El otro atado del gobierno con el Máximo Tribunal
13 Septiembre, 201
En abril de este año el máximo
tribunal emitió un informe desfavorable contra la ley que creará el
llamado “Sernac de la Educación Superior”, proyecto impulsado por el
gobierno para frenar los excesos del sistema universitario y
transparentar y castigar a las instituciones que lucren. Desde entonces
el proyecto no tiene avances, pese al insistente llamado del ministro
Beyer a aprobar la ley para darle más atribuciones de fiscalización al
Mineduc.
La polémica enfrascada entre el gobierno y la Corte Suprema por los
dichos de la ministra del Medio Ambiente, María Ignacia Benítez, no es
el único que tiene a ambos poderes del Estado agarrados del moño.
En abril de este año, cuando el proyecto de ley que crea la
Superintendencia de Educación Superior ya llevaba más de cuatro meses en
el Congreso, la Corte Suprema le paró los carros al ministerio de
Educación tras ser notificados por las funciones que tendrían de
aprobarse el “Sernac de la Educación”.
El proyecto, anunciado por Felipe Bulnes cuando el conflicto
educacional estaba al rojo el año pasado y que ha sido reiterado cientos
de veces por el actual ministro Harald Beyer, el gobierno y diputados
oficialistas como la panacea para terminar con el lucro en la educación,
recibió el informe de la Corte Suprema el 3 de abril de este año y no ha tenido avances en los más de nueve meses que lleva en Parlamento.
Desfavorable
En el oficio, el máximo tribunal puso el punto sobre las íes porque
la ley que crea la Superintendencia estima que los afectados por sus
resoluciones podrán reclamar a la Corte de Apelaciones de Santiago, la
que debe responder con plazo máximo de 15 días y agregar la causa
“extraordinariamente a la tabla de la audiencia más próxima”.
Junto a eso, la iniciativa impulsada por el Mineduc dice que la
sentencia se debe dictar en otros 15 días y en su contra no procederá
recurso alguno, salvo que implique la revocación del reconocimiento
oficial de la universidad. En ese caso, la apelación irá a la Corte
Suprema dentro de diez días hábiles.
Por esta razón, el máximo tribunal dice que es más conveniente que la
primera instancia de reclamaciones sea en juzgados civiles y no en la
Corte de Apelaciones y que esa regulación del proyecto de ley “no se
condice con la opinión de la Corte Suprema”.
Pero eso no es todo. La Corte además se manifiesta disconforme con la
incorporación extraordinaria del reclamo a la tabla, lo que se estima
reservado sólo para el retraso de alguna causa o a la importancia de
ella. “En este contexto, pareciera ser que la materia regulada en el
proyecto de ley -no obstante su importancia- no es de aquellas que
ameritaría su incorporación extraordinaria a la tabla para su vista
preferente”, dice el oficio.
Y ahí no termina. Sobre la opción de no poder presentar recursos
contra la decisión de la Corte de Apelaciones, salvo que sea tras
determinarse la revocación del reconocimiento oficial, la Suprema pone
un zendo parelé al proyecto diciendo que esa medida pasa a llevar un
derecho constitucional.
“La Corte Suprema ha sido categórica al señalar que cuando no procede
recurso alguno en contra de las resolución que resuelve la reclamación,
se está atentando el derecho constitucional del debido proceso,
consagrado en el numeral 3º del artículo 19 de la Constitución Política
de la República”, dice.
Para colmo, vuelve a recordar que la Corte -como en reiteradas
ocasiones- ha señalado que “su naturaleza es la de un tribunal de
casación y no de apelación”, por lo que el tribunal supremo considera
que deben ser los juzgados civiles quienes conozcan en primera instancia
de la reclamación.
Por estas razones, la Corte informó desfavorablemente el proyecto que
es ungido por el gobierno como la gran herramienta que le dará al
Mineduc mayores atribuciones para frenar el lucro en las instituciones
de educación superior y que no ha sumado ningún avance, a pesar de tener
suma urgencia en el Senado.