Patricia Muñoz Garcìa

Patricia Muñoz Garcìa
Departamento Nacional Profesores Jubilados DEPROJ

miércoles, 1 de febrero de 2012

Proyecto del Ejecutivo propone la creación de diversos incentivos al retiro para funcionarios de la salud municipal

Publicado el 30 de enero del 2012
La iniciativa propone establecer una bonificación por retiro voluntario, junto a una bonificación adicional y una bonificación adicional complementaria a los funcionarios de la salud municipal que se acojan al retiro voluntario.
(boletín 8140) El proyecto de ley recoge las inquietudes del sector público, quienes han manifestado su preocupación por las condiciones de egreso de los funcionarios que, habiendo cumplido una larga trayectoria de entrega al servicio público, se preparan para pensionarse.

De esta manera, el texto legal establece una bonificación por retiro voluntario equivalente a un mes de remuneración imponible por cada año de servicios prestado y fracción superior a seis meses, para todos aquellos funcionarios de la atención primaria de salud que cumplan con las edades requeridas, esto es 60 años para las mujeres y 65 años para los hombres.

Sin perjuicio de lo anterior, se establece la posibilidad para que las funcionarias mujeres puedan postergar su fecha de salida más allá de los 60 años y acceder igualmente a la bonificación por retiro voluntario, siempre que ello ocurra hasta el año 2014, fecha de término de vigencia del plan de retiro.

Además, y con la finalidad de otorgar beneficios a aquellas personas que no tuvieron opción de postular ya que no se encontraban cubiertas por un plan de incentivo al retiro, se establece el derecho a la bonificación para los funcionarios que cumplieron 60 años de edad si son mujeres y 65 años de edad si son hombres, a contar del día 1 de enero de 2011 y hasta el día anterior a la fecha de vigencia de la ley.

El proyecto establece también una bonificación adicional a la bonificación por retiro, de cargo fiscal, para todos los funcionarios de planta y a contrata de las instituciones que se mencionan, que tengan 10 o más años de servicios, consistente en el pago de un bono equivalente a la cantidad de 395 unidades de fomento, sin distinción de estamento. Asimismo, se considera en algunos casos, un aporte adicional de cargo fiscal, que complementa la bonificación adicional señalada.

El articulado contempla asimismo diversas normas relativas al cumplimiento de requisitos para acceder a las bonificaciones, procedimientos, restricciones, plazos de postulación, y otras definiciones necesarias para la correcta aplicación del beneficio.

En lo que dice relación con la aplicación del denominado “bono post laboral”, -establecido por la ley N° 20.305 que mejora las condiciones de retiro de los trabajadores del sector público con bajas tasas de reemplazo en sus pensiones-, se establecen normas que permiten compatibilizar los plazos de acceso a dicho beneficio tanto para aquellos funcionarios que serán beneficiarios de la bonificación por retiro que establece este proyecto de ley y a quienes ya se les haya vencido el plazo de postulación al bono post laboral, como para las funcionarias que opten por postergar su decisión de retirarse más allá de los 60 años de edad.

El proyecto además aclara que para el año 2012 la bonificación se podrá conceder por un máximo de 500 cupos; para el año 2013 la bonificación se podrá conceder por un máximo de 800 cupos. En el año 2014, la bonificación se concederá por un máximo de 800 cupos y podrá postular el personal que cumpla con los requisitos de edad exigidos.

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