Entre los ministros demandados
se encuentran Beyer y Longueira quienes, de acogerse la demanda, serán
notificados dentro de los plazos que determine tribunales. Cerca de 2000
millones de dólares serán los que desembolsará el fisco en un plazo de
10 años por el concepto de recompra de los créditos CAE y CORFO.
Pese a que el Mineduc y la CORFO
intentaran apaciguar el conflicto de los estudiantes “deudores”
publicitando aún más la rebaja del interés al 2% en los Créditos con
Aval del Estado (CAE), un grupo de miembros de la Agrupación de
Estafados por el Crédito Corfo en conjunto con algunos deudores del CAE
iniciaron una inédita acción judicial : demandaron civilmente al Estado
por haberse coludido con los bancos, quienes habrían lucrado ilegalmente
con estos créditos en desmedro del derecho a la educación de 106 mil
familias chilenas.
Este martes 15 de enero fue presentada
en la Corte de Apelaciones de Valparaíso una demanda civil contra el
Estado y los bancos por su posible colusión para el otorgamiento de
estos créditos. La acción judicial busca, como primera medida, liquidar
los créditos por considerar que se encuentran sobradamente pagados y
declarar prescritos todas las acciones civiles respecto de los títulos
que los bancos e instituciones de educación demandadas forzaron a
suscribir a los estudiantes y sus familias.
Según el abogado patrocinante, César
Barra, la nulidad de estos contratos se fundamenta en que “el Estado
orientó y determinó que estas familias tenían que suscribir contratos
con los bancos que a nuestros ojos no tienen causa ni objeto donde se ha
carecido de elementos fundamentales como la voluntad”. En este sentido,
aclara que “se establecieron contratos donde el banco no arriesga nada,
donde la banca privada se ha enriquecido y donde el Estado, a nuestro
juicio, no prestó el servicio adecuado a propósito de una necesidad
social como la educación”.
De esta forma, los contratos al carecer
de una causa devienen en ilícito o son inexistentes, por ello se demanda
su nulidad. Por otro lado se denuncia que el Estado no puede, dentro de
sus competencias, lucrar; sería ilícito entonces que el Banco otorgue
un crédito al estudiante con intereses siendo que estos fondos son
fiscales.
En este sentido se empieza a tejer una
presunta colusión de parte de organismos del Estado con instituciones
financieras. En palabras del abogado “creemos que el sistema que se
configuró fue en directo desmedro del patrimonio de las familias, a
propósito del planteamiento del Estado que sostenía que para estudiar en
la educación superior había que endeudarse con los bancos”- señala
Barra.
De este modo, en el escrito presentado
hoy en representación de estas 70 familias se solicita a los tribunales
que se establezca la responsabilidad civil extracontractual del Estado
por falta de servicio en razón que el Ministerio de Justicia no
fiscalizó a las corporaciones y fundaciones sin fines de lucro como lo
prescribe la ley; en el caso de la Superintendencia de Bancos e
Instituciones financieras, por no fiscalizar a los Bancos (especial
mención merece el caso de los créditos NO CORFO); así mismo al
Ministerio de Economía Fomento y Turismo, por no fiscalizar a CORFO; al
Ministerio de Educación, por no cumplir su deber de garantizar el
derecho a la educación; y por último, de modo subsidiario a todos
quienes participaron en estas decisiones, para que respondan con sus
patrimonios personales.
En consecuencia, se interpone esta
demanda por la suma total de 200 millones de pesos por cada uno de los
afectados, y en contra de los funcionarios que concurrieron en estos
actos para que respondan con sus patrimonios. Se mencionan en el escrito
a: Sergio Molina Silva, José Pablo Arellano, Mariana Aylwin
Oyarzún, Sergio Bitar Chacra, Marigen Hornkohl Venegas, Martín Zilic
Hrepic, Yasna Provoste Campillay, Mónica Jiménez de la Jara, Joaquín
Lavín Infante, Felipe Bulnes, Harald Beyer, Álvaro García Hurtado, Jorge
Leiva Lavalle, José de Gregorio, Jorge Rodríguez Grossi, Ingrid
Antonijevic Hahn, Alejandro Ferreiro Yazigi, Hugo Lavados Montes, Juan
Andrés Fontaine Talavera, Pablo Longueira Montes, Felipe Sandoval
Precht, Gonzalo Rivas Gómez, Oscar Landerretche Gacitúa, Carlos Álvarez
Voullieme y Hernán Cheyre Valenzuela.
POSIBLE COLUSIÓN
Cerca de 2000 millones de dólares serán
los que desembolsará el fisco en un plazo de 10 años por el concepto de
recompra de los créditos CAE y CORFO, por lo que resulta incuestionable
el gran negocio que ha establecido la banca con este sistema de
financiamiento. Cabe preguntarse entonces ¿existirá algún tipo de
colusión entre entidades del Estado e instituciones financieras?
Si bien esta demanda no aborda de manera
exhaustiva una explicación por una eventual colusión de parte de
personeros de gobiernos con instituciones bancarias, sí se advierte de
aquello al señalar “que estos actos de nulidad absoluta probablemente
escondan una serie de delitos penales que deben ser investigados,
cometidos por funcionarios públicos y privados que se favorecieron de
transacciones altamente rentables para ellos como lesivas para el erario
nacional”, sentencia el escrito en uno de sus párrafos.
Para el Vocero Nacional de la Agrupación
de Estudiantes Estafados por el Crédito Corfo, Cristian Villagrán,
resulta por lo menos curioso que “el ideólogo de estos créditos, me
refiero al ex ministro de Educación de Eduardo Frei, el señor Sergio
Molina Silva, luego de ejercer como ministro pasara a ser el
vicepresidente del Banco del Desarrollo, actual Scotiabank”.
DERECHO A LA EDUCACIÓN
Chile adoptó el 16 de septiembre de 1969
ante la Asamblea General de Naciones Unidas el llamado “Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales” el que fue
suscrito y luego promulgado el año 1989 por la dictadura militar,
transformándose en Ley de la República al publicarse en el diario
oficial en mayo de ese mismo año. ¿Qué es lo que dice este pacto
suscrito, ratificado, promulgado y publicado por el Estado chileno?
Respecto a la educación menciona que los
Estados firmantes deben garantizarla en todos sus niveles. Afirmación
que puede ser cuestionada en nuestro país donde el Estado actúa como un
regulador del mercado educativo, en el que solo garantiza la libertad de
enseñanza o emprendimiento a los empresarios de la educación.
En efecto, este apartado ordena a los
Estados firmantes en su artículo 13 letra c) a lo siguiente: “La
enseñanza superior debe hacerse igualmente accesible a todos, sobre la
base de la capacidad de cada uno, por cuantos medios sean apropiados, y
en particular, por la implantación progresiva de la enseñanza gratuita”,
siendo este mandato una norma de rango constitucional, por lo que en
Chile se debería asegurar el principio de gratuidad progresiva en la
educación superior, predominando sobre el sistema de financiamiento
mercantil que permitió la creación de este tipo de créditos, cuya
implantación y profundización ha sido impuesta durante las últimas dos
décadas por los Gobiernos democráticos.
Ahora quedará en manos de la justicia
chilena establecer las responsabilidades y de darse un fallo a favor de
los demandantes se establecería un hito histórico en la lucha del pueblo
chileno por el derecho a la educación.