Bersave (68 años); Borcoski Páez, Nancy Margarita (68 años); Villegas Traslaviña,Alicia M. (68 años); Velas Guaman, Doris Francisca (68 años); Ávalos Díaz, Fresia del Carmen (68 años); Pizarro Veas, María del Carmen (68 años); Barrios Olivares, Romelio A. (68 años); Escobar Aguilera, Eulalia Ester (68 años); Ocaranza Torres, Águeda B. (68 años);Pizarro Alfaro, Aurora Isabel (67 años);Balut Streeter, María Ledda (67 Años); Lobos Vargas, Luis Sergio (67 años); Santander Vallejos, Mario D (67 años); Tapia Tosetti, María Angélica (67 años); Ramírez Ortiz, Inés Ariela (67 años); Zepeda Cena, Norma Yolanda (67 años); Tapia Castillo, Alejandro A. (67 años); Cortes Olmedo, Elsi Raquel (67 años); Guerrero Sandoval, Gloria D. (67 años); Cerda Ortiz, Elena Lelia (66 años); Iribarren Cárdenas, Isabel del C. (66 años); Collao Rojas, Gladys (66 años); Garrido Berrios, Mirtha Flor D. (66 años);Rodrigo Antonio (65 años); Molgas Cortés, Misael Enrique (65 años)
Pedro Gabriel (65 años); Munizaga Espinosa, Jaime Enrique (65Zambrano, Juan de La Luz (65 años); Carvajal Reyes, Gloria de LasUbilla Rojas, Aída María Inés (66 años); Rojas Romero,Reyes Locatelli, Miguel Orlando (65 años); Castillo Cruz,años); Cuadra Calderón, Sonia Elsa (65 años); LópezM. (65 años); Cofre Calderón, Jorge Orlando (65 años);Requeña Núñez, America Elena (65 años); Fredes Soza, Hilda Irene (65 años); Soto Campillay, Rubén Emilio (64 años); CortesRojas, Juana Aurora (64 años); Peralta Sepúlveda, Gladys del C. (64 años); Poblete Lemus, Fresia Elena (64 años); Espejo Chepillo, Dilma Eliana (63 años);Barrera Cruz, María Luisa (63 años); Astudillo Morales, Héctor Over (63 años); Vicentelo Gatta, Laura Graciela (63 años); Alegría Olivares, Roberto E. (63 años); Araya Cabrera, Victoria del C. (63 años); Maldini Robles, María Alicia (63 años); Silva Castillo, Miriam Jesús (63 años); Sanhueza Valeria, Gricelda M. (63 años); Aracena Valladares, Ruth María (63 años); Flores Flores, Pedro Edmundo (63 años); Alzamora Alzamora, Orlando E. (63 años); Cabeza
Bravo, Gilda Eliana (63 años); Meléndez Díaz, Renán Alberto (63 años) Alcayaga Rojas, Mónica del R. (63 años); Báez Ramírez, Nelly del Carmen (63 años); Podesta Morales, Manlio Luis (63 años); Sáez Ordenes, Antonio Reginaldo (63 años);Gutiérrez Rivera, Héctor Abel (63 años); Espinoza Navea, Uberlinda D. (63 años); Núñez Díaz, Edith del Carmen (62 años); Díaz González, Nancy Leonor (62 años); Callejas Laferte, Yolanda del C (62 años); Rojas Toro, Orlando Efraín (62 años); Cruz Barrera, Nelson Ivés (62 años); Ortega Zambra, Sergio Ismael (62 años); Araya Cortes, Sergio Enrique (62 años); Álvarez Álvarez, Gabriela Iris (62 años); Vega Seriche, Wilfredo (61 años); Alcayaga Leyton, Luzmila B. (61 años); Morales Ríos,Gladys Graciela (61 años); Ávila Guerra, Nelson Camilo (61 años); Molina Molina, Betty del Rosario (61 años); Palma Sepúlveda, Ana Cecilia (61 años); Loyola Tapia, Silvia Inés (61 años); Tapia Tossetti, María de la Luz (61 años); Flores Pineda, Texa Gladys (61 años); Alfaro Arcaya, Ada Marina (61 años); Flores Flores, María Amelia (61 años); Sotella Vernal, Celinda del C. (61 años); Zubieta Kong, Elena Ernestina (61 años); Gatica Fernández, Gladys Z. (61 años); Alcayaga Pinto,
Gloria Patricia (61 años); Wasaff Cabello, Nelly D. (61 años); Ardiles Quinteros, Luis Alberto (60 años); Briceño Figueroa, Rosa A. (60 años); López Miranda, Ana del C.(60 años); Conteras Carmona, Celsa C. (60 años); Spataris Schaffhauser, Cinthia D. (60 años); Araya Salinas, Delia De Lourdes (60 años); Páez Páez, Patricia Armidita (60 años); Callejas Rojas, Adela Haydee (60 años); Flores González, Elly Milena (60 años); Caballero Castillo, Osear A. (60 años); Sántibáñez Sagua, Raúl Segundo (60 años); Leiva Ortiz, Luis Alberto (59 años); Pacheco Pacheco, María Cristina (59 años); Zambrano Aros, Rosa Otilia (59 años); Campusano Álvarez, Mónica C. (59 años); Calderón Lean, Juan Benito (58 años); Aguilar Álvarez, Verónica E. (58 años); Fuentes Cortes, Marfri Iris (58 años); Meléndez Varas, Nora Rita (58 años); Espinoza Villegas, José Enrique (58 años); Campillay Cortes, Gladys Mirian (58 años); Valdes Delgado, Ana Manuela (58 años); Mery Mery, Patricia de Lourdes (57 años); Flores González, Gloria M (57 años) Mortola Godoy, Olga Marianela (57 años); Álvarez Munizaga, Rosa del L. (57 años); Borquez Morales, Sonia Margot (56 años); Guerrero Hurtado, Carlos Rubén (56 años); Sántibáñez Espinoza, Enrique A. (56 años); Rojas Hernández, Daniel Segundo (56 años); La Rosa Rivera, Mónica Gabriela (56 años); Campillay Villalobos, Laura M. (56 años); Toro Vázquez, Nolvia Angélica (56 años); Reyes Trujillo, Julio Ernesto (55 años); Ossando Pizarro, Isabel Danisa (55 años); Pérez Aguilar, Manuel Antonio (55 años); Naranjo Tapia, Juana Hortensia (54 años); Rojas Vega, Ana María del C. (54 años); Olguín Aguirre, Danilo Waldemar (53 años). "BELMAR Y OTROS con I. Municipalidad de Parral", Rol: 4.051; "BUSTAMENTE Y OTROS con I. Municipalidad de
Parral", Rol: 4.071; "SALAZAR Y OTROS con I. Municipalidad de Parral", Rol: 4.096; Y "BAYER Y OTROS con I.
Municipalidad de Parral", Rol: 4.274 del Primer Juzgado de Letras de Parral, por el pago de la asignación del artículo 40 del
D. L. 3.551/1980.
Salvo Candía, Ada del C. (*); Ruiz Morales, Miguel ÁngeK*); Bustamante Pincheira, Alicia del C (*); Salazar Aravena, Nilsa Fredes (*); Sepúlveda Gutiérrez, Fortunato de las Rosas (*); Muñoz González, Gladys Elena del Carmen (*); Fuentes Amagada, Luis Arturo (*); Czischke Oyharcabal, Sonia A (*); Aravena Fuentes, José del Carmen (*); Rivas Ahumada, Nahor (*); Chacón Bustos, Ana Rosa (76 años); Jerez Jerez, Alfonso E. (76 años); Ávila Ceroni, Ulises Napoleón(71 años); Matus Rodríguez, Ceferina Olivia (71 años); Parada Bustamante, Haydee del Carmen (71 años); Salvo San Martín,
Enedina del C. (71 años); Ávila Lobos, Nelson Alfonso (70 años); Bastías Manríquez, Lilia del Carmen (70 años); CáceresBustos, Juan Orlando (70 años); Fuentes Ramírez, Litta Gaby (70 años); Gómez Villagrán, Luis Ernesto (70 años); GonzálezDomínguez, Eugenio A. (70 años); Ibáñez Agurto, Sonia Andrea (70 años); Matus Oñate, Elisa de las Mercedes (70 años);Silva Sepúlveda, Lidia Rosa (70 años); Troncoso Hernández, Sigisfredo (70 años); Vergara Troncoso, Carlos Elíseo (70 años);Ávila Lobos, Miaña de las Mercedes (69 años); Espinoza Díaz, Juan Luis (69 años); Rivas Ahumada, Ramona (69 años);Carsalade Manríquez, Morelia Ernestina (68 años); González Bravo,María Isolina (68 años); Suárez Fermandoy, Mirella delRosario (68 años); Zúñiga Luna, Laura del C. (68 años); Zúñiga Méndez, Mery del C. (68 años); IbarraAravena, Fresia (67años); Moraga Alarcón, Yolanda Telésfora (67 años);-Nader Zerene, Isabel del C. (67 años); Rojas Prado, Raquel Eulalia (67años); Ávila Contreras, Dalia Edith (66 años); Belmar Montero, Isabel (66 años); Cabrera Ortega, María Virginia (66 años);Chávez Cuevas, Silvia Guillermina (66 años); Montoya Castro, Yolanda del T. (66 años); Morales Agurto, Ana Luz (66 años);Muñoz Navarrete, Gladys de las Mercedes (66 años); Ortega Arevalo, Eliana E (66 años); Parra Moraga, Aquiles Otoniel (66
años); Ramos Matus, Raquel del C. (66 años); Urra Torres, Fresia del Carmen (66 años); Acuña Fuentes, Jaime N. (65 años);Escobar Espinoza, Nirma Flor (65 años); Ramos Ramírez, Alicia del Carmen (65 años); Saravia Lawrence, Fernando (65 años);Araneda Fuentes, Elba del R. (64 años); Ávila Contreras, Juan C. (64 años); Bustamante Sánchez, Ana Rosa (64 años);Cancino Riquelme, María del L. (64 años); Fuentes Gatica, Bersabet de las Mercedes (64 años); Hernández Hernández, Juliadel C.(64 años); López Labra, Adriana del C. (64 años); López Labra, Yolanda E, (64 años); Parra Gaete, Juan Roespiel (64años); Sepúlveda Sepúlveda, María A. (64 años); Soto Inzunza, Ovidio Gamadiel (64años); Araya Castro, Julia Hortencia (63años); Balladares Conteras, María Cristina (63 años); Bayer Torres, Gerardo Jesús (63 años); Contreras Majulez, Sonia delCarmen (63 años); Contreras Medel, Jimena de Sta. Teresita (63 años); Espinace González , Eugenia Uberlinda (63 años);Hernández Fuentes, Ana A. (63 años); Hernández Fuentes, Berta del Carmen (63 años); Jiménez Espinoza, Patricia delCarmen (63 años); Manríquez Díaz, Nereida María Inés(63 años); Maureira Troncoso, Servando Enrique (63 años); Ortega
Tejos, Irene Adelaida (63 años); Urrutia Muñoz, Juana de las Mercedes(63años); Urrutia Muñoz, María F. (63 años);Valenzuela Puentes, María Doralisa (63 años); Fuentes Videla, Carmen G. (62 años); Molina Santana, María Teresa (62 años);Quintana Zurita, María Inés (62 años); Roca Sayes, Fresia Celina del C. (62 años); Soto Vera, María Soledad (62 años);
Vergara Troncoso, Nancy del Carmen (62 años); Riquelme Contreras, Juana del Rosario (60 años); Aguayo Yañez, MargaritaC. (58 años); Tapia Toro, María Angélica (57 años); Ulloa Neira, María E. (54 años)."AGURTO CHUENG GUISAN. ELENA con I. Municipalidad de Cauquenes". Rol: 63-93; "BARRA ENRIQUEZ MIRTAY OTROS con I. Municipalidad de Cauquenes", Rol: 123-93. y "AGULERA MACHUCA ÁNGEL Y OTROS con I. Municipalidadde Cauquenes", Rol: 38-93, del Juzgado de Letras de Cauquenes, por el pago de la asignación del artículo 40 del D.L.3.551/1980.Díaz Canales, llia Ester (*); Aravena Concha, Gastón (*); Moya Ramírez, Ana Haydee (*); Sánchez Sánchez, Ester
(*); Rojas Ortiz, María (*); Muñoz Flores, Humilde (*); López Barra, Idia Rosa (*); Gutiérrez Lara, Elia L. (*); Cerro Jara, Elcirade las M. (*); Martínez Suazo, Benita (*); Cisternas, Cisternas, María Graciela (*); Muñoz Henríquez, Gladys (*); AravenaVerdugo, José H. (*);Duran Gutiérrez, Brigido (*); Canales Espinoza, Silvio (*); Lara Pereira, María Apolina (*); VillegasOlivos, José (*); Quiroz Ravanal, Teresita (*); Vidal Valladares, Antonio (*); Canales López,Miguel Segundo (*); SánchezSepúlveda, Crisila (*); Cancino Pérez, Clodomiro (*); Cofre Cofre, Julio del T. (*); Ríos Muñoz, María (*); Pérez Guerrero,Fanor Arnaldo (*); Reyes Parra, Morelia (*); Díaz Espinoza, Ramón E. (*); Valenzuela Enríquez, Gerarda (*); Alvear Miranda,Gladys (*); Martínez Salazar, Heriberto Antonio (*); Medina Aravena, José Flavio (*); Vega Vásquez,Marina (87 años);Aravena Alarcon, Gildardo (86 años); Rodríguez Sepúlveda, Fresia del Carmen (85 años); Riquelme Bustos, Raúl Rene (84años); Vargas Bustos, María Alicia (84 años); Carikeo Vega, Aída (83 años); GuzmánUrrutia, José Romualdo (83 años);Alvear Márquez, Nelly (83 años); Acuña Aravena, Graciela (82 años); DuranSepúlveda, Marta del Carmen (82 años); AlvearMárquez Lily (82 años); Bustos, Bustos, Rene (82 años); Jara Apablaza, Claudina del C. (82 años); Leal Vega, Rene O. (82años); Briones Muñoz, Elba o Elvia Nelly (81 años); Cisterna Garrido, Mario(81años); Ibañez Soto, Adriana de las M. (81años); Muñoz Henríquez, Edina (81 años); Espinosa León, María (80 años); Pereira García, Carlos (80 años); Soto OrmeñoManuel (80 años); Landeros Alarcón, Rosalia (79 años); Bahamondes Mena, Rolando(79 años); Acuña Aravena, María Teresa(78 años); Aranda San Martín, Rodolfo (78 años); Coloma Torres, María Teresa (78 años); Echevarría Bravo, Waldo Ignacio(78 años); Espinoza Espinoza, Hernán (78 años); Figueroa Oyanzun,Jaime (78 años); Medel Agurto, María (78 años);Quiñones Duran Martín (78 años); Salagado Torres, Pedro Antonio (78 años); SepúlvedaValenzuela, Fresia D. (78 años);Torres Moya, Manuela (78 años); Yamal Albornoz, Seinap (78 años); Abarza Farias, María (77 años); Cerro Jara,Silvio A. (77años); Díaz Espinoza, María N. (77 años); Grez Bustos, Guacolda T. (77 años); Soto Pérez, Octavio (77 años); Cerro Jara,Gerardo María (76 años); Flores Domínguez, Inés del C. (76 años); Gaete Aravena, Ana Rosa (76 años); Jara BustosMargarita del C. (76 años); León León, Lucia del C.(76 años); Quiroz Amagada, Alicia (76 años); Gajardo Rodríguez, PedroIván (75 años); Aravena Coloma, Fresia (75 años); Arellano Díaz, Manuel (75 años); Barra Henríquez, Hugo (75 años);Fuentes Aravena, Vitelia (75 años); Muñoz, Alberto Antonio (75 años); Ortiz Rojas, María Haydes (75 años); Yamal Jiménez,Said (75 años); Bustos Retamal Victoria (74 años); Gallinato años); Moraga Moraga, Silvia Rosa (74 años); Salgado Galaz, Luis H. (74 años);Sanches Tapia, Inés Enriqueta (74 años);años); Arellano Peñailillo, Miguel (73 años);Fuentes Muñoz, Norma H (73 años); Fuentes Tejos María (73 años); Grandon Arellano, Jesús (73 años); Guijada Valenzuela,Aída (73 años); Jiménez Inostroza, Isabel (73 años); Orrego Contreras, Leonor (73 años); PeñaCastro, María Teresa (73años); Reyes Leal, María Magdalena (73 años);Salazar Enríquez Sergio (73 años); San Martín Vistoso, Rosa (73 años);Seguel Novoa, Rosa (73 años); Torres Muñoz, Juan F. (73 años); Canales Moya, Rosa Ester (72 años); Salazar Salgado ,Héctor Hernán (72 años); Cáceres Reyes, Luis W. (72 años); Chamarro Pradeñas, Francisco (72 años); Jara Retamal, RosaMaría (72 años); Ortiz Rojas, María Irma (72 años); Plaza Flores, Jorge Arnaldo (72 años); Riquelme Paredes, Sara (72 años);Ruiz Alarcón, Emiliano (*); Salazar Alarcón, María (72años); Salgado Galaz, Edison(72 años); Valencia Caceres, Miguel (72años); Yamal Jiménez, Bernardita(72 años); Álvarez Vega, Marta (71 años); Bustamante Yevenes,Abdul (71 años); DuranPérez, Auria A. (71 años); Fuandez Henríquez, Isabel G. (71 años); García Rojas, Rosamel Del C. (71 años); HernándezRecabarren, Hilda (71 años); Lara García, María Teresa (71 años); Martínez Suazo, María Filomena(71 años), Martínez Suazo,Zunilda (71 años); Moraga Opazo, María Eliana (71 años); Muñoz Osses, Adela del C. (71 años); Muñoz Torres Lucia (71años); Navarrete Moraga, Raúl (71 años); Salinas Olave, Estela (71 años); Sobarzo Rocha, Gladys (71 años); Yamal Albornoz,Alia (71 años); Abarzua Farias, Marta (70 años); Agurto Cancino, Anicia del Carmen (70 años); Arce Sarmiento, MaríaMercedes (70 años); Bueno Sorbazo, Riña del C. (70 años);Capurro Albornoz, Rosa (70 años); Castro Gutiérrez, Elizabeth H.(70 años), Jara Plaza, Jorge A. (70 años); Landeros Alarcón, Luz (70años);Opazo Veliz, José del Carmen (70 años); SalgadoGalaz, Ricardo (70 años); Soto Figueroa, Lutgarda (70 años); Agurto Duran, Ruby (69 años); Alarcón, Alarcón, Violeta delCarmen (69 años); Apablaza Garcia, Silvia Rosa (69 años); CanalaezBravo, Rolando ( 69 años); Faundez Aladana, Silvia Rosa(69 años); González Flores, Matilde (69 años); Guevara Martínez, Lady Aída (69 años);Hernández Pérez, José (69 años);Hormazabal Duran Germán (69 años); León Leal Heracrito (69 años); Martínez Suazo, Luisa E.(69 años); MenesesPradenes,Jaime Boris (69 años); Muñoz Duran, Elizabeth (69 años);Muñoz Villanueva, Silvia Blanca (69 años); Ortiz Letelier, María (69años); Paredenas Rivas María (69 años); Rivas Sánchez, Estela del Carmen (69 años);Aguilera Machuca, Ángel Armando (68años); Bustos Coloma, María Inés (68 años); Espinaza Saavedra, Iris Esperanza (68 años); Flores Domínguez,Juana (68años); Guevara Sanhueza, Margarita D. (68 años); JaqueAravena, Ena Sonia (68 años); Pérez Orellana, Guacolda (68 años) ;
Rojas Alarcón, Lucinda (68 años); Ruiz Alarcón, Juan Nivaldo (68 años); ToledoCabeza, Mirtha Alicia (68 años); Urra Cofre,Jaime (68 años); Valenzuela Gómez, Gilda (68 años); Aravena Aravena, Ana M. (67 años); Aravena Moya, Corina (67 años);Baravo Muñoz, María (67 años), Bravo Canales, María S. (67 años); Canales Moya, Laura (67 años); Castillo Castillo,Guillermo (67 años); Espinoza Galdames, Norma (67 años); Flores Domínguez, Ana Delia (67 años);Herrera Pino, Alicia (67años); Macaya Gatica, María R. (67 años);Pradeñas Riffo, Gregorio (67 años); Retamal Ávila, Mirian (67 años); ValdésGutiérrez, Filomena (67 años); Veloso, Veloso, Lilian (67 años); YañezGarrido, Mercedes (67 años); Agurto Chieng Guisan,Elena (66 años); Canales Soto, Irma del Carmen (66 años); Alvear Díaz, Gladys P. (66 años);Arellano Lira, Ana del C. (66años); Faundez Fuentes, Arturo (66 años); Figueroa Díaz, María (66 años); Muñoz Enríquez, Juana (66 años); ParraBurgos,Teresa (66 años); Peñailillo Reyes, Estela del Carmen (66 años);Pereira Opazo, Frasminia (66 años); Pérez Canales, Lucrecia(66 años); Rojas Bustos, Sonia Petronila (66 años);Urrutia Prat, Patricia (66 años); Valdés Quintana, Osear (66 años);Vásquez Henríquez, Pedro (66 años); Gavilán López,Magaly de las Mercedes (65 años); González Sáez, Gladys Cristina (65años); Montecinos Vásquez, Alonso Mercedes (65 años); Aguilera Machuca.Ángel Alberto (65 años); Canales Villarroel,Gastón (65 años); Espinoza Mena, Guadalupe (65 años); Muñoz Henríquez, Elia E. (65 años);Muñoz Jara, Bernarda (65años); Reyes Aravena, Erna del P. (65 años);Reyes Díaz, Luis A. (65 años); Soto Pérez, Ximena (65 años); Troncoso
enegas, Rebeca del R. (65 años); Veliz Pereda, Jaime (65 años); Amigo Yevenes,Carmen (64 años); Araya Muñoz, Orfelina(64 años); Arellano, Arellano Manuel Antonio (64 años); Arellano Lepe, Elba Rosa (64 años); Candía Pérez,Eva Vainey (64años); Cereceda Sepúlveda, Myreya del (64 años); Eulufi Luuna, Ramona del C (64 años); Fuentes Carreño, Dolores del C.(64 años); Guevara Alegría, Gladys (64 años); Moraga Berrios, Doris de las Nieves (64 años); Muñoz Salazar Fernando (64años); Opazo Veliz, María Eugenia (64 años); Orellana Jara, Enedina (64 años); Orellana Méndez, Silvia Ernestina (64 años);Ramonet Grandon, Rosa (64 años); Rojas Rojas, María (64 años); TapiaSepúlveda, Margarita (64 años); Torres Avila, Helmodel C (64 años); Córdoba Filippi, Patricia Virginia (63 años); Maldonado Pereda, María Ester(63 años); Alarcón Ríos , HéctorRaúl (63 años); Aravena Yañez, Mirta E. (63 años);Arellano Valdés, Lucia Isabel (63 años); Canales Gutiérrez, Francisco (63años); Carreño Cortes, Gloria (63 años); Ceballos Mora, Nelly Filomena (63años); Faundez Hormazabal, Zoila del C. (63años); Moraga Bustos, Lidia (63 años); Pérez Roldan, Mirian (63 años); Rivero Salgado, María (63 años); Rojas García, Iris (63años); Ruiz Alarcón, Juan (63 años); Suazo Ulloa, Hugo (63años); Villegas Venegas, Gabriel (63 años); Fuentes Hidalgo,Mónica Angélica (62 años); Ortiz Díaz, Elizabeth Oriana (62 años); Aguilera Machuca, Ángel Arturo (62 años); Amigo Merino,Miriam (62 años); Benavente Hernández, Mardoqueo (62 años); Canales Eulufi, María Teresa (62 años); JaraEspinoza, Jorge(62 años). Merino Segura, Angélica (62 años); MoralesOrostica, Gimena (62 años); Muñoz Díaz, José (62 años);NorambuenaCastro, Humberto (62 años); Pinochet Garrido, PedroAntonio (62 años); Sanhueza Basaul, Isabel Alejandro (62 años); Soto
Pérez, Carlos (62 años); Urbina Canpos, Verónica (62 años); Vera Briones,Laura del Carmen (62 años); Villegas Olivos, Rosa(62 años); Agurto Cancino, Estelvina (61 años); Agurto López, Mary Teresa (61 años); Alvarado Urrutia,Alicia C. (61 años);Andia Cariqueo, Marcial Ernesto (61 años); Cárdenas Peñailillo, María (61 años); Coloma Benavente, Marina Merced (61años); Duran Rodríguez, Carlos R. (61 años); Escalona Pérez, Lucila del C.(61 años); Espinoza Torres, María (61 años);González Sepúlveda, Ciro Hernán (61 años); Jara Norambuena, Hilda Luisa (61 años); León'Vera, Ana del C (61 años);Martínez Suazo, Rosario ( 61 años); Muñoz Norambuena, Adelina años); Opazo Veliz, Nancy Antonieta (61 años); Torres Moya, Margarita (61años); Bueno Salgado, Gladis Yolanda (60 años);Torres Castillo, Rubi María (60 años); Burgos Norambuena, América (60 años); Cancino Pérez, MirtaAurora (60 años);Carmona Pradeñas, Rene (60 años); Estuardo Vergara,Herna (60 años); Landeros Novoa, Ida del Carmen (60 años); LeónMuñoz, Heriberto (60 años); Meza Irribarra, Gloria Paz (60 años); MoralesOrellana, Jorge Alejandro (60 años); Opazo Pérez,Ebaristo (60 años);Pérez Guzmán, Juan Eufrosinio (60 años); Pinto Briones, Arlette (60años); Sánchez Ibarra Yisel (60años); Yáñez Retamal, Bélgica (60 años); Peña Aravena, María Gloria (59 años); Alegría Fuentes, Armando Antonio (59
años); Alvial Loyola, Beatriz (59 años); Aravena Luna, Eliana (59 años); Barra Eulufi, Juana (59 años); Díaz Alarcón, Iris del(59 años); Fuentes Carreño, Juana Mariua (59 años); Jara Escalona, Juan Francisco (59 años); Machado Barrera, Nancy (59años); Meza Gatica, Carlos Patricio (59 años); Peiñailillo Reyes,Augusto (59 años); Pérez Orellana, Marcelo (59 años); RivasTorres, Luz Herminia(59 años); Rojas Cárdenas, Mitzi Carolina (59 años); Ruiz Geurra, Sara(59 años); Salgado Gutiérrez,Juana (59 años); Sepúlveda Kaiser, Soledad de L. (59 años); Urrutia Alarcón, María (59 años); Veliz Grandon, María Angélica(59 años). Vera Briones, Adelina del Carmen (59 años); EspinozaDuran, Pedro Enrique (58 años), Montesinos Becar, SergioEnrique (58 años), Álvarez Cancino, Inés (58 años), Aravena Amigo, Lilian Rosa (58 años);Barrueto Sepúlveda, Jeanette (58años); Campos Lobos, Lilian Ester (58 años); Candía Muñoz, Eugenio del T (58 años); Cerro Martínez, Mario Gerardo(58años); Cifuentes Flores, María (58 años); Díaz Faundez, MaríaAngélica (58 años); Domínguez Hormazabal, Miriam G. (58años); Peña Guajardo, Aura (58 años); Pineda Tarac, Víctor (58 años); Rojas Benavente,Gerardo Humberto (*); SalazarSalgado, Carmen (58 años); Seguy Henríquez, Carmen Rosa (58 años); Valenzuela Faundez, Delfina Mar (58 años); MaureiraBueno, Carmen Rita (57 años); Ahumada Zúñiga, María (57 años);Cerro Martínez, Liliana Amanda (57 años); CisternasChamorro, Víctor Manuel (57 años); Concha Espinace, Alejandro Antonio (57 años); GaldameEspinoza, Laura Rosa (57años); Luna Ávila, Malvina de las M. (57 años); Maldonado Lobos, Victoria (57 años); Mellado Norambuena, Lilian M. (57años); Reyes Aravena, Hilda (57 años); Villarroel Fuentes, Nilia de L. (57años); Zamorano León, Gloria Eliana (57 años), BarraHenríquez, Mirta Elizabeth (56 años); Borda Peebles, Roberto Alfonso (56 años); Campos Castro,María Rebeca (56 años),Canales Torres, Gerardo (56 años); CanalesTorres, Jorge Enrique (56 años), Cárdenas Grandon, Hilda Elizabeth (56 años);Salgado Barra, María (56 años); Pincheira Leiva, Rafael Agustín (55años); Quiroga Molina, Carlos Antonio (55 años);Sotomayor Hormazabal, Heraldo Ulises (55 años); Espinoza Loyola, Luz Ester (55 años); HernándezOrellana, Gloria (55años); Yáñez Recabal, Juan (55 años); ZapataLagos, Graciela (55 años); Neuñez Vega, Carmen Sara (54 años);TroncosoVenegas, Víctor Manuel (54 años); Veliz Ávila, Nibaldo Enrique (54 años); Vera Briones, Delia del Carnien (54 años); DíazAcuña, Rosario de las Mercedes (53 años); Canales Pinochet, Luz María (53 años); Canales Carrasco, Marco (52 años);Marino Ayala, Patricia (52 años); Arellano Araya, Leonor (51 años)."ABARZA FARÍAS, NEFTALÍ DANIEL Y OTROS con I. Municipalidad de Chanco", Rol: 217-93; y "AGUILARLAZCANO, ANA ELENA Y OTROS con I. Municipalidad de Chanco", Rol: 221-93, del Juzgado de Letras de Chanco, por elpago de la asignación del artículo 40 del D.L. 3.551/1980.Contreras Fuentealba, Celso del Carmen (*); Contreras Jara, Guillermo Ernesto (*);Álvarez Jara, María Liliam (*);Yáñez Recabal, Eduardo Andrés (*);MolinaOyarce, Rolando Antonio (*); Muñoz Minchel, Humberto Ángel (*);EscalonaEspinoza, Rafaela de las Mercedes (*); Vistoso Sepúlveda, LiberatoSegundo (*); Aldana Alvear, Raúl Antonio (*); PérezParedes, Luis Teobaldo (*); Cortés Reyes, María Leontina (83 años); Orellana Gutiérrez, Heriberto del Carmen (80 años);Espinoza Sánchez, Beatriz (67 años); Olivares Quezada, Clara Haydee (76 años); Martínez Espinoza, Silvia Inés (73 años);Orellana Verdugo, Inés del Carmen (72 años); Guajardo Alvear, NormaInés (71 años); Verdugo Iturra, Jorge Humberto (71años); Muñoz Minchel, Heriberto Arnaldo (69 años); Salgado Fuentes, Juana del Carmen (69años); Muñoz Loez, Hidal Amalia(67 años); Orellana Gutiérrez, Hugo del Tránsito (67 años); Salgado Fuentes, Aída del Rosario (67 años); GuajardoParra,Nelly del Carmen (66 años); Aravena Hernández, Hugo (65años); Carrasco Moya, Haydee del Carmen (65 años); MuñozLópez, Sabina del Carmen (65 años); Bustos Kuroki, Jaime Alberto (64 años); EspinozaSepúlveda, Meza Montesinos, Marcelina de las Nieves (64 años); Doizi Trueco, ElizabethVerónica (63 años); Veliz Pereda, Nelson Aler(63 años); Vergara Encina, Angela María (63 años); Arellano Lira, Genoveva de las Mercedes (62 años); Contreras Manríquez,Elsa de las Nieves (62 años); García Vera, RamiroAurelio (62 años); Moraga Reyes, Marta Iris (62 años); Muñoz Minchel,
Eliana Concepción (62 años); Guajardo Parra, Genoveva del Carmen (62 años);Alvarado Mondaca, Rosa Eliana (61 años);Norambuena Chamorro, Teófila Ester (61 años); Pérez Márquez, Elsa del Carmen (61 años); Pérez Opaso, Alicia (61 años);Gutiérrez Fuentealba, Arturo Enrique (61 años); Abarza Farias, Neftalí Damaliel (60 años); Canales Díaz, Rosa del Carmen (60años); Castro González, Osear Enrique (60 años); Letelier Fuentes, Eleodora del Rosario (60 años); Retamal Orellana,Bernardita de Lorudes (60 años); Arevalo Jara, María Rodope (59 años); Castro González, Rómulo Edgardo (59 años);Espinoza Cortés, Adelina de las Mercedes (59 años); Fuentes Molina, Olivia del Carmen (59 años); Gómez Moraga, HéctorAntonio (59 años); Guajardo Parra, Elizabeth del Carmen (59 años); Hernándes Vásquez, Gloria Elizabeth (59 años); PeñaAravena, Manuel Antonio (59 años); Rodríguez Torres,María Cecilia (59 años); Pérez Espinoza, Edith Adriana (59 años);Alarcón Romero, Hugo Alberto (58 años); Espinoza Campos, Leonor Clarina (58 años); Guajardo Gutuerrez (sic), JuanaGuillermina (58 años); Meza Gatica, Angélica Violeta (58 años); Muñoz Hidalgo, Patricio Alberto (58 años); Opazo Pérez,Carmen Cecilia (58 años); Díaz Campos, Abraham del Rosario (58años); Yevenes Faundez, Sonia del Tránsito (58 años);Aguilar Lazcano, Ana Elena (58 años); Moran González, Sergio Iván (57 años);Muñoz Duran, RosaElena (57 años); PérezRetamal, Elsa del Pilar (57 años);MontesinoCancino, Blanca Josefina (56 años); Rodríguez Torres, OrfelinaAngélica (56años); Andia Cariqueo, José Gustavo (54 años); Landeros Novoa, Eduardo Antonio (54 años); Salazar Aguayo, Sonia Beatriz(54 años),Tapia Tapia, Stanly Antonio (54 años); Vera Fuentes, Yoconda de lasNieves (54 años); Peña Ríos, Vety de lasMercedes (54 años); Martínez Espinoza, Nilvia Irene (53 años).
"ALEGRÍA CANCINO, LUCILA Y OTROS con I. Municipalidad de Pelluhue", Rol: 218-93; y "ARAVENA ESPINOZA,
MARÍA MERCEDES Y OTROS con I. Municipalidad de Pelluhue". Rol: 222-93, del Juzgado de Letras de Chanco, por el pago
de la asignación del artículo 40 del D.L. 3.551/1980.
Espinoza Suazo, Fidelina del Carmen (*); Canales Paredes, Gladys Ester(80años); Orellana Leal, Sofanor (71 años);Bravo Aravena, Adriana (70 años); Yáñez Gallardo, Pedro Ramón (69 años); Torres Yáñez, Eduardo Onofre (68 años);Cárdenas Márquez, Irma Ester (64 años); Salazar Soto, María Benita(63 años); Ayala González, Joaquín del Carmen (62años); González Jaque, Adrián Gustavo (62 años); Domínguez Ávila, Isabel de las Mercedes (61 años);Mora de la Hoz, Elenadel Carmen (61 años); Espinoza Vallejos, Juan de laCruz (60 años); Zambrano González, Wilson Edgardo (60 años); OrellanaGuajardo, María Ninfa (59 años); Vera Aravena, Mónica Beatriz (59años); Araya Godoy, Melba Ivone (58 años); Jara Amigo,Juan Francisco (58 años); Maureira Cáceres, María Socorro (58 años); Paredes Orellana, Elena delCarmen (58 años); ValdésMedina, Manuel Eduardo (58 años); Muñoz Luna, Teolina Tavita (58 años); Alegría Cancino, Lucila de las Mercedes (57años); Faundez Opazo, Alicia de las Mercedes (57 años); Hernández Pérez, Crescencia Ester (57 años); Leiva Salas, JoséHeriberto (57 años), Aravena Espinoza, María Mercedes (57 años); Villaseñor Jara, Jaime Antonio (56 años); Guayiler Yáñez,
Gloria María (55 años); Andaur Alarcón, María Marlene (54 años); FloresAcuña, Patricia (54 años); Fuentes Recabal, Miriamdel Carmen (53 años).afirman que no se ha dado cumplimiento a las sentencias judiciales yque, dado que ha transcurridotiempo en exceso, la salud de los profesores ha deteriorado significativamente y varios han fallecido4.
19.
Por lo anterior, los peticionarios afirman que el Estado habría incurrido enviolaciones a los artículos 8, 21, 25 y 26 de la Convención Americana enrelación al 1.1 y 2 del mismo instrumento internacional.
B.
Posición del Estado
20.
El Estado alega que la petición debía ser declarada inadmisible. Respecto de los profesores de Chañaral señala que los peticionarios no agotaron los recursos de jurisdicción interna antes de presentarse ante la Comisión pues, por regla general, toda resolución puede ser impugnada por la parte afectada, ante el mismo tribunal que la dictó, a través del recurso de reposición ó ante
el tribunal superior, a través del recurso de apelación y posteriormente el de casación y el de queja.
21.
Así, el Estado alega que, teniendo a su disposición dichos recursos jurisdiccionales,todos según el Estado adecuados y eficaces, los peticionarios omitieron su presentación, pararevertir la decisión del 20 de junio de 2005,mediante la cual el Tribunal de Letras de Chañaralhabría tenido presentela excusa de cumplimiento hecha valer por la parte demandada.
22.
El Estado añade que, aunado a los recursos señalados, los peticionarios contabantambién con el recurso de protección, consagrado en la ConstituciónPolítica de la República deChile, contra actos u omisiones queconsideraran violatorios de sus derechos fundamentales. Agregaque dicho recurso es adecuado y eficaz y su objeto es que se tomen medidas inmediatasparareparar los perjuicios causados, en el caso concreto, laprivación, perturbación o amenaza en elderecho de propiedad de las presuntas víctimas.
23.El Estado alega que al no haber interpuesto ninguno de los recursos mencionados,los peticionarios privaron al Estado de la posibilidad de resolveren el orden interno la cuestióndebatida.
24.
Por otra parte, el Estado señala que, al momento de la interposición de la petición,(*) Los peticionarios informaron del fallecimiento de la presunta víctima en el trámite ante la CIDH.
4 Según información proporcionada por los peticionarios en la reunión de trabajo del 26 de octubre de 2011; a esafecha, las siguientes presuntas víctimas habían fallecido: de la Municipalidad de Chañaral: Alexis, J. Cornejo Campos; de laMunicipalidad de Vallenar: Norma E. Valderrama Martínez, Silvia Edith Meléndez Cortés, Rosa Elena González Zepeda, Elbadel C. Silva González, Ana Maria Eugenia Zamora Rowe, César Hernán Rivera Barrera, Enrique G. CavadaMauske, MaríaEdilia Valenzuela Portilla, Gladys Ruth González Rojas, Noel Salomón Zuleta Aguilera, Nolvia Luisa Rojas Veliz, Norma AntoniaMarin Escobar, Maranda Yolanda Paez Buigley, Edmundo Mazimo Quezada Araya,Carlos E. Sepúlveda Godoy, Héctor MiguelMorales Morales, Cecilia del C. Pacheco Pacheco, Mateo Segundo Pierotic Cortés, Eduardo Hernando Concha Jirón, Felisa delC. Monardez lillo, Gregorio Víctor Castillo Marin; de la Municipalidad de Parral: Adq del C. Salvo Candia, Miguel Ángel RuizMorales, Alicia del C. Bustamante Pincheira, Nilsa Fredes Salazar Aravena, Fortunato delas Rosas Sepúlveda Gutiérrez,Gladys Elena del Carmen Muñoz González,Luis Arturo Fuentes Amagada, Sonia A. Czischke Oyharcabal, José del CarmenAravena Fuentes, Nahor Rivas Ahumada; de la Municipalidad de Cauquenes: llia Ester Díaz Canales, Gastón Aravena Concha,Ana Haydee Moya Ramírez, Ester Sáncehz Sánches, María Rojas Ortiz, Humilde Muñoz Flores, Idia Rosa López Barra, Elia L.Gutiérrez Lara, Elcira de las M. Cerro Jara,Benita Martínez Suazo, María Graciela Cisternas Cisternas, Gladys MuñozHenríquez, José H. Aravena Verdugo, Brigido Duran Gutiérrez, Silvio CanalesEspinoza,María Apolina Lara Pereira, JoséVillegas Olivos, Teresita Quiroz Ravanal, Antonio Vidal Valladares, Miguel Segundo Canales López,Crisila SánchezSepúlveda, Clodomiro Cancino Pérez, Julio del T. Cofre Cofre, María Ríos Muñoz, Fanor Arnaldo Pérez Guerrero, Morelia
Reyes Parra, Ramón E. Díaz Espinoza, Gerarda Valenzuela Henríquez, Gladys Alvear Miranda, Heriberto Antonio MartínezSalazar, José Flavio Median Aravena; de la Municipalidad de Chanco: Celso del Carmen, Contreras Fuentealba, GuillermoErnesto Contreras Jara, maria Liliam Álvarez Jara, Eduardo Andrés Yáñez Recabal, Rolando Antonio Molina Oyarce, Humberto
Ángel Muñoz Minchel, Rafaela de las Mercedes Escalona Espinoza, Liberato Segundo Vistoso Sepúlveda, Raúl Antonio AldanaAlvear, Luis Teobaldo Pérez Paredes; y de la Municipalidad de Pelluhue: Fidelina del Carmen Espinosa Suazo.10
existía un contrato de transacción extrajudicial suscrito por las partes, con el objeto de poner término al litigio pendiente ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Chañaral. Así, señala que en cumplimiento de la cláusula 4 del Convenio de Pago, el Municipio habría procedido a demandar al Fisco de Chile para que otorgara los fondos necesarios.
25.
En comunicación del 29 de agosto de 2008, el Estado informó a la Comisión que la Municipalidad de Chañaral habría cumplido plenamente en junio de 2008, el convenio de pago por los montos adeudados a los profesores denunciantes ante la Comisión, acuerdo que habría sido suscrito ante el Juzgado de Letras de Chañaral, pago que se habría realizado con fondos propios de la municipalidad.
26.
El Estado subrayó la falta de legitimación de los "demás profesores que se encuentren en igual condición jurídica que los profesores de Chañaral por exceder los márgenes de admisibilidad permitidos por la Convención al referirse a una generalidad". En ese sentido, el Estado no presentó más alegatos relacionados con las municipalidades de Chanco, Pelluhue, Parral, Vallenar y Cauquenes.
IV.
A.
ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD
Competencia de la Comisión ratione personas, ratione materias, ratione temporis y ratione loci
27.
Los peticionarios están legitimados para presentar una petición ante la Comisión conforme a lo previsto en el artículo 44 de la Convención Americana. En la petición se nombra como supuestas víctimas a 852 individuos respecto a los cuales el Estado ha asumido el compromiso de respetar y garantizar los derechos reconocidos por la Convención Americana. En cuanto al Estado, la
Comisión toma nota de que Chile es un Estado parte de la Convención desde el 21 de agosto de 1990, fecha en que depositó su instrumento de ratificación. Por lo tanto, la Comisión posee competencia ratione personae para examinar la petición.
28.
La Comisión posee competencia ratione loci para considerar la petición, ya que en ésta se alegan violaciones de derechos protegidos por la Convención Americana ocurridos dentro del territorio de un Estado parte de la misma. La CIDH posee competencia ratione temporis puesto que la obligación de respetar y garantizar los derechos protegidos en la Convención Americana regía para
el Estado a la fecha en que se afirma que ocurrieron las supuestas violaciones de derechos alegadasen la petición que se relacionan con un presuntoincumplimiento con decisiones judiciales emitidasdespués de la entrada en vigencia. Finalmente, la Comisión posee competencia ratione matenaeporque en la petición se aducen violaciones de derechos humanos protegidos por la ConvenciónAmericana.
B. Otros requisitos de admisibilidad de la petición
1. Agotamiento de recursos internos
29.
El artículo 46(1 )(a) de la Convención Americana dispone que, para que sea admisibleuna denuncia presentada ante la Comisión Interamericana, de conformidad con el artículo 44 de laConvención, es necesario que se hayan intentado y agotado los recursos de jurisdicción interna,conforme a los principios del derecho internacional generalmente reconocidos. Este requisito tiene como objeto garantizar al Estado en cuestión la posibilidad de resolver controversias dentro de su propio marco jurídico.
30.
El requisito de agotamiento de los recursos internos se refiere a los recursos
judiciales disponibles, adecuados y eficaces para solucionar la presunta violación de derechos11 humanos. La misma Convención prevé que esta disposición no se aplique cuando los recursos internos no están disponibles por razones de hecho o de derecho. Más concretamente, el artículo
46.2 establece excepciones al principio general de agotamiento de los recursos internos: (a) cuando la legislación interna del Estado no concede las debidas garantías para la protección de los derechos cuya violación se alega; (b) si se ha obstaculizado el acceso del presunto damnificado a los recursos de jurisdicción interna; (c) o si se ha presentado un retardo injustificado en la resolución del asunto.
31.
Los peticionarios refieren que la responsabilidad de pago de lo ordenado por
sentencia judicial es de las municipalidades y del Estado chileno. Los peticionarios alegan que las resoluciones so n ejecutorias y no de término y que según el Código de Procedimiento Civil, corresponde al juez de la causa dictar las medidas conducentes a dicho cumplimiento.
32.
En sus observaciones adicionales, los peticionarios señalaron que los recursos de casación y queja, señalados por el Estado, son recursos extraordinarios que proceden exclusivamente contra sentencias definitivas o interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación. Agregan que, por su parte, los recursos ordinarios de reposición y apelación tienen por objeto obtener la modificación de una resolución judicial, no siendo efectivos y eficaces, según los peticionarios, para revertir el desacato de los municipios a la orden impartida por el Tribunal. Por otra parte, los peticionarios alegaron que en cuanto a la acción de garantía constitucional o de protección, la práctica interna mostraría que dicha acción no resulta apropiada tratándose de resoluciones judiciales.
33.
Por otra parte, señalaron que los recursos que había señalado el Estado que debían interponer no serían eficaces puesto que la misma Ley de Municipalidades expresa claramente que los bienes municipales son inembargables por lo que, aclaran, mientras rio se dicte el decreto alcaldicio para emitir el pago, las personas afectadas se ven imposibilitadas de seguir otros caminos para lograr que se les pague lo resuelto mediante sentencias judiciales.
34.
Respecto del proceso seguido por la Municipalidad de Chañaral en contra del Fisco de Chile, iniciado en el 2000 y que a la fecha de la audiencia ante la Comisión se encontraría pendiente ante la Corte Suprema de Chile, los peticionarios aclararon que era un proceso en el que la municipalidad pretendía que el Fisco le proporcionara el dinero para cumplir con el pago de las sumas decretadas por la Corte de Apelaciones. Agregaron que no se trataba de un recurso interno efectivo y eficaz por cuanto las presuntas víctimas no son parte del proceso judicial; las partes del juicio fueron el Fisco y la Municipalidad de Chañaral. En comunicación del 29 de diciembre de 2008,
los peticionarios informaron a la Comisión que el 12 de junio de 2008, la Corte Suprema habría rechazado la acción, poniendo fin a la instancia. En el mismo sentido, respecto a la Municipalidad de pago de las obligaciones impuestas por sentencia judicial, la Corte Suprema rechazó dicha pretensión. Cauquenes que pretendía obtener financiamiento del Fisco para el
35.
La Comisión observa que para obtener el pago de sus previsiones sociales, las
presuntas víctimas, profesores de las municipalidades de Chañaral, Chanco, Pelluhue, Parral,Vallenar y Cauquenes, demandaron a los municipios ante las correspondientes autoridadesjurisdiccionales en materia de trabajo y obtuvieron sentencia definitiva a su favor. Asimismo, de lainformación presentada a la Comisión, se observa que en todos los casos se inició un procedimientode liquidación, contando ya las deudas con montos específicos aprobados por los tribunalescorrespondientes y que desde entonces hasta la fecha, las presuntas víctimas han firmado variosconvenios con los municipios, lográndose solamente en el caso de dos municipios el pago de ciertos
montos, lo que ellos caracterizan como montos muy parciales e inferiores.
36.
Así, la Comisión advierte que los peticionarios han acudido a las instancias
jurisdiccionales competentes en el ámbito interno, presentando los recursos ordinarios contempladospor la legislación chilena, tendientes a remediar la afectación de los derechos de las presuntas12víctimas y, por lo tanto, que el Estado conocía plenamente las reclamaciones que dieron lugar a lapetición de autos y los recursos señalados por éste son de carácter extraordinario, de los que laComisión no exige su agotamiento.
37.
La Comisión advierte que las sentencias definitivas a favor de las presuntas víctimas se dictaron entre 1993 y 1997 según lo alegado por las autoridades jurisdiccionales competentes y, a la fecha de elaboración del presente informe, no habrían sido cumplidas, por lo que corresponde aplicar la excepción contenida en el artículo 46.2.c. de la Convención.
2.
Plazo para la presentación de la petición
38.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1.b de la Convención, para que se admita una petición ésta debe presentarse dentro del plazo estipulado, o sea, seis meses contados a partir de la fecha en que el presunto lesionado en sus derechos haya sido notificado de la decisióndefinitiva dictada a nivel nacional. En el reclamo bajo análisis, la CIDH ha establecido la aplicaciónde las excepciones al agotamiento de los recursos internos conforme al artículo 46.2.c de laConvención Interamericana. Al respecto, el artículo 32 del Reglamento de la Comisión estableceque en los casos en los cuales resulten aplicables las excepciones al previo agotamiento de losrecursos internos, la petición deberá presentarse dentro de un plazo razonable,a criterio de laComisión. A tal efecto, la Comisión debe considerar la fecha en que haya ocurrido la presuntaviolación de los derechos y las circunstancias de cada caso.
39.
En el presente caso, la Comisión observa que con posterioridad a la emisión por parte de las autoridades chilenas de las sentencias definitivas, se siguieron procesos de liquidaciónde montos y, que en algunos casos, las presuntas víctimas habrían suscrito convenios de pago losque no habrían sido cumplidos, por tanto, el proceso de ejecución de las sentencias continuaríapendiente hasta el momento de elaboración del presente informe. En ese sentido, y en consideraciónde que el objeto del reclamo versa sobre el presuntoincumplimiento de las sentencias judicialesmencionadas, y que ello constituye una situación que continua, la Comisión considera que la
petición ha sido presentada en un tiempo razonable y que debe darse por satisfecho el requisito de admisibilidad referente al plazo de presentación.
3.
Duplicación de procedimientos y res judicata
40.
El artículo 46.1.C establece que la admisión de una petición está supeditada al
requisito de que el asunto "no esté pendiente de otro procedimiento de arreglo internacional" y elartículo 47.d de la Convención estipula que la Comisión no admitirá una petición que sea"sustancialmente la reproducción de una petición o comunicación anterior ya examinada por laComisión u otro organismointernacional."
41.
En el caso de autos, el Estado alega que el Colegio de Profesores de Chile habríapresentado el caso ante la Organización Internacional del Trabajo. Al respecto, los peticionariosaclaran que dicho procedimiento internacional no es de aquellos señalados por el artículo 46.1.Caunado a que esa denuncia se encuentra presentada por el Colegio de Profesores que no es partedentro de la petición que se analiza en el presente informe. Los peticionarios indican que la quejapresentada ante la Comisión reclama la responsabilidad internacional del Estado por incumplimientode sentencias judiciales determinadas, firmes y ejecutoriadas, mientras que la reclamación delColegio de Profesores de Chile A.G., entidad que reúne a todos los profesores del país, se avoca a larevisión del proceso de descentralización de la educación respecto de la afectación de los derechos del cuerpo docente en el marco de las obligaciones internacionales laborales asumidas por Chile.
13
42.Cabe señalar que la Comisión ha sostenido que para que se considere que en uncaso hay duplicación o cosa juzgada internacional se requiere que la petición esté siendoconsiderada, o haya sido decidida, por un organismo internacional que tenga competencia paraadoptar decisiones sobre los hechos específicos contenidos en la petición, y medidas tendientes a laefectiva resolución de la disputa de que se trate5.
43.
En ese sentido, la Comisión ha establecido que las recomendaciones emanadas porla OIT no tienen la misma naturaleza que el procedimiento ante el Sistema Interamericano de protección de los derechos humanos6, toda vez que dicho procedimiento produce recomendacionesy no "un arreglo efectivo de la violación denunciada"; sus decisiones "no conllevafn] ningún efecto
jurídico vinculante, ni pecuniario-restitutivo, o de carácter indemnizatorio"7.
44.
La Comisión observa que no se presenta ninguna circunstancia de inadmisibilidad respecto de este punto. Por lo tanto, la Comisión concluye que en el presente caso corresponde dar por cumplidos los requisitos establecidos en los artículos 46.1.C y 47.d de la Convención.
4.
Caracterización de los hechos alegados
45.
El artículo 47.b de la Convención Americana establece que se declararán
inadmisibles las peticiones en que no se expongan hechos que caractericen una violación de losderechos garantizados por la Convención.
46.
Ni la Convención Americana ni el Reglamento de la CIDH exigen al peticionario identificar los derechos específicos que se alegan violados por parte del Estado en el asunto sometido a la Comisión, aunque los peticionarios pueden hacerlo. Corresponde a la Comisión, con base en la jurisprudencia del sistema, determinar en sus informes de admisibilidad, qué disposición
de los instrumentos interamericanos relevantes es aplicable o podría establecerse su violación, si los hechos alegados son probados mediante elementos suficientes.
47.
En el presente caso,no le corresponde a la Comisión en esta etapa del procedimiento, decidir si se produjeron o no las alegadas violaciones a la Convención Americana. La CIDH realizó una evaluación prima facie y determinó que la petición plantea denuncias que, si se prueban, podrían tender a caracterizar posibles violaciones a los derechos garantizados por la Convención.
48.
De los argumentos y la información presentada por los peticionarios, se advierte que su denuncia versa sobre el incumplimiento de resoluciones judiciales con carácter definitivo,dictadas a favor de 852 profesores chilenos entre 1993 y 1996 y, que a la fecha, continúan sin cumplimiento, no obstante que en el caso de dos municipalidades se habrían hecho algunos pagos en el año 2008. Tomando en cuenta los argumentos respecto al tiempo que ha transcurrido desde la emisión de las sentencias, y la presunta falta de medidas judiciales efectivas que permitan exigir la ejecución de las mismas, la Comisión considera que de probarse lo alegado por los peticionarios,
5 CIDH, Informe N° 89/05 (Inadmisibilidad), Caso 12.103, Cec/7/a Rosa Nuñez Chipana, (Venezuela), párr. 37.
6 Corte IDH. Caso Baena Ricardo y otros Vs. Panamá. Excepciones Preliminares. Sentencia de 18 de noviembre de 1999. Serie C No. 61, párr. 57.
7 CIDH, Informe No. 14/97, Caso 11.381 (Nicaragua), 12 de marzo de 1997, párr. 47; CIDH Informe No. 21/06, Petición 2893-02, Trabajadores de la empresa Fertilizantes de Centroamérica (FERTICA) (Costa Rica), 2 de marzo de 2006, párr. 40; CIDH Informe No. 23/06, Petición 71-03, Miembros del Sindicato de Trabajadores del Ministerio de Educación (ATRAMEC) (El Salvador), 2 de marzo de 2006, párr. 27; CIDH Informe No. 140/09, Petición 1470-05, Miembros del Sindicato de Trabajadores Oficiales y Empleados públicos de Antioquia (SINTRAOFANj (Colombia), 30 de diciembre de 2009,
párr. 75.14 podrían caracterizarse violaciones a los artículos 8.1 (garantías judiciales), 21 (derecho de propiedad) y 25 (protección judicial) de la Convención Americana, con relación al 1.1 (obligación de respetar y garantizar derechos) y 2 (deber de adoptar disposiciones de derecho interno) del mismo
instrumento, que corresponden ser evaluadas en la etapa de fondo. Asimismo, en cuanto a las alegadas consecuencias que en la salud y vida de las presuntas víctimas habría tenido el presunto exceso de tiempo, la Comisión hará el análisis correspondiente, en la medida de lo pertinente y a la luz de lo establecido en el artículo 5 de la Convención Americana, durante la etapa de fondo.
49.
Por otra parte, la Comisión concluye que no cuenta con elementos de juicio que le permitan inferir una presunta caracterización de violaciones al artículo 26 de la Convención, por parte del Estado chileno.
V.
CONCLUSIONES
50.
La Comisión concluye que es competente para tomar conocimiento del caso de autos y que la petición es admisible conforme a los artículos 46 y 47 de la Convención Americana.
51.
En virtud de los argumentos tácticos y jurídicos que anteceden, y sin prejuzgar sobre el fondo del asunto,
LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
DECIDE:
1.
Declarar admisible el caso de autos en relación con las violaciones que se alegan, de los derechos reconocidos en los artículos 5, 8.1, 21 y 25, con relación al 1.1 y 2 de la Convención Americana.
2.
Declarar inadmisible el caso, en relación con el artículo 26 de la Convención
Americana.
3. Notificar la presente decisión a las partes.
4. Proseguir el análisis del fondo del asunto.
5. Hacer público el presente informe y publicarlo en su Informe Anual a la Asamblea General de la OEA.
Dado y firmado en la ciudad de Washington, D.C., a los 20 días del mes de marzo de 2013. (Firmado): José de Jesús Orozco Henríquez, Presidente; Tracy Robinson, Primera Vicepresidenta; Rosa María Oritiz, Segunda Vicepresidenta; Dinah Shelton, Rodrigo Escobar Gil, y Rose-Marie Antoine, Miembros de la Comisión.
El que suscribe, Emilio Álvarez Icaza L., en su carácter de Secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, de conformidad con el artículo 49 del Reglamento de la Comisión, certifica que es copia fiel del original depositado en los archivos de la Secretaría de la CIDH.
Emilio Álvarez Icaza L.
Secretario Ejecutivo14
podrían caracterizarse violaciones a los artículos 8.1 (garantías judiciales), 21 (derecho de propiedad) y 25 (protección judicial) de la Convención Americana, con relación al 1.1 (obligación de respetar y garantizar derechos) y 2 (deber de adoptar disposiciones de derecho interno) del mismo instrumento, que corresponden ser evaluadas en la etapa de fondo. Asimismo, en cuanto a las
alegadas consecuencias que en la salud y vida de las presuntas víctimas habría tenido el presunto exceso de tiempo, la Comisión hará el análisis correspondiente, en la medida de lo pertinente y a la luz de lo establecido en el artículo 5 de la Convención Americana, durante la etapa de fondo.
49.
Por otra parte, la Comisión concluye que no cuenta con elementos de juicio que le permitan inferir una presunta caracterización de violaciones al artículo 26 de la Convención, por parte del Estado chileno.
V.
CONCLUSIONES
50.
La Comisión concluye que es competente para tomar conocimiento del caso de autos y que la petición es admisible conforme a los artículos 46 y 47 de la Convención Americana.
51.
En virtud de los argumentos tácticos y jurídicos que anteceden, y sin prejuzgar sobre el fondo del asunto,
LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
DECIDE:
1.
Declarar admisible el caso de autos en relación con las violaciones que se alegan, de los derechos reconocidos en los artículos 5, 8.1, 21 y 25, con relación al 1.1 y 2 de la Convención Americana.
2.
Declarar inadmisible el caso, en relación con el artículo 26 de la Convención
Americana.
3. Notificar la presente decisión a las partes.
4. Proseguir el análisis del fondo del asunto.
5. Hacer público el presente informe y publicarlo en su Informe Anual a la Asamblea General de la OEA.
Dado y firmado en la ciudad de Washington, D.C., a los 20 días del mes de marzo de 2013. (Firmado): José de Jesús Orozco Henríquez, Presidente; Tracy Robinson, Primera Vicepresidenta; Rosa María Oritiz, Segunda Vicepresidenta; Dinah Shelton, Rodrigo Escobar Gil, y Rose-Marie Antoine,
Miembros de la Comisión.
El que suscribe, Emilio Álvarez Icaza L., en su carácter de Secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, de conformidad con el artículo 49 del Reglamento de la Comisión, certifica que es copia fiel del original depositado en los archivos de la Secretaría de la
CIDH.
Emilio Álvarez Icaza L.
Secretario Ejecutivo
RESUMEN
1.
El presente informe se refiere a la admisibilidad de la petición 1345-05, abierta por la de Derechos Humanos (en lo sucesivo "Comisión Interamericana",
"Comisión" o "CIDH") en virtud de la presentación de una petición, recibida el 23 de noviembre de 2005, por parte de dos estudios jurídicos, Etcheberry/Rodríguez y Colombara Olmedo, a favor de 84
profesores de la Municipalidad de Chañaral, en contra del Estado de Chile (en adelante "el Estado" o "el Estado chileno"). En comunicaciones de febrero de 2007 y diciembre de 2008 los peticionarios ampliaron su denuncia a favor de 80 profesores de la Municipalidad de Chanco, 32 de la Municipalidad de Pelluhue, 90 de la Municipalidad de Parral, 193 de la Municipalidad de Vallenar y 373 de la Municipalidad de Cauquenes, dando un total de 852 presuntas víctimas. Los peticionarios alegan que el Estado ha incurrido en responsabilidad en el marco de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en lo sucesivo "Convención Americana" o "la Convención"); en especifico, por violación a las garantías judiciales, al derecho a la propiedad privada, a la protección judicial y al desarrollo progresivo, derechos consagrados en los artículos 8, 21, 25 y 26 de la Convención, respectivamente, con relación a la obligación de respetar los derechos y de adoptar derecho interno, según lo establecido en los artículos 1.1 y 2 de la misma Convención.
En la petición inicial se señala que, mediante sentencia definitiva del 20 de julio de 1994, el Juzgado de Letras del Trabajo habría ordenado que se pagara a las presuntas víctimas una deuda que el Municipio de Chañaral tenía con ellas por concepto de asignaciones de previsión social.
Los peticionarios aclaran que dado que la municipalidad no cumplía con la sentencia, habrían interpuesto diversos recursos de ejecución, sin lograr el objetivo. Agregan que el 18 de mayo de 2005, el Juzgado de Letras de Trabajo de Chañaral habría ordenado que el municipio, a través de su alcalde, emitiera un decreto alcaldicio de pago, el cual no se habría emitido y, a la fecha de la
presentación de la petición, la sentencia no se habría cumplido.
En cuanto a las municipalidades de Chanco, Pelluhue, Parral, Vallenar y Cauquenes los peticionarios indican que de igual manera, los profesores de esas municipalidades obtuvieronsentencias definitivas en las que se ordenó a los municipios a pagarles determinados montos que se les debían por concepto de asignaciones de previsión social. Si bien se habrían presentado convenios de pago, los peticionarios alegan que no se habrían cumplido y que solamente con
relación a las municipalidades de Chañaral y Vallenar se habrían hecho algunos pagos, en montos inferiores a lo que se les debía y que, alegan, no pueden ser tomados sino como abonos a la deuda total.
En el caso de los profesores de Chañaral, los mismos no habrían obtenido una
decisión final que ordene el cumplimiento y el Estado sostiene que no se habrían agotado los recursos disponibles en la jurisdicción interna para reparar las presuntas violaciones, pues las
1 El Comisionado Felipe González, de nacionalidad chilena, no participó en las deliberaciones ni en la decisión del presente caso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17(2)(a) del Reglamento de la Comisión.
2 Las presuntas víctimas fueron debidamente identificadas en la petición inicial con respecto a la Municipalidad de Chañaral.presuntas víctimas tendrían que haber substanciado recursos de apelación o reposición y, posteriormente de casación y queja, para revertir la decisión judicial que habría tenido presente los alegatos de cumplimiento hechos valer por el municipio. El Estado añade que, aunado a los recursos señalados, los peticionarios contaban también con el recurso de protección, consagrado en la Constitución Política de la República de Chile, contra actos u omisiones que consideraran violatorios
de sus derechos fundamentales.
5.
Respecto a los profesores de los demás municipios que han sido señalados como presuntas víctimas por los peticionarios, el Estado alega la inadmisibilidad del reclamo indicando que se trata de una simple enunciación generalizada.
6.
De acuerdo a lo previsto en los artículos 46 y 47 de la Convención Americana, así como en los artículos 30 y 36 de su Reglamento, y luego de analizar las posiciones de las partes, la Comisión decidió declarar admisible la petición en relación a las presuntas violaciones a los artículos 5 (integridad personal), 8.1 (garantías judiciales), 21 (derecho a la propiedad privada) y 25 (protección
judicial) con relación al 1.1 (obligación de respetar los derechos) y al 2 (deber de adoptar disposiciones de Derecho interno) de la Convención Americana, pero no respecto del artículo 26 del mismo instrumento. La Comisión decidió igualmente notificar esta decisión a las partes, publicarla e incluirla en su Informe Anual a la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos.
II.
TRÁMITE ANTE LA COMISIÓN
7.
La denuncia fue presentada por los peticionarios ante la Secretaría Ejecutiva de la Comisión el 23 de noviembre de 2005. La CIDH inició el trámite de la petición el 8 de mayo de 2006, cuando transmitió al Estado las partes pertinentes de la petición y le solicitó que presentara una respuesta dentro del término de 2 meses. En comunicación del 27 de julio de 2006, el Estado
solicitó una prórroga y, mediante nota 273 del 9 de agosto de 2006, presentó sus observaciones, mismas que fueron trasladadas a los peticionarios el 29 del mismo mes.
8.
Los peticionarios presentaron observaciones e información adicional mediante
comunicaciones del 8 de agosto de 2006, 20 de febrero de 2007, 22 de diciembre de 2008 y 6 de julio de 2009, que fueron debidamente trasladadas al Estado. Por su parte, el Estado presentó observaciones adicionales mediante comunicaciones del 26 de abril de 2007 y 29 de agosto de 2008, las cuales fueron debidamente trasladadas a los peticionarios. La Comisión, en comunicación del 18 de mayo de 2010, solicitó a los peticionarios información específica respecto al agotamiento de los recursos internos en los casos de las Municipalidades de Chanco, Pelluhue, Parral, Vallenar y Cauquenes, misma que fue presentada el 21 de enero de 2011 y trasladada al Estado el 22 de marzo del mismo año, para sus observaciones.
9.
Por otra parte, el 10 de marzo dé 2008, dentro del marco del 131 ° periodo ordinario de sesiones de la Comisión, se llevó a cabo una audiencia pública respecto de la presente petición en la que participaron tanto los peticionarios como el Estado y, el 26 de octubre de 2011, durante el 143° periodo ordinario de sesiones se llevó a cabo una reunión de trabajo entre las partes.
III. POSICIONES DE LAS PARTES
A. Posición de los peticionarios
10. Según el relato de la petición, con base en dos decretos con fuerza de ley de 1979 y 1980, el Estado de Chile transfirió al Sector Municipal a los docentes que prestaban servicios en establecimientos educacionales dependientes del Ministerio de Educación, hecho acontecido el 19 de agosto de 1981. La medida fue una decisión política del Gobierno Militar de la época, fundada en principios de descentralización y privatización. Así, en el proceso de municipalización de laeducación primaria se habría considerado expresamente que los profesores mantendrían en el régimen municipal las mismas remuneraciones y beneficios que gozaban anteriormente. Los peticionarios aclaran que dichas disposiciones que regularon el proceso se hicieron imperativas y no voluntarias para los profesores y los municipios.
11.
Los peticionarios señalan que el pago de las asignaciones previsionales habría sido suspendido unilateralmente por los municipios, por lo que, el 28 de. marzo de 1994, los 80 profesores de Chañaral interpusieron una demanda ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo y, el 20 de julio de 1994, mediante sentencia definitiva se habría ordenado que se les pagaran los montos adeudados, debiendo determinarse el monto en forma incidental en la ejecución del fallo.
12.
Agregan que habiéndose solicitado el cumplimiento incidental de la sentencia, se designaron peritos y, en agosto de 1999, el Municipio de Chañaral y las víctimas firmaron un convenio de pago y, toda vez que el municipio habría incumplido, los profesores de Chañaral solicitaron al tribunal que se dejara sin efecto, a lo cual se accedió mediante resolución del 19 de octubre de 2003.
13.
Mediante resolución del Juzgado de Letras deTrabajo de Chañaral de 18 de mayo de 2005, se ordenó que el municipio, a través de su alcalde, emitiera un decreto alcaldicio de pago de la liquidación de las sumas ordenadas en la sentencia definitiva del 20 de julio de 1994, por concepto de asignaciones de previsión social. Los alegatos de los peticionarios derivan de la presunta negativa de la Municipalidad de Chañaral de dar cumplimiento a esta resolución.
14.
Agregan que con fecha 16 de junio de 2005, la Municipalidad de Chañaral habría solicitado al Tribunal que se la excusara del cumplimiento de la resolución judicial, toda vez que con ello se produciría una grave situación financiera que vaciaría de contenido los recursos municipales y anularía absoluta y totalmente el cumplimiento de las funciones esenciales del Municipio. Los peticionarios señalan que, mediante resolución de fecha 20 de junio de 2005, el tribunal tuvo "presente" la solicitud presentada, no existiendo recurso alguno que permitiera apercibir a la municipalidad de Chañaral para proceder al dictado del decreto alcaldicio y, en consecuencia, al pago de las sumas adeudadas a los profesores de Chañaral.
15.
En su petición inicial, los peticionarios indicaron que ante el incumplimiento por parte del Alcalde de Chañaral y a solicitud de los profesores, el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Chañaral apercibió al alcalde con un arresto de 5 días en el evento de incumplimiento de lo ordenado. Dicha medida de apremio fue objeto de recurso de amparo preventivo y, al acogerse la acción, se dejó sin efecto el apercibimiento. Así, los peticionarios afirman que durante el desarrollo del procedimiento se utilizaron todos los recursos que fueron pertinentes e idóneos en cada ocasión,
para que el Estado de Chile, por intermedio de la Municipalidad de Chañaral, diera cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado de Letras del Trabajo de Chañaral.
16.
En sus comunicaciones de febrero de 2007 y diciembre de 2008, los peticionarios aclararon que la denuncia estaría siendo presentada a favor de profesores de la Municipalidad de Chañaral, así como de "todos aquellos profesores en posiciones jurídicas similares, esto es, con sentencias judiciales firmes ejecutoriadas de pago de las asignaciones previsionales devengadas por
las Municipalidades" de Chanco, Pelluhue, Parral, Vallenar y Cauquenes; mismos que fueron individualizados por los peticionarios.
17.
Asimismo, los peticionarios informaron que, efectivamente, según lo indicado por el Estado, constan los pagos realizados a profesores de las municipalidades de Chañaral y Vallenar en 2008. Agregaron que, tras más de 15 años de espera, la aceptación de los acuerdos de cantidades muy inferiores a los comprometidos, habría obedecido a la frustración ante la constatación de
carecer de recursos internos que les permitiera obtener el pago de las cantidades ordenadas por las sentencias judiciales. Aclaran que los montos pagados tienen una naturaleza de abono que, según refieren, queda manifiesta en las actualizaciones de los créditos adeudados efectuadas por los Juzgados del Trabajo de dichas comunas con fecha 24 y 28 de noviembre de 2008, en las cuales se reconoce que las cantidades pagadas constituyen un abono al total del crédito adeudado, por lo que aún estarían pendientes de pago, los montos restantes. Aclaran que los profesores de las demás municipalidades no habrían recibido ningún tipo de pago.
18.
Respecto al alegato del Estado de la falta de legitimidad de las víctimas de otras municipalidades, en su escrito de 22 de marzo de 2007, los peticionarios aclararon que no se trata de una enunciación generalizada, puesto que las presuntas víctimas están debidamente individualizadas, y los 12 procesos judiciales seguidos contra las municipalidades identificados. Así, señalan que, al igual que los profesores de Chañaral, los profesores de las municipalidades de Chanco, Pelluhue, Parral, Vallenar y Cauquenes, interpusieron demandas contra los municipios y, tanto en primera instancia como en instancias superiores, las autoridades jurisdiccionales ordenaron que se les pagaran los montos adeudados por conceptos de previsión social3. Los peticionarios
3 Constan en los anexos presentados por los peticionarios las sentencias definitivas de cada proceso judicial, así como los montos de liquidación.
"BENAVIDES Y OTROS con I. Municipalidad de Chañaral", Rol: 18.629, del Juzgado de Letras de Chañaral, por el pago de la asignación del artículo 490 del D.L. 3.551/1980. Cornejo Campos, Alexis J. (*); Andreani Rossinelli, Gabriela R. (80 años); Lagos Carrasco, Cristina D. (77 Montenegro Montenegro, Angela D. (77 años); Benavides Montaña, Clarisa E. (76 años); Peralta Olivera, Angela B. (73 Vallejos Cortés, Hugo Segundo (73 años); Campos Bugüeño, Violeta M. (72 años); Muñoz Gilberto, Bernardita (72
Robles Leiton, Gustavo Amoldo (72 años); Rojas Castillo, Gladys (72 años); Valencia Cortés, Rubén Enrique (72 Venegas Hernández, Mireya Olimpia (72 años); Flores Cortés, Raquel D. (71 años); Bugueño Chacana, Gumercindo (70 años Hurtado Clunes, Ruperto H. (70 años); Alcota Goya, Juana Ángela (69 años); Figueroa Torres, Orielle (69 años); Larrea Herrera, Laura J. (69 años); Torres Saint Lawrence, Marleine (69 años); Flores Cortés, Elizabet D (68 años); Osorio Astorga, Juan Antonio (68 años); Torres Montano, Lucila (68 años); Valdivieso Moran, Ruth Carlota (68 años); Godoy Aviles, Luzmelia O. (66 años); Gutiérrez Castillo, Lindora D. (66 años); Kong Urbina, Isabel Margarita (66 años); Zepeda Viera, Alejandro del Carmen (66 años); Godoy Monardez, Elizabeth (65 años); Morales Mena, Sergio Hugo (*); Valdivia Rivera, Baldomera D (65 años); Ángel Ardiles, Bernardo D. (64 años); Barros Rojas, Lucrecia D. (64 años); Carrasco Carrasco, Clara E. (64 años); Valenzuela González, Lucit Violeta (64 años); Ángel Cortés, Diosa De L. (63 años); Duran Vargas, Yorka Flavia (63 años);Egaña Romo, Hernán Gabriel (63 años); Loyola Funes, Sergio Manuel (63 años); Marín Guerra, Rosa Otilia (63 años); Rivera Hidalgo, Jesús Arturo (63 años); Sánchez Contreras, Carmenci J. (63 años); Tapia Páez, Elba Ernestina (63 años); Trujillo Arredondo, María Angélica (63 años); Godoy Aviles, Mitzi Daysi (62 años); López González, Antonio P. (62 años); Lorca Arredondo, Edda Adriana (62 años); Medina Benavides, María Cristina (62 años); Sánchez Contreras, Mavel Selic (62 años); Avendaño Peña, Enilde (61 años); Castillo Morales, Gabriel F. (61 años); Jiménez Acevedo, Ramón Gastón (61 años); Astorga Astorga, Ana Maria (60 años); Díaz Aguilar, Héctor David (60 años); Pizarra Alquinta, Luisa D. (60 años), Serazzi Ahumada, Nelda Luisa (60 años); Tolmo Sosa, Ernesto Carlos (60 años); Vega Cordovez, Delicia D. (60 años); Bugueño Chacana, Eliana A. (59 años); Quiroga Cortes, Graciela L. (59 años); Rívas Tapia, Lino Alberto (59 años); Tapia Escudero, Estela Marlene (59 años); Martínez Rodríguez, Hugo E. (58 años); Miles Segovia, Jaime Hernán (58 años); Muñoz Segura, Nelly Alejandrina (58 años); Plaza Henríquez, Carlos D. (58 años); Gaspar Alquinta, Grumilda G. (57 años); González Rodríguez, Clara D. (57 años); Ossandon Veliz, Griselma D.(57 años); Pasten Castillo, Verónica D. (57 años); Bugueño Elo, Priscila Palmira (56 años); Cofre Briceño, Ana Elizabeth (56 años); Arredondo Bugueño, Isabel D. (55 años); Cortes Cisterna, Aldecira V. (55 años); Molina Hurtado, Inés Wacolda (55 años); Palma Sias, Ana Maria (55 años); Recriarte Carrasco, Griselda A. (55 años); Tejada Moreno, Silvia Teresa (55 años); Arancibia Ramírez, Isabel D. (54 años); Araya Cortés, Shenda Janeth (54 años). Adicionalmente, en la petición original se hace referencia a las siguientes cuatro víctimas: Aída del Carmen Alquinta, Dulcinea González Ortiz, Petronila Brígida Fajardo Alaníz e Irma de Lourdes Cisterna Bravo."RAMÍREZ Y OTROS con I. Municipalidad de Vallenar", Rol: 4.443, del Primer Juzgado de Letras de Vallenar, por el pago de la asignación del artículo 40 del D.L. 3.551/1980.Valderrama Martínez, Norma E. (*); Meléndez Cortés, Silvia Edith (*); González Zepeda, Rosa Elena (*); Silvia González, Elba del C. (*); Zamora Rowe, Ana María Eugenia (*); Rivera Barrera, César Hernán (*); Cavada Mauske, Enrique G. (*); Valenzuela Portilla, María Edilia (*); González Rojas, Gladys Ruth (*); Zuleta Aguilera, Noel Salomón (*); Rojas Veliz, Nolvia Luisa (*); Marín Escobar, Norma Antonia (*), Páez Buigley, Maranda Yolanda (*); Quezada Araya, Edmundo Máximo (*); Sepúlveda Godoy, Carlos E. (*); Morales Morales, Héctor Miguel (*); Pacheco Pacheco, Cecilia del C. (*); Pierotic Cortés, Mateo Segundo (*); Concha Girón, Eduardo Hernando (*); Monardez Lillo, Felisa del C. (*); Castillo Marín, Gregorio Víctor (*); Álvarez Farias, Rosa Mafalda. (83 años); López Rojas, Ana Josefina (81 años); Vega Araya, Graciela del R. (*); Adriazola Berger, Ina Sonia. (80 años); Sorich Olivares, Alexandrina A. (80 años); Tapia Castillo, Domitila del C. (80 años); Farias, José Porfirio. (79 años); Rivera Cortes, Carmen Eliana D. (78 años); Álvarez Davies, Adriana Violeta (78 años); Piñones Urbina,
Miguel Segundo (77 años); Ramírez Ferrari, Norma Eliana (77 años); Arancibia Martínez, Juana M.(77 años); Herrera Rivera,Rolando del R.(77 años); Cruz Rivera, Smara del Carmen (77 años); Mamani Jofre, Orlando (76 años); Adaos Ramírez, Gladys María'(76 años); Álvarez Flores, Sergio Ricardo (76 años); Páez Varas, Adela del Rosario (76 Años); Sánchez Cortes, Iris del C.(76 años); Pineda Castillo, Indra Benita (76 años); Romero Romero, Hernán W.(76 años); Catalán Vallejo, Filadelfo del C.(75 años); Carvajal Campillay, Felisa (75 años); Núñez Méndez, Amelia Olivia (75 años); Barrios Craig, María Teresita D.
(75 años); Petzold Zanforlin; Adriana Alicia. (75 años); Zavala Cortes, Gladys del R.(75 años);Gutiérrez Rivera, Sergio Alberto (74 años); Phillips Reyes, María Angélica (74 años); Valdés Robles, Iris Eliana(74 años); La Torre Herrera, Enoe de L (74 años); Cubillos Cuello, Bahaman Antonio (74 años); Pizarro Bugueño, Elena Ester (73 años); Briceño Gutiérrez, Nila (73 años);
Flores Flores, Rosa Elizabex (73 años); Lima Marín, Jorge Oriel (73 años); Barrios Olivares, María Cristina (72 años); Segovia Martínez, Adriana G.( 72 años); Laferte, Adriana del Rosario (72 años); Velaz Guaman, Claudina del C. (72 años); Fernández Espinoza, Ana María C. (72 años); Gajardo Olivares, Juana Rosa (71 años); Morales Morales, Aldo Vicente (71 años); Herrera Vargas, Alexis Orlando (71 años); Geraldo Ramírez, Elsa Blanca (71 años); DíazOrtiz, Marcos Jorge (71 años); Meyer Flores, Rebeca M. (70 Años); Cortes Gajardo, Juan Gabriel (70 años); Borcoski Páez, Norma Cristina (69 años); Rivero, Nelly delCarmen (69 años); Ferreira Rojas, Silvia Bersave (68 años); Borcoski Páez, Nancy Margarita (68 años); Villegas Traslaviña,Alicia M. (68 años); Velas Guaman, Doris Francisca (68 años); Ávalos Díaz, Fresia del Carmen (68 años); Pizarro Veas, María del Carmen (68 años); Barrios Olivares, Romelio A. (68 años); Escobar Aguilera, Eulalia Ester (68 años); Ocaranza Torres, Águeda B. (68 años);Pizarro Alfaro, Aurora Isabel (67 años);Balut Streeter, María Ledda (67 Años); Lobos Vargas, Luis Sergio (67 años); Santander Vallejos, Mario D (67 años); Tapia Tosetti, María Angélica (67 años); Ramírez Ortiz, Inés Ariela (67 años); Zepeda Cena, Norma Yolanda (67 años); Tapia Castillo, Alejandro A. (67 años); Cortes Olmedo, Elsi Raquel (67 años); Guerrero Sandoval, Gloria D. (67 años); Cerda Ortiz, Elena Lelia (66 años); Iribarren Cárdenas, Isabel del C. (66 años); Collao Rojas, Gladys (66 años); Garrido Berrios, Mirtha Flor D. (66 años);Rodrigo Antonio (65 años); Molgas Cortés, Misael Enrique (65 años)
Pedro Gabriel (65 años); Munizaga Espinosa, Jaime Enrique (65Zambrano, Juan de La Luz (65 años); Carvajal Reyes, Gloria de LasUbilla Rojas, Aída María Inés (66 años); Rojas Romero,Reyes Locatelli, Miguel Orlando (65 años); Castillo Cruz,años); Cuadra Calderón, Sonia Elsa (65 años); LópezM. (65 años); Cofre Calderón, Jorge Orlando (65 años);Requeña Núñez, America Elena (65 años); Fredes Soza, Hilda Irene (65 años); Soto Campillay, Rubén Emilio (64 años); CortesRojas, Juana Aurora (64 años); Peralta Sepúlveda, Gladys del C. (64 años); Poblete Lemus, Fresia Elena (64 años); Espejo Chepillo, Dilma Eliana (63 años);Barrera Cruz, María Luisa (63 años); Astudillo Morales, Héctor Over (63 años); Vicentelo Gatta, Laura Graciela (63 años); Alegría Olivares, Roberto E. (63 años); Araya Cabrera, Victoria del C. (63 años); Maldini Robles, María Alicia (63 años); Silva Castillo, Miriam Jesús (63 años); Sanhueza Valeria, Gricelda M. (63 años); Aracena Valladares, Ruth María (63 años); Flores Flores, Pedro Edmundo (63 años); Alzamora Alzamora, Orlando E. (63 años); Cabeza
Bravo, Gilda Eliana (63 años); Meléndez Díaz, Renán Alberto (63 años) Alcayaga Rojas, Mónica del R. (63 años); Báez Ramírez, Nelly del Carmen (63 años); Podesta Morales, Manlio Luis (63 años); Sáez Ordenes, Antonio Reginaldo (63 años);Gutiérrez Rivera, Héctor Abel (63 años); Espinoza Navea, Uberlinda D. (63 años); Núñez Díaz, Edith del Carmen (62 años); Díaz González, Nancy Leonor (62 años); Callejas Laferte, Yolanda del C (62 años); Rojas Toro, Orlando Efraín (62 años); Cruz Barrera, Nelson Ivés (62 años); Ortega Zambra, Sergio Ismael (62 años); Araya Cortes, Sergio Enrique (62 años); Álvarez Álvarez, Gabriela Iris (62 años); Vega Seriche, Wilfredo (61 años); Alcayaga Leyton, Luzmila B. (61 años); Morales Ríos,Gladys Graciela (61 años); Ávila Guerra, Nelson Camilo (61 años); Molina Molina, Betty del Rosario (61 años); Palma Sepúlveda, Ana Cecilia (61 años); Loyola Tapia, Silvia Inés (61 años); Tapia Tossetti, María de la Luz (61 años); Flores Pineda, Texa Gladys (61 años); Alfaro Arcaya, Ada Marina (61 años); Flores Flores, María Amelia (61 años); Sotella Vernal, Celinda del C. (61 años); Zubieta Kong, Elena Ernestina (61 años); Gatica Fernández, Gladys Z. (61 años); Alcayaga Pinto,
Gloria Patricia (61 años); Wasaff Cabello, Nelly D. (61 años); Ardiles Quinteros, Luis Alberto (60 años); Briceño Figueroa, Rosa A. (60 años); López Miranda, Ana del C.(60 años); Conteras Carmona, Celsa C. (60 años); Spataris Schaffhauser, Cinthia D. (60 años); Araya Salinas, Delia De Lourdes (60 años); Páez Páez, Patricia Armidita (60 años); Callejas Rojas, Adela Haydee (60 años); Flores González, Elly Milena (60 años); Caballero Castillo, Osear A. (60 años); Sántibáñez Sagua, Raúl Segundo (60 años); Leiva Ortiz, Luis Alberto (59 años); Pacheco Pacheco, María Cristina (59 años); Zambrano Aros, Rosa Otilia (59 años); Campusano Álvarez, Mónica C. (59 años); Calderón Lean, Juan Benito (58 años); Aguilar Álvarez, Verónica E. (58 años); Fuentes Cortes, Marfri Iris (58 años); Meléndez Varas, Nora Rita (58 años); Espinoza Villegas, José Enrique (58 años); Campillay Cortes, Gladys Mirian (58 años); Valdes Delgado, Ana Manuela (58 años); Mery Mery, Patricia de Lourdes (57 años); Flores González, Gloria M (57 años) Mortola Godoy, Olga Marianela (57 años); Álvarez Munizaga, Rosa del L. (57 años); Borquez Morales, Sonia Margot (56 años); Guerrero Hurtado, Carlos Rubén (56 años); Sántibáñez Espinoza, Enrique A. (56 años); Rojas Hernández, Daniel Segundo (56 años); La Rosa Rivera, Mónica Gabriela (56 años); Campillay Villalobos, Laura M. (56 años); Toro Vázquez, Nolvia Angélica (56 años); Reyes Trujillo, Julio Ernesto (55 años); Ossando Pizarro, Isabel Danisa (55 años); Pérez Aguilar, Manuel Antonio (55 años); Naranjo Tapia, Juana Hortensia (54 años); Rojas Vega, Ana María del C. (54 años); Olguín Aguirre, Danilo Waldemar (53 años). "BELMAR Y OTROS con I. Municipalidad de Parral", Rol: 4.051; "BUSTAMENTE Y OTROS con I. Municipalidad de
Parral", Rol: 4.071; "SALAZAR Y OTROS con I. Municipalidad de Parral", Rol: 4.096; Y "BAYER Y OTROS con I.
Municipalidad de Parral", Rol: 4.274 del Primer Juzgado de Letras de Parral, por el pago de la asignación del artículo 40 del
D. L. 3.551/1980.
Salvo Candía, Ada del C. (*); Ruiz Morales, Miguel ÁngeK*); Bustamante Pincheira, Alicia del C (*); Salazar Aravena, Nilsa Fredes (*); Sepúlveda Gutiérrez, Fortunato de las Rosas (*); Muñoz González, Gladys Elena del Carmen (*); Fuentes Amagada, Luis Arturo (*); Czischke Oyharcabal, Sonia A (*); Aravena Fuentes, José del Carmen (*); Rivas Ahumada, Nahor (*); Chacón Bustos, Ana Rosa (76 años); Jerez Jerez, Alfonso E. (76 años); Ávila Ceroni, Ulises Napoleón(71 años); Matus Rodríguez, Ceferina Olivia (71 años); Parada Bustamante, Haydee del Carmen (71 años); Salvo San Martín,
Enedina del C. (71 años); Ávila Lobos, Nelson Alfonso (70 años); Bastías Manríquez, Lilia del Carmen (70 años); CáceresBustos, Juan Orlando (70 años); Fuentes Ramírez, Litta Gaby (70 años); Gómez Villagrán, Luis Ernesto (70 años); GonzálezDomínguez, Eugenio A. (70 años); Ibáñez Agurto, Sonia Andrea (70 años); Matus Oñate, Elisa de las Mercedes (70 años);Silva Sepúlveda, Lidia Rosa (70 años); Troncoso Hernández, Sigisfredo (70 años); Vergara Troncoso, Carlos Elíseo (70 años);Ávila Lobos, Miaña de las Mercedes (69 años); Espinoza Díaz, Juan Luis (69 años); Rivas Ahumada, Ramona (69 años);Carsalade Manríquez, Morelia Ernestina (68 años); González Bravo,María Isolina (68 años); Suárez Fermandoy, Mirella delRosario (68 años); Zúñiga Luna, Laura del C. (68 años); Zúñiga Méndez, Mery del C. (68 años); IbarraAravena, Fresia (67años); Moraga Alarcón, Yolanda Telésfora (67 años);-Nader Zerene, Isabel del C. (67 años); Rojas Prado, Raquel Eulalia (67años); Ávila Contreras, Dalia Edith (66 años); Belmar Montero, Isabel (66 años); Cabrera Ortega, María Virginia (66 años);Chávez Cuevas, Silvia Guillermina (66 años); Montoya Castro, Yolanda del T. (66 años); Morales Agurto, Ana Luz (66 años);Muñoz Navarrete, Gladys de las Mercedes (66 años); Ortega Arevalo, Eliana E (66 años); Parra Moraga, Aquiles Otoniel (66
años); Ramos Matus, Raquel del C. (66 años); Urra Torres, Fresia del Carmen (66 años); Acuña Fuentes, Jaime N. (65 años);Escobar Espinoza, Nirma Flor (65 años); Ramos Ramírez, Alicia del Carmen (65 años); Saravia Lawrence, Fernando (65 años);Araneda Fuentes, Elba del R. (64 años); Ávila Contreras, Juan C. (64 años); Bustamante Sánchez, Ana Rosa (64 años);Cancino Riquelme, María del L. (64 años); Fuentes Gatica, Bersabet de las Mercedes (64 años); Hernández Hernández, Juliadel C.(64 años); López Labra, Adriana del C. (64 años); López Labra, Yolanda E, (64 años); Parra Gaete, Juan Roespiel (64años); Sepúlveda Sepúlveda, María A. (64 años); Soto Inzunza, Ovidio Gamadiel (64años); Araya Castro, Julia Hortencia (63años); Balladares Conteras, María Cristina (63 años); Bayer Torres, Gerardo Jesús (63 años); Contreras Majulez, Sonia delCarmen (63 años); Contreras Medel, Jimena de Sta. Teresita (63 años); Espinace González , Eugenia Uberlinda (63 años);Hernández Fuentes, Ana A. (63 años); Hernández Fuentes, Berta del Carmen (63 años); Jiménez Espinoza, Patricia delCarmen (63 años); Manríquez Díaz, Nereida María Inés(63 años); Maureira Troncoso, Servando Enrique (63 años); Ortega
Tejos, Irene Adelaida (63 años); Urrutia Muñoz, Juana de las Mercedes(63años); Urrutia Muñoz, María F. (63 años);Valenzuela Puentes, María Doralisa (63 años); Fuentes Videla, Carmen G. (62 años); Molina Santana, María Teresa (62 años);Quintana Zurita, María Inés (62 años); Roca Sayes, Fresia Celina del C. (62 años); Soto Vera, María Soledad (62 años);
Vergara Troncoso, Nancy del Carmen (62 años); Riquelme Contreras, Juana del Rosario (60 años); Aguayo Yañez, MargaritaC. (58 años); Tapia Toro, María Angélica (57 años); Ulloa Neira, María E. (54 años)."AGURTO CHUENG GUISAN. ELENA con I. Municipalidad de Cauquenes". Rol: 63-93; "BARRA ENRIQUEZ MIRTAY OTROS con I. Municipalidad de Cauquenes", Rol: 123-93. y "AGULERA MACHUCA ÁNGEL Y OTROS con I. Municipalidadde Cauquenes", Rol: 38-93, del Juzgado de Letras de Cauquenes, por el pago de la asignación del artículo 40 del D.L.3.551/1980.Díaz Canales, llia Ester (*); Aravena Concha, Gastón (*); Moya Ramírez, Ana Haydee (*); Sánchez Sánchez, Ester
(*); Rojas Ortiz, María (*); Muñoz Flores, Humilde (*); López Barra, Idia Rosa (*); Gutiérrez Lara, Elia L. (*); Cerro Jara, Elcirade las M. (*); Martínez Suazo, Benita (*); Cisternas, Cisternas, María Graciela (*); Muñoz Henríquez, Gladys (*); AravenaVerdugo, José H. (*);Duran Gutiérrez, Brigido (*); Canales Espinoza, Silvio (*); Lara Pereira, María Apolina (*); VillegasOlivos, José (*); Quiroz Ravanal, Teresita (*); Vidal Valladares, Antonio (*); Canales López,Miguel Segundo (*); SánchezSepúlveda, Crisila (*); Cancino Pérez, Clodomiro (*); Cofre Cofre, Julio del T. (*); Ríos Muñoz, María (*); Pérez Guerrero,Fanor Arnaldo (*); Reyes Parra, Morelia (*); Díaz Espinoza, Ramón E. (*); Valenzuela Enríquez, Gerarda (*); Alvear Miranda,Gladys (*); Martínez Salazar, Heriberto Antonio (*); Medina Aravena, José Flavio (*); Vega Vásquez,Marina (87 años);Aravena Alarcon, Gildardo (86 años); Rodríguez Sepúlveda, Fresia del Carmen (85 años); Riquelme Bustos, Raúl Rene (84años); Vargas Bustos, María Alicia (84 años); Carikeo Vega, Aída (83 años); GuzmánUrrutia, José Romualdo (83 años);Alvear Márquez, Nelly (83 años); Acuña Aravena, Graciela (82 años); DuranSepúlveda, Marta del Carmen (82 años); AlvearMárquez Lily (82 años); Bustos, Bustos, Rene (82 años); Jara Apablaza, Claudina del C. (82 años); Leal Vega, Rene O. (82años); Briones Muñoz, Elba o Elvia Nelly (81 años); Cisterna Garrido, Mario(81años); Ibañez Soto, Adriana de las M. (81años); Muñoz Henríquez, Edina (81 años); Espinosa León, María (80 años); Pereira García, Carlos (80 años); Soto OrmeñoManuel (80 años); Landeros Alarcón, Rosalia (79 años); Bahamondes Mena, Rolando(79 años); Acuña Aravena, María Teresa(78 años); Aranda San Martín, Rodolfo (78 años); Coloma Torres, María Teresa (78 años); Echevarría Bravo, Waldo Ignacio(78 años); Espinoza Espinoza, Hernán (78 años); Figueroa Oyanzun,Jaime (78 años); Medel Agurto, María (78 años);Quiñones Duran Martín (78 años); Salagado Torres, Pedro Antonio (78 años); SepúlvedaValenzuela, Fresia D. (78 años);Torres Moya, Manuela (78 años); Yamal Albornoz, Seinap (78 años); Abarza Farias, María (77 años); Cerro Jara,Silvio A. (77años); Díaz Espinoza, María N. (77 años); Grez Bustos, Guacolda T. (77 años); Soto Pérez, Octavio (77 años); Cerro Jara,Gerardo María (76 años); Flores Domínguez, Inés del C. (76 años); Gaete Aravena, Ana Rosa (76 años); Jara BustosMargarita del C. (76 años); León León, Lucia del C.(76 años); Quiroz Amagada, Alicia (76 años); Gajardo Rodríguez, PedroIván (75 años); Aravena Coloma, Fresia (75 años); Arellano Díaz, Manuel (75 años); Barra Henríquez, Hugo (75 años);Fuentes Aravena, Vitelia (75 años); Muñoz, Alberto Antonio (75 años); Ortiz Rojas, María Haydes (75 años); Yamal Jiménez,Said (75 años); Bustos Retamal Victoria (74 años); Gallinato años); Moraga Moraga, Silvia Rosa (74 años); Salgado Galaz, Luis H. (74 años);Sanches Tapia, Inés Enriqueta (74 años);años); Arellano Peñailillo, Miguel (73 años);Fuentes Muñoz, Norma H (73 años); Fuentes Tejos María (73 años); Grandon Arellano, Jesús (73 años); Guijada Valenzuela,Aída (73 años); Jiménez Inostroza, Isabel (73 años); Orrego Contreras, Leonor (73 años); PeñaCastro, María Teresa (73años); Reyes Leal, María Magdalena (73 años);Salazar Enríquez Sergio (73 años); San Martín Vistoso, Rosa (73 años);Seguel Novoa, Rosa (73 años); Torres Muñoz, Juan F. (73 años); Canales Moya, Rosa Ester (72 años); Salazar Salgado ,Héctor Hernán (72 años); Cáceres Reyes, Luis W. (72 años); Chamarro Pradeñas, Francisco (72 años); Jara Retamal, RosaMaría (72 años); Ortiz Rojas, María Irma (72 años); Plaza Flores, Jorge Arnaldo (72 años); Riquelme Paredes, Sara (72 años);Ruiz Alarcón, Emiliano (*); Salazar Alarcón, María (72años); Salgado Galaz, Edison(72 años); Valencia Caceres, Miguel (72años); Yamal Jiménez, Bernardita(72 años); Álvarez Vega, Marta (71 años); Bustamante Yevenes,Abdul (71 años); DuranPérez, Auria A. (71 años); Fuandez Henríquez, Isabel G. (71 años); García Rojas, Rosamel Del C. (71 años); HernándezRecabarren, Hilda (71 años); Lara García, María Teresa (71 años); Martínez Suazo, María Filomena(71 años), Martínez Suazo,Zunilda (71 años); Moraga Opazo, María Eliana (71 años); Muñoz Osses, Adela del C. (71 años); Muñoz Torres Lucia (71años); Navarrete Moraga, Raúl (71 años); Salinas Olave, Estela (71 años); Sobarzo Rocha, Gladys (71 años); Yamal Albornoz,Alia (71 años); Abarzua Farias, Marta (70 años); Agurto Cancino, Anicia del Carmen (70 años); Arce Sarmiento, MaríaMercedes (70 años); Bueno Sorbazo, Riña del C. (70 años);Capurro Albornoz, Rosa (70 años); Castro Gutiérrez, Elizabeth H.(70 años), Jara Plaza, Jorge A. (70 años); Landeros Alarcón, Luz (70años);Opazo Veliz, José del Carmen (70 años); SalgadoGalaz, Ricardo (70 años); Soto Figueroa, Lutgarda (70 años); Agurto Duran, Ruby (69 años); Alarcón, Alarcón, Violeta delCarmen (69 años); Apablaza Garcia, Silvia Rosa (69 años); CanalaezBravo, Rolando ( 69 años); Faundez Aladana, Silvia Rosa(69 años); González Flores, Matilde (69 años); Guevara Martínez, Lady Aída (69 años);Hernández Pérez, José (69 años);Hormazabal Duran Germán (69 años); León Leal Heracrito (69 años); Martínez Suazo, Luisa E.(69 años); MenesesPradenes,Jaime Boris (69 años); Muñoz Duran, Elizabeth (69 años);Muñoz Villanueva, Silvia Blanca (69 años); Ortiz Letelier, María (69años); Paredenas Rivas María (69 años); Rivas Sánchez, Estela del Carmen (69 años);Aguilera Machuca, Ángel Armando (68años); Bustos Coloma, María Inés (68 años); Espinaza Saavedra, Iris Esperanza (68 años); Flores Domínguez,Juana (68años); Guevara Sanhueza, Margarita D. (68 años); JaqueAravena, Ena Sonia (68 años); Pérez Orellana, Guacolda (68 años) ;
Rojas Alarcón, Lucinda (68 años); Ruiz Alarcón, Juan Nivaldo (68 años); ToledoCabeza, Mirtha Alicia (68 años); Urra Cofre,Jaime (68 años); Valenzuela Gómez, Gilda (68 años); Aravena Aravena, Ana M. (67 años); Aravena Moya, Corina (67 años);Baravo Muñoz, María (67 años), Bravo Canales, María S. (67 años); Canales Moya, Laura (67 años); Castillo Castillo,Guillermo (67 años); Espinoza Galdames, Norma (67 años); Flores Domínguez, Ana Delia (67 años);Herrera Pino, Alicia (67años); Macaya Gatica, María R. (67 años);Pradeñas Riffo, Gregorio (67 años); Retamal Ávila, Mirian (67 años); ValdésGutiérrez, Filomena (67 años); Veloso, Veloso, Lilian (67 años); YañezGarrido, Mercedes (67 años); Agurto Chieng Guisan,Elena (66 años); Canales Soto, Irma del Carmen (66 años); Alvear Díaz, Gladys P. (66 años);Arellano Lira, Ana del C. (66años); Faundez Fuentes, Arturo (66 años); Figueroa Díaz, María (66 años); Muñoz Enríquez, Juana (66 años); ParraBurgos,Teresa (66 años); Peñailillo Reyes, Estela del Carmen (66 años);Pereira Opazo, Frasminia (66 años); Pérez Canales, Lucrecia(66 años); Rojas Bustos, Sonia Petronila (66 años);Urrutia Prat, Patricia (66 años); Valdés Quintana, Osear (66 años);Vásquez Henríquez, Pedro (66 años); Gavilán López,Magaly de las Mercedes (65 años); González Sáez, Gladys Cristina (65años); Montecinos Vásquez, Alonso Mercedes (65 años); Aguilera Machuca.Ángel Alberto (65 años); Canales Villarroel,Gastón (65 años); Espinoza Mena, Guadalupe (65 años); Muñoz Henríquez, Elia E. (65 años);Muñoz Jara, Bernarda (65años); Reyes Aravena, Erna del P. (65 años);Reyes Díaz, Luis A. (65 años); Soto Pérez, Ximena (65 años); Troncoso
enegas, Rebeca del R. (65 años); Veliz Pereda, Jaime (65 años); Amigo Yevenes,Carmen (64 años); Araya Muñoz, Orfelina(64 años); Arellano, Arellano Manuel Antonio (64 años); Arellano Lepe, Elba Rosa (64 años); Candía Pérez,Eva Vainey (64años); Cereceda Sepúlveda, Myreya del (64 años); Eulufi Luuna, Ramona del C (64 años); Fuentes Carreño, Dolores del C.(64 años); Guevara Alegría, Gladys (64 años); Moraga Berrios, Doris de las Nieves (64 años); Muñoz Salazar Fernando (64años); Opazo Veliz, María Eugenia (64 años); Orellana Jara, Enedina (64 años); Orellana Méndez, Silvia Ernestina (64 años);Ramonet Grandon, Rosa (64 años); Rojas Rojas, María (64 años); TapiaSepúlveda, Margarita (64 años); Torres Avila, Helmodel C (64 años); Córdoba Filippi, Patricia Virginia (63 años); Maldonado Pereda, María Ester(63 años); Alarcón Ríos , HéctorRaúl (63 años); Aravena Yañez, Mirta E. (63 años);Arellano Valdés, Lucia Isabel (63 años); Canales Gutiérrez, Francisco (63años); Carreño Cortes, Gloria (63 años); Ceballos Mora, Nelly Filomena (63años); Faundez Hormazabal, Zoila del C. (63años); Moraga Bustos, Lidia (63 años); Pérez Roldan, Mirian (63 años); Rivero Salgado, María (63 años); Rojas García, Iris (63años); Ruiz Alarcón, Juan (63 años); Suazo Ulloa, Hugo (63años); Villegas Venegas, Gabriel (63 años); Fuentes Hidalgo,Mónica Angélica (62 años); Ortiz Díaz, Elizabeth Oriana (62 años); Aguilera Machuca, Ángel Arturo (62 años); Amigo Merino,Miriam (62 años); Benavente Hernández, Mardoqueo (62 años); Canales Eulufi, María Teresa (62 años); JaraEspinoza, Jorge(62 años). Merino Segura, Angélica (62 años); MoralesOrostica, Gimena (62 años); Muñoz Díaz, José (62 años);NorambuenaCastro, Humberto (62 años); Pinochet Garrido, PedroAntonio (62 años); Sanhueza Basaul, Isabel Alejandro (62 años); Soto
Pérez, Carlos (62 años); Urbina Canpos, Verónica (62 años); Vera Briones,Laura del Carmen (62 años); Villegas Olivos, Rosa(62 años); Agurto Cancino, Estelvina (61 años); Agurto López, Mary Teresa (61 años); Alvarado Urrutia,Alicia C. (61 años);Andia Cariqueo, Marcial Ernesto (61 años); Cárdenas Peñailillo, María (61 años); Coloma Benavente, Marina Merced (61años); Duran Rodríguez, Carlos R. (61 años); Escalona Pérez, Lucila del C.(61 años); Espinoza Torres, María (61 años);González Sepúlveda, Ciro Hernán (61 años); Jara Norambuena, Hilda Luisa (61 años); León'Vera, Ana del C (61 años);Martínez Suazo, Rosario ( 61 años); Muñoz Norambuena, Adelina años); Opazo Veliz, Nancy Antonieta (61 años); Torres Moya, Margarita (61años); Bueno Salgado, Gladis Yolanda (60 años);Torres Castillo, Rubi María (60 años); Burgos Norambuena, América (60 años); Cancino Pérez, MirtaAurora (60 años);Carmona Pradeñas, Rene (60 años); Estuardo Vergara,Herna (60 años); Landeros Novoa, Ida del Carmen (60 años); LeónMuñoz, Heriberto (60 años); Meza Irribarra, Gloria Paz (60 años); MoralesOrellana, Jorge Alejandro (60 años); Opazo Pérez,Ebaristo (60 años);Pérez Guzmán, Juan Eufrosinio (60 años); Pinto Briones, Arlette (60años); Sánchez Ibarra Yisel (60años); Yáñez Retamal, Bélgica (60 años); Peña Aravena, María Gloria (59 años); Alegría Fuentes, Armando Antonio (59
años); Alvial Loyola, Beatriz (59 años); Aravena Luna, Eliana (59 años); Barra Eulufi, Juana (59 años); Díaz Alarcón, Iris del(59 años); Fuentes Carreño, Juana Mariua (59 años); Jara Escalona, Juan Francisco (59 años); Machado Barrera, Nancy (59años); Meza Gatica, Carlos Patricio (59 años); Peiñailillo Reyes,Augusto (59 años); Pérez Orellana, Marcelo (59 años); RivasTorres, Luz Herminia(59 años); Rojas Cárdenas, Mitzi Carolina (59 años); Ruiz Geurra, Sara(59 años); Salgado Gutiérrez,Juana (59 años); Sepúlveda Kaiser, Soledad de L. (59 años); Urrutia Alarcón, María (59 años); Veliz Grandon, María Angélica(59 años). Vera Briones, Adelina del Carmen (59 años); EspinozaDuran, Pedro Enrique (58 años), Montesinos Becar, SergioEnrique (58 años), Álvarez Cancino, Inés (58 años), Aravena Amigo, Lilian Rosa (58 años);Barrueto Sepúlveda, Jeanette (58años); Campos Lobos, Lilian Ester (58 años); Candía Muñoz, Eugenio del T (58 años); Cerro Martínez, Mario Gerardo(58años); Cifuentes Flores, María (58 años); Díaz Faundez, MaríaAngélica (58 años); Domínguez Hormazabal, Miriam G. (58años); Peña Guajardo, Aura (58 años); Pineda Tarac, Víctor (58 años); Rojas Benavente,Gerardo Humberto (*); SalazarSalgado, Carmen (58 años); Seguy Henríquez, Carmen Rosa (58 años); Valenzuela Faundez, Delfina Mar (58 años); MaureiraBueno, Carmen Rita (57 años); Ahumada Zúñiga, María (57 años);Cerro Martínez, Liliana Amanda (57 años); CisternasChamorro, Víctor Manuel (57 años); Concha Espinace, Alejandro Antonio (57 años); GaldameEspinoza, Laura Rosa (57años); Luna Ávila, Malvina de las M. (57 años); Maldonado Lobos, Victoria (57 años); Mellado Norambuena, Lilian M. (57años); Reyes Aravena, Hilda (57 años); Villarroel Fuentes, Nilia de L. (57años); Zamorano León, Gloria Eliana (57 años), BarraHenríquez, Mirta Elizabeth (56 años); Borda Peebles, Roberto Alfonso (56 años); Campos Castro,María Rebeca (56 años),Canales Torres, Gerardo (56 años); CanalesTorres, Jorge Enrique (56 años), Cárdenas Grandon, Hilda Elizabeth (56 años);Salgado Barra, María (56 años); Pincheira Leiva, Rafael Agustín (55años); Quiroga Molina, Carlos Antonio (55 años);Sotomayor Hormazabal, Heraldo Ulises (55 años); Espinoza Loyola, Luz Ester (55 años); HernándezOrellana, Gloria (55años); Yáñez Recabal, Juan (55 años); ZapataLagos, Graciela (55 años); Neuñez Vega, Carmen Sara (54 años);TroncosoVenegas, Víctor Manuel (54 años); Veliz Ávila, Nibaldo Enrique (54 años); Vera Briones, Delia del Carnien (54 años); DíazAcuña, Rosario de las Mercedes (53 años); Canales Pinochet, Luz María (53 años); Canales Carrasco, Marco (52 años);Marino Ayala, Patricia (52 años); Arellano Araya, Leonor (51 años)."ABARZA FARÍAS, NEFTALÍ DANIEL Y OTROS con I. Municipalidad de Chanco", Rol: 217-93; y "AGUILARLAZCANO, ANA ELENA Y OTROS con I. Municipalidad de Chanco", Rol: 221-93, del Juzgado de Letras de Chanco, por elpago de la asignación del artículo 40 del D.L. 3.551/1980.Contreras Fuentealba, Celso del Carmen (*); Contreras Jara, Guillermo Ernesto (*);Álvarez Jara, María Liliam (*);Yáñez Recabal, Eduardo Andrés (*);MolinaOyarce, Rolando Antonio (*); Muñoz Minchel, Humberto Ángel (*);EscalonaEspinoza, Rafaela de las Mercedes (*); Vistoso Sepúlveda, LiberatoSegundo (*); Aldana Alvear, Raúl Antonio (*); PérezParedes, Luis Teobaldo (*); Cortés Reyes, María Leontina (83 años); Orellana Gutiérrez, Heriberto del Carmen (80 años);Espinoza Sánchez, Beatriz (67 años); Olivares Quezada, Clara Haydee (76 años); Martínez Espinoza, Silvia Inés (73 años);Orellana Verdugo, Inés del Carmen (72 años); Guajardo Alvear, NormaInés (71 años); Verdugo Iturra, Jorge Humberto (71años); Muñoz Minchel, Heriberto Arnaldo (69 años); Salgado Fuentes, Juana del Carmen (69años); Muñoz Loez, Hidal Amalia(67 años); Orellana Gutiérrez, Hugo del Tránsito (67 años); Salgado Fuentes, Aída del Rosario (67 años); GuajardoParra,Nelly del Carmen (66 años); Aravena Hernández, Hugo (65años); Carrasco Moya, Haydee del Carmen (65 años); MuñozLópez, Sabina del Carmen (65 años); Bustos Kuroki, Jaime Alberto (64 años); EspinozaSepúlveda, Meza Montesinos, Marcelina de las Nieves (64 años); Doizi Trueco, ElizabethVerónica (63 años); Veliz Pereda, Nelson Aler(63 años); Vergara Encina, Angela María (63 años); Arellano Lira, Genoveva de las Mercedes (62 años); Contreras Manríquez,Elsa de las Nieves (62 años); García Vera, RamiroAurelio (62 años); Moraga Reyes, Marta Iris (62 años); Muñoz Minchel,
Eliana Concepción (62 años); Guajardo Parra, Genoveva del Carmen (62 años);Alvarado Mondaca, Rosa Eliana (61 años);Norambuena Chamorro, Teófila Ester (61 años); Pérez Márquez, Elsa del Carmen (61 años); Pérez Opaso, Alicia (61 años);Gutiérrez Fuentealba, Arturo Enrique (61 años); Abarza Farias, Neftalí Damaliel (60 años); Canales Díaz, Rosa del Carmen (60años); Castro González, Osear Enrique (60 años); Letelier Fuentes, Eleodora del Rosario (60 años); Retamal Orellana,Bernardita de Lorudes (60 años); Arevalo Jara, María Rodope (59 años); Castro González, Rómulo Edgardo (59 años);Espinoza Cortés, Adelina de las Mercedes (59 años); Fuentes Molina, Olivia del Carmen (59 años); Gómez Moraga, HéctorAntonio (59 años); Guajardo Parra, Elizabeth del Carmen (59 años); Hernándes Vásquez, Gloria Elizabeth (59 años); PeñaAravena, Manuel Antonio (59 años); Rodríguez Torres,María Cecilia (59 años); Pérez Espinoza, Edith Adriana (59 años);Alarcón Romero, Hugo Alberto (58 años); Espinoza Campos, Leonor Clarina (58 años); Guajardo Gutuerrez (sic), JuanaGuillermina (58 años); Meza Gatica, Angélica Violeta (58 años); Muñoz Hidalgo, Patricio Alberto (58 años); Opazo Pérez,Carmen Cecilia (58 años); Díaz Campos, Abraham del Rosario (58años); Yevenes Faundez, Sonia del Tránsito (58 años);Aguilar Lazcano, Ana Elena (58 años); Moran González, Sergio Iván (57 años);Muñoz Duran, RosaElena (57 años); PérezRetamal, Elsa del Pilar (57 años);MontesinoCancino, Blanca Josefina (56 años); Rodríguez Torres, OrfelinaAngélica (56años); Andia Cariqueo, José Gustavo (54 años); Landeros Novoa, Eduardo Antonio (54 años); Salazar Aguayo, Sonia Beatriz(54 años),Tapia Tapia, Stanly Antonio (54 años); Vera Fuentes, Yoconda de lasNieves (54 años); Peña Ríos, Vety de lasMercedes (54 años); Martínez Espinoza, Nilvia Irene (53 años).
"ALEGRÍA CANCINO, LUCILA Y OTROS con I. Municipalidad de Pelluhue", Rol: 218-93; y "ARAVENA ESPINOZA,
MARÍA MERCEDES Y OTROS con I. Municipalidad de Pelluhue". Rol: 222-93, del Juzgado de Letras de Chanco, por el pago
de la asignación del artículo 40 del D.L. 3.551/1980.
Espinoza Suazo, Fidelina del Carmen (*); Canales Paredes, Gladys Ester(80años); Orellana Leal, Sofanor (71 años);Bravo Aravena, Adriana (70 años); Yáñez Gallardo, Pedro Ramón (69 años); Torres Yáñez, Eduardo Onofre (68 años);Cárdenas Márquez, Irma Ester (64 años); Salazar Soto, María Benita(63 años); Ayala González, Joaquín del Carmen (62años); González Jaque, Adrián Gustavo (62 años); Domínguez Ávila, Isabel de las Mercedes (61 años);Mora de la Hoz, Elenadel Carmen (61 años); Espinoza Vallejos, Juan de laCruz (60 años); Zambrano González, Wilson Edgardo (60 años); OrellanaGuajardo, María Ninfa (59 años); Vera Aravena, Mónica Beatriz (59años); Araya Godoy, Melba Ivone (58 años); Jara Amigo,Juan Francisco (58 años); Maureira Cáceres, María Socorro (58 años); Paredes Orellana, Elena delCarmen (58 años); ValdésMedina, Manuel Eduardo (58 años); Muñoz Luna, Teolina Tavita (58 años); Alegría Cancino, Lucila de las Mercedes (57años); Faundez Opazo, Alicia de las Mercedes (57 años); Hernández Pérez, Crescencia Ester (57 años); Leiva Salas, JoséHeriberto (57 años), Aravena Espinoza, María Mercedes (57 años); Villaseñor Jara, Jaime Antonio (56 años); Guayiler Yáñez,
Gloria María (55 años); Andaur Alarcón, María Marlene (54 años); FloresAcuña, Patricia (54 años); Fuentes Recabal, Miriamdel Carmen (53 años).afirman que no se ha dado cumplimiento a las sentencias judiciales yque, dado que ha transcurridotiempo en exceso, la salud de los profesores ha deteriorado significativamente y varios han fallecido4.
19.
Por lo anterior, los peticionarios afirman que el Estado habría incurrido enviolaciones a los artículos 8, 21, 25 y 26 de la Convención Americana enrelación al 1.1 y 2 del mismo instrumento internacional.
B.
Posición del Estado
20.
El Estado alega que la petición debía ser declarada inadmisible. Respecto de los profesores de Chañaral señala que los peticionarios no agotaron los recursos de jurisdicción interna antes de presentarse ante la Comisión pues, por regla general, toda resolución puede ser impugnada por la parte afectada, ante el mismo tribunal que la dictó, a través del recurso de reposición ó ante
el tribunal superior, a través del recurso de apelación y posteriormente el de casación y el de queja.
21.
Así, el Estado alega que, teniendo a su disposición dichos recursos jurisdiccionales,todos según el Estado adecuados y eficaces, los peticionarios omitieron su presentación, pararevertir la decisión del 20 de junio de 2005,mediante la cual el Tribunal de Letras de Chañaralhabría tenido presentela excusa de cumplimiento hecha valer por la parte demandada.
22.
El Estado añade que, aunado a los recursos señalados, los peticionarios contabantambién con el recurso de protección, consagrado en la ConstituciónPolítica de la República deChile, contra actos u omisiones queconsideraran violatorios de sus derechos fundamentales. Agregaque dicho recurso es adecuado y eficaz y su objeto es que se tomen medidas inmediatasparareparar los perjuicios causados, en el caso concreto, laprivación, perturbación o amenaza en elderecho de propiedad de las presuntas víctimas.
23.El Estado alega que al no haber interpuesto ninguno de los recursos mencionados,los peticionarios privaron al Estado de la posibilidad de resolveren el orden interno la cuestióndebatida.
24.
Por otra parte, el Estado señala que, al momento de la interposición de la petición,(*) Los peticionarios informaron del fallecimiento de la presunta víctima en el trámite ante la CIDH.
4 Según información proporcionada por los peticionarios en la reunión de trabajo del 26 de octubre de 2011; a esafecha, las siguientes presuntas víctimas habían fallecido: de la Municipalidad de Chañaral: Alexis, J. Cornejo Campos; de laMunicipalidad de Vallenar: Norma E. Valderrama Martínez, Silvia Edith Meléndez Cortés, Rosa Elena González Zepeda, Elbadel C. Silva González, Ana Maria Eugenia Zamora Rowe, César Hernán Rivera Barrera, Enrique G. CavadaMauske, MaríaEdilia Valenzuela Portilla, Gladys Ruth González Rojas, Noel Salomón Zuleta Aguilera, Nolvia Luisa Rojas Veliz, Norma AntoniaMarin Escobar, Maranda Yolanda Paez Buigley, Edmundo Mazimo Quezada Araya,Carlos E. Sepúlveda Godoy, Héctor MiguelMorales Morales, Cecilia del C. Pacheco Pacheco, Mateo Segundo Pierotic Cortés, Eduardo Hernando Concha Jirón, Felisa delC. Monardez lillo, Gregorio Víctor Castillo Marin; de la Municipalidad de Parral: Adq del C. Salvo Candia, Miguel Ángel RuizMorales, Alicia del C. Bustamante Pincheira, Nilsa Fredes Salazar Aravena, Fortunato delas Rosas Sepúlveda Gutiérrez,Gladys Elena del Carmen Muñoz González,Luis Arturo Fuentes Amagada, Sonia A. Czischke Oyharcabal, José del CarmenAravena Fuentes, Nahor Rivas Ahumada; de la Municipalidad de Cauquenes: llia Ester Díaz Canales, Gastón Aravena Concha,Ana Haydee Moya Ramírez, Ester Sáncehz Sánches, María Rojas Ortiz, Humilde Muñoz Flores, Idia Rosa López Barra, Elia L.Gutiérrez Lara, Elcira de las M. Cerro Jara,Benita Martínez Suazo, María Graciela Cisternas Cisternas, Gladys MuñozHenríquez, José H. Aravena Verdugo, Brigido Duran Gutiérrez, Silvio CanalesEspinoza,María Apolina Lara Pereira, JoséVillegas Olivos, Teresita Quiroz Ravanal, Antonio Vidal Valladares, Miguel Segundo Canales López,Crisila SánchezSepúlveda, Clodomiro Cancino Pérez, Julio del T. Cofre Cofre, María Ríos Muñoz, Fanor Arnaldo Pérez Guerrero, Morelia
Reyes Parra, Ramón E. Díaz Espinoza, Gerarda Valenzuela Henríquez, Gladys Alvear Miranda, Heriberto Antonio MartínezSalazar, José Flavio Median Aravena; de la Municipalidad de Chanco: Celso del Carmen, Contreras Fuentealba, GuillermoErnesto Contreras Jara, maria Liliam Álvarez Jara, Eduardo Andrés Yáñez Recabal, Rolando Antonio Molina Oyarce, Humberto
Ángel Muñoz Minchel, Rafaela de las Mercedes Escalona Espinoza, Liberato Segundo Vistoso Sepúlveda, Raúl Antonio AldanaAlvear, Luis Teobaldo Pérez Paredes; y de la Municipalidad de Pelluhue: Fidelina del Carmen Espinosa Suazo.10
existía un contrato de transacción extrajudicial suscrito por las partes, con el objeto de poner término al litigio pendiente ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Chañaral. Así, señala que en cumplimiento de la cláusula 4 del Convenio de Pago, el Municipio habría procedido a demandar al Fisco de Chile para que otorgara los fondos necesarios.
25.
En comunicación del 29 de agosto de 2008, el Estado informó a la Comisión que la Municipalidad de Chañaral habría cumplido plenamente en junio de 2008, el convenio de pago por los montos adeudados a los profesores denunciantes ante la Comisión, acuerdo que habría sido suscrito ante el Juzgado de Letras de Chañaral, pago que se habría realizado con fondos propios de la municipalidad.
26.
El Estado subrayó la falta de legitimación de los "demás profesores que se encuentren en igual condición jurídica que los profesores de Chañaral por exceder los márgenes de admisibilidad permitidos por la Convención al referirse a una generalidad". En ese sentido, el Estado no presentó más alegatos relacionados con las municipalidades de Chanco, Pelluhue, Parral, Vallenar y Cauquenes.
IV.
A.
ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD
Competencia de la Comisión ratione personas, ratione materias, ratione temporis y ratione loci
27.
Los peticionarios están legitimados para presentar una petición ante la Comisión conforme a lo previsto en el artículo 44 de la Convención Americana. En la petición se nombra como supuestas víctimas a 852 individuos respecto a los cuales el Estado ha asumido el compromiso de respetar y garantizar los derechos reconocidos por la Convención Americana. En cuanto al Estado, la
Comisión toma nota de que Chile es un Estado parte de la Convención desde el 21 de agosto de 1990, fecha en que depositó su instrumento de ratificación. Por lo tanto, la Comisión posee competencia ratione personae para examinar la petición.
28.
La Comisión posee competencia ratione loci para considerar la petición, ya que en ésta se alegan violaciones de derechos protegidos por la Convención Americana ocurridos dentro del territorio de un Estado parte de la misma. La CIDH posee competencia ratione temporis puesto que la obligación de respetar y garantizar los derechos protegidos en la Convención Americana regía para
el Estado a la fecha en que se afirma que ocurrieron las supuestas violaciones de derechos alegadasen la petición que se relacionan con un presuntoincumplimiento con decisiones judiciales emitidasdespués de la entrada en vigencia. Finalmente, la Comisión posee competencia ratione matenaeporque en la petición se aducen violaciones de derechos humanos protegidos por la ConvenciónAmericana.
B. Otros requisitos de admisibilidad de la petición
1. Agotamiento de recursos internos
29.
El artículo 46(1 )(a) de la Convención Americana dispone que, para que sea admisibleuna denuncia presentada ante la Comisión Interamericana, de conformidad con el artículo 44 de laConvención, es necesario que se hayan intentado y agotado los recursos de jurisdicción interna,conforme a los principios del derecho internacional generalmente reconocidos. Este requisito tiene como objeto garantizar al Estado en cuestión la posibilidad de resolver controversias dentro de su propio marco jurídico.
30.
El requisito de agotamiento de los recursos internos se refiere a los recursos
judiciales disponibles, adecuados y eficaces para solucionar la presunta violación de derechos11 humanos. La misma Convención prevé que esta disposición no se aplique cuando los recursos internos no están disponibles por razones de hecho o de derecho. Más concretamente, el artículo
46.2 establece excepciones al principio general de agotamiento de los recursos internos: (a) cuando la legislación interna del Estado no concede las debidas garantías para la protección de los derechos cuya violación se alega; (b) si se ha obstaculizado el acceso del presunto damnificado a los recursos de jurisdicción interna; (c) o si se ha presentado un retardo injustificado en la resolución del asunto.
31.
Los peticionarios refieren que la responsabilidad de pago de lo ordenado por
sentencia judicial es de las municipalidades y del Estado chileno. Los peticionarios alegan que las resoluciones so n ejecutorias y no de término y que según el Código de Procedimiento Civil, corresponde al juez de la causa dictar las medidas conducentes a dicho cumplimiento.
32.
En sus observaciones adicionales, los peticionarios señalaron que los recursos de casación y queja, señalados por el Estado, son recursos extraordinarios que proceden exclusivamente contra sentencias definitivas o interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación. Agregan que, por su parte, los recursos ordinarios de reposición y apelación tienen por objeto obtener la modificación de una resolución judicial, no siendo efectivos y eficaces, según los peticionarios, para revertir el desacato de los municipios a la orden impartida por el Tribunal. Por otra parte, los peticionarios alegaron que en cuanto a la acción de garantía constitucional o de protección, la práctica interna mostraría que dicha acción no resulta apropiada tratándose de resoluciones judiciales.
33.
Por otra parte, señalaron que los recursos que había señalado el Estado que debían interponer no serían eficaces puesto que la misma Ley de Municipalidades expresa claramente que los bienes municipales son inembargables por lo que, aclaran, mientras rio se dicte el decreto alcaldicio para emitir el pago, las personas afectadas se ven imposibilitadas de seguir otros caminos para lograr que se les pague lo resuelto mediante sentencias judiciales.
34.
Respecto del proceso seguido por la Municipalidad de Chañaral en contra del Fisco de Chile, iniciado en el 2000 y que a la fecha de la audiencia ante la Comisión se encontraría pendiente ante la Corte Suprema de Chile, los peticionarios aclararon que era un proceso en el que la municipalidad pretendía que el Fisco le proporcionara el dinero para cumplir con el pago de las sumas decretadas por la Corte de Apelaciones. Agregaron que no se trataba de un recurso interno efectivo y eficaz por cuanto las presuntas víctimas no son parte del proceso judicial; las partes del juicio fueron el Fisco y la Municipalidad de Chañaral. En comunicación del 29 de diciembre de 2008,
los peticionarios informaron a la Comisión que el 12 de junio de 2008, la Corte Suprema habría rechazado la acción, poniendo fin a la instancia. En el mismo sentido, respecto a la Municipalidad de pago de las obligaciones impuestas por sentencia judicial, la Corte Suprema rechazó dicha pretensión. Cauquenes que pretendía obtener financiamiento del Fisco para el
35.
La Comisión observa que para obtener el pago de sus previsiones sociales, las
presuntas víctimas, profesores de las municipalidades de Chañaral, Chanco, Pelluhue, Parral,Vallenar y Cauquenes, demandaron a los municipios ante las correspondientes autoridadesjurisdiccionales en materia de trabajo y obtuvieron sentencia definitiva a su favor. Asimismo, de lainformación presentada a la Comisión, se observa que en todos los casos se inició un procedimientode liquidación, contando ya las deudas con montos específicos aprobados por los tribunalescorrespondientes y que desde entonces hasta la fecha, las presuntas víctimas han firmado variosconvenios con los municipios, lográndose solamente en el caso de dos municipios el pago de ciertos
montos, lo que ellos caracterizan como montos muy parciales e inferiores.
36.
Así, la Comisión advierte que los peticionarios han acudido a las instancias
jurisdiccionales competentes en el ámbito interno, presentando los recursos ordinarios contempladospor la legislación chilena, tendientes a remediar la afectación de los derechos de las presuntas12víctimas y, por lo tanto, que el Estado conocía plenamente las reclamaciones que dieron lugar a lapetición de autos y los recursos señalados por éste son de carácter extraordinario, de los que laComisión no exige su agotamiento.
37.
La Comisión advierte que las sentencias definitivas a favor de las presuntas víctimas se dictaron entre 1993 y 1997 según lo alegado por las autoridades jurisdiccionales competentes y, a la fecha de elaboración del presente informe, no habrían sido cumplidas, por lo que corresponde aplicar la excepción contenida en el artículo 46.2.c. de la Convención.
2.
Plazo para la presentación de la petición
38.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1.b de la Convención, para que se admita una petición ésta debe presentarse dentro del plazo estipulado, o sea, seis meses contados a partir de la fecha en que el presunto lesionado en sus derechos haya sido notificado de la decisióndefinitiva dictada a nivel nacional. En el reclamo bajo análisis, la CIDH ha establecido la aplicaciónde las excepciones al agotamiento de los recursos internos conforme al artículo 46.2.c de laConvención Interamericana. Al respecto, el artículo 32 del Reglamento de la Comisión estableceque en los casos en los cuales resulten aplicables las excepciones al previo agotamiento de losrecursos internos, la petición deberá presentarse dentro de un plazo razonable,a criterio de laComisión. A tal efecto, la Comisión debe considerar la fecha en que haya ocurrido la presuntaviolación de los derechos y las circunstancias de cada caso.
39.
En el presente caso, la Comisión observa que con posterioridad a la emisión por parte de las autoridades chilenas de las sentencias definitivas, se siguieron procesos de liquidaciónde montos y, que en algunos casos, las presuntas víctimas habrían suscrito convenios de pago losque no habrían sido cumplidos, por tanto, el proceso de ejecución de las sentencias continuaríapendiente hasta el momento de elaboración del presente informe. En ese sentido, y en consideraciónde que el objeto del reclamo versa sobre el presuntoincumplimiento de las sentencias judicialesmencionadas, y que ello constituye una situación que continua, la Comisión considera que la
petición ha sido presentada en un tiempo razonable y que debe darse por satisfecho el requisito de admisibilidad referente al plazo de presentación.
3.
Duplicación de procedimientos y res judicata
40.
El artículo 46.1.C establece que la admisión de una petición está supeditada al
requisito de que el asunto "no esté pendiente de otro procedimiento de arreglo internacional" y elartículo 47.d de la Convención estipula que la Comisión no admitirá una petición que sea"sustancialmente la reproducción de una petición o comunicación anterior ya examinada por laComisión u otro organismointernacional."
41.
En el caso de autos, el Estado alega que el Colegio de Profesores de Chile habríapresentado el caso ante la Organización Internacional del Trabajo. Al respecto, los peticionariosaclaran que dicho procedimiento internacional no es de aquellos señalados por el artículo 46.1.Caunado a que esa denuncia se encuentra presentada por el Colegio de Profesores que no es partedentro de la petición que se analiza en el presente informe. Los peticionarios indican que la quejapresentada ante la Comisión reclama la responsabilidad internacional del Estado por incumplimientode sentencias judiciales determinadas, firmes y ejecutoriadas, mientras que la reclamación delColegio de Profesores de Chile A.G., entidad que reúne a todos los profesores del país, se avoca a larevisión del proceso de descentralización de la educación respecto de la afectación de los derechos del cuerpo docente en el marco de las obligaciones internacionales laborales asumidas por Chile.
13
42.Cabe señalar que la Comisión ha sostenido que para que se considere que en uncaso hay duplicación o cosa juzgada internacional se requiere que la petición esté siendoconsiderada, o haya sido decidida, por un organismo internacional que tenga competencia paraadoptar decisiones sobre los hechos específicos contenidos en la petición, y medidas tendientes a laefectiva resolución de la disputa de que se trate5.
43.
En ese sentido, la Comisión ha establecido que las recomendaciones emanadas porla OIT no tienen la misma naturaleza que el procedimiento ante el Sistema Interamericano de protección de los derechos humanos6, toda vez que dicho procedimiento produce recomendacionesy no "un arreglo efectivo de la violación denunciada"; sus decisiones "no conllevafn] ningún efecto
jurídico vinculante, ni pecuniario-restitutivo, o de carácter indemnizatorio"7.
44.
La Comisión observa que no se presenta ninguna circunstancia de inadmisibilidad respecto de este punto. Por lo tanto, la Comisión concluye que en el presente caso corresponde dar por cumplidos los requisitos establecidos en los artículos 46.1.C y 47.d de la Convención.
4.
Caracterización de los hechos alegados
45.
El artículo 47.b de la Convención Americana establece que se declararán
inadmisibles las peticiones en que no se expongan hechos que caractericen una violación de losderechos garantizados por la Convención.
46.
Ni la Convención Americana ni el Reglamento de la CIDH exigen al peticionario identificar los derechos específicos que se alegan violados por parte del Estado en el asunto sometido a la Comisión, aunque los peticionarios pueden hacerlo. Corresponde a la Comisión, con base en la jurisprudencia del sistema, determinar en sus informes de admisibilidad, qué disposición
de los instrumentos interamericanos relevantes es aplicable o podría establecerse su violación, si los hechos alegados son probados mediante elementos suficientes.
47.
En el presente caso,no le corresponde a la Comisión en esta etapa del procedimiento, decidir si se produjeron o no las alegadas violaciones a la Convención Americana. La CIDH realizó una evaluación prima facie y determinó que la petición plantea denuncias que, si se prueban, podrían tender a caracterizar posibles violaciones a los derechos garantizados por la Convención.
48.
De los argumentos y la información presentada por los peticionarios, se advierte que su denuncia versa sobre el incumplimiento de resoluciones judiciales con carácter definitivo,dictadas a favor de 852 profesores chilenos entre 1993 y 1996 y, que a la fecha, continúan sin cumplimiento, no obstante que en el caso de dos municipalidades se habrían hecho algunos pagos en el año 2008. Tomando en cuenta los argumentos respecto al tiempo que ha transcurrido desde la emisión de las sentencias, y la presunta falta de medidas judiciales efectivas que permitan exigir la ejecución de las mismas, la Comisión considera que de probarse lo alegado por los peticionarios,
5 CIDH, Informe N° 89/05 (Inadmisibilidad), Caso 12.103, Cec/7/a Rosa Nuñez Chipana, (Venezuela), párr. 37.
6 Corte IDH. Caso Baena Ricardo y otros Vs. Panamá. Excepciones Preliminares. Sentencia de 18 de noviembre de 1999. Serie C No. 61, párr. 57.
7 CIDH, Informe No. 14/97, Caso 11.381 (Nicaragua), 12 de marzo de 1997, párr. 47; CIDH Informe No. 21/06, Petición 2893-02, Trabajadores de la empresa Fertilizantes de Centroamérica (FERTICA) (Costa Rica), 2 de marzo de 2006, párr. 40; CIDH Informe No. 23/06, Petición 71-03, Miembros del Sindicato de Trabajadores del Ministerio de Educación (ATRAMEC) (El Salvador), 2 de marzo de 2006, párr. 27; CIDH Informe No. 140/09, Petición 1470-05, Miembros del Sindicato de Trabajadores Oficiales y Empleados públicos de Antioquia (SINTRAOFANj (Colombia), 30 de diciembre de 2009,
párr. 75.14 podrían caracterizarse violaciones a los artículos 8.1 (garantías judiciales), 21 (derecho de propiedad) y 25 (protección judicial) de la Convención Americana, con relación al 1.1 (obligación de respetar y garantizar derechos) y 2 (deber de adoptar disposiciones de derecho interno) del mismo
instrumento, que corresponden ser evaluadas en la etapa de fondo. Asimismo, en cuanto a las alegadas consecuencias que en la salud y vida de las presuntas víctimas habría tenido el presunto exceso de tiempo, la Comisión hará el análisis correspondiente, en la medida de lo pertinente y a la luz de lo establecido en el artículo 5 de la Convención Americana, durante la etapa de fondo.
49.
Por otra parte, la Comisión concluye que no cuenta con elementos de juicio que le permitan inferir una presunta caracterización de violaciones al artículo 26 de la Convención, por parte del Estado chileno.
V.
CONCLUSIONES
50.
La Comisión concluye que es competente para tomar conocimiento del caso de autos y que la petición es admisible conforme a los artículos 46 y 47 de la Convención Americana.
51.
En virtud de los argumentos tácticos y jurídicos que anteceden, y sin prejuzgar sobre el fondo del asunto,
LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
DECIDE:
1.
Declarar admisible el caso de autos en relación con las violaciones que se alegan, de los derechos reconocidos en los artículos 5, 8.1, 21 y 25, con relación al 1.1 y 2 de la Convención Americana.
2.
Declarar inadmisible el caso, en relación con el artículo 26 de la Convención
Americana.
3. Notificar la presente decisión a las partes.
4. Proseguir el análisis del fondo del asunto.
5. Hacer público el presente informe y publicarlo en su Informe Anual a la Asamblea General de la OEA.
Dado y firmado en la ciudad de Washington, D.C., a los 20 días del mes de marzo de 2013. (Firmado): José de Jesús Orozco Henríquez, Presidente; Tracy Robinson, Primera Vicepresidenta; Rosa María Oritiz, Segunda Vicepresidenta; Dinah Shelton, Rodrigo Escobar Gil, y Rose-Marie Antoine, Miembros de la Comisión.
El que suscribe, Emilio Álvarez Icaza L., en su carácter de Secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, de conformidad con el artículo 49 del Reglamento de la Comisión, certifica que es copia fiel del original depositado en los archivos de la Secretaría de la CIDH.
Emilio Álvarez Icaza L.
Secretario Ejecutivo14
podrían caracterizarse violaciones a los artículos 8.1 (garantías judiciales), 21 (derecho de propiedad) y 25 (protección judicial) de la Convención Americana, con relación al 1.1 (obligación de respetar y garantizar derechos) y 2 (deber de adoptar disposiciones de derecho interno) del mismo instrumento, que corresponden ser evaluadas en la etapa de fondo. Asimismo, en cuanto a las
alegadas consecuencias que en la salud y vida de las presuntas víctimas habría tenido el presunto exceso de tiempo, la Comisión hará el análisis correspondiente, en la medida de lo pertinente y a la luz de lo establecido en el artículo 5 de la Convención Americana, durante la etapa de fondo.
49.
Por otra parte, la Comisión concluye que no cuenta con elementos de juicio que le permitan inferir una presunta caracterización de violaciones al artículo 26 de la Convención, por parte del Estado chileno.
V.
CONCLUSIONES
50.
La Comisión concluye que es competente para tomar conocimiento del caso de autos y que la petición es admisible conforme a los artículos 46 y 47 de la Convención Americana.
51.
En virtud de los argumentos tácticos y jurídicos que anteceden, y sin prejuzgar sobre el fondo del asunto,
LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
DECIDE:
1.
Declarar admisible el caso de autos en relación con las violaciones que se alegan, de los derechos reconocidos en los artículos 5, 8.1, 21 y 25, con relación al 1.1 y 2 de la Convención Americana.
2.
Declarar inadmisible el caso, en relación con el artículo 26 de la Convención
Americana.
3. Notificar la presente decisión a las partes.
4. Proseguir el análisis del fondo del asunto.
5. Hacer público el presente informe y publicarlo en su Informe Anual a la Asamblea General de la OEA.
Dado y firmado en la ciudad de Washington, D.C., a los 20 días del mes de marzo de 2013. (Firmado): José de Jesús Orozco Henríquez, Presidente; Tracy Robinson, Primera Vicepresidenta; Rosa María Oritiz, Segunda Vicepresidenta; Dinah Shelton, Rodrigo Escobar Gil, y Rose-Marie Antoine,
Miembros de la Comisión.
El que suscribe, Emilio Álvarez Icaza L., en su carácter de Secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, de conformidad con el artículo 49 del Reglamento de la Comisión, certifica que es copia fiel del original depositado en los archivos de la Secretaría de la
CIDH.
Emilio Álvarez Icaza L.
Secretario Ejecutivo