Patricia Muñoz Garcìa

Patricia Muñoz Garcìa
Departamento Nacional Profesores Jubilados DEPROJ

martes, 27 de diciembre de 2011

Cámara pide subsanar problemas originados por aplicación de la reforma previsional

Publicado el 27 de diciembre del 2011
Con 54 votos a favor, la Sala de la Cámara de Diputados dio su aprobación al Proyecto de Acuerdo 480, que pide al Gobierno impulsar sendas iniciativas legales con el propósito de que no se siga exigiendo la devolución de beneficios ya pagados por errores del propio Estado y que se perfeccione el pago del bono por hijo, que en algunos aspectos ha perjudicado a sus beneficiarias.
El proyecto de acuerdo fue presentado por el diputado Pepe Auth (PPD), quien resaltó que la reforma previsional puesta en marcha en julio de 2008 implicó un importante cambio en el sistema de protección social en Chile pero en su paulatina aplicación han aparecido problemas propios de una normativa compleja que empieza recién a mostrar sus efectos.

Al efecto, sostuvo que la Superintendencia de Seguridad Social detectó tardíamente una serie de incompatibilidades en las asignaciones de pensiones básicas solidarias de vejez, invalidez, discapacidad y asignaciones familiares, por lo que instruyó descontar dichos pagos con una retroactividad de hasta cinco años, perjudicando a muchas personas que estaban percibiendo el beneficio de asignación familiar.

“El problema es acuciante pues hay personas que reciben pensiones mínimas y se les está descontando más de 600 mil pesos asignados “erróneamente” a sus respectivas pensiones”, señaló el parlamentario.

También puntualizó que el Instituto de Previsión Social (ex INP), luego de asignar beneficios por concepto de pensión básica solidaria a más de cuatro mil chilenos de escasos recursos, tras revisar el instrumento técnico de focalización, suspendió los pagos y exigió la devolución de los dineros ya entregados.

Por otra parte, el diputado Auth hizo referencia a que otros problemas se suscitan con la entrega del Bono por Hijo, consagrado en el artículo 74 de la Ley 20.255 de Reforma Previsional, donde se precisa que por cada hijo nacido vivo la madre recibirá el equivalente a 1,8 ingresos mínimos mensuales. Estos aportes se pagan prorrateados de acuerdo a un sistema de cálculo que termina la expectativa de vida de la pensionada y los fondos de su cuenta de capitalización.

“El problema es que en la práctica, al no ser considerado como un beneficio no contributivo, otorgarle el Bono a una mujer puede afectarla de manera negativa si acaso la jubilación que recibe es baja y está requiriendo el aporte del Estado para completar la pensión mínima. Ello porque al recibir el Bono, se considerará que su pensión ha incrementado y por tanto reducirá o perderá la Garantía Estatal mientras se le esté pagando el Bono por Hijo, al ser éste incompatible con el pago de otro beneficio”, sostuvo el congresista.

Otro problema advertido por el diputado Auth es que la alta proyección en la esperanza de vida de algunas mujeres puede resultar en que el Bono se pague en cuotas tan pequeñas durante veinte años que pasa a ser un beneficio irrelevante.

Por todos estos antecedentes, el Proyecto de Acuerdo 480 solicita al Gobierno que impulse perfeccionamiento a la Ley 20.255 sobre Reforma Previsional con tres propósitos: no cobrar retroactivamente los beneficios ya pagados por concepto de pensiones de vejez, invalidez o sobrevivencia; definir al Bono por Hijo como un beneficio no contributivo; y determinar un monto mínimo de 1 UF mensuales y un tiempo máximo de diez años para el pago de la totalidad del Bono por Hijo nacido vivo.



No hay comentarios:

Publicar un comentario