Patricia Muñoz Garcìa

Patricia Muñoz Garcìa
Departamento Nacional Profesores Jubilados DEPROJ

domingo, 25 de septiembre de 2011

PROPONEN TERMINAR CON EL GAS LAGRIMÓGENO


Diputados de Oposición presentan moción que prohíbe el uso de gas lacrimógeno para controlar disturbios

Publicado el 23 de septiembre del 2011
El proyecto prohíbe el uso de elementos lacrimógeno como instrumento de control de disturbios y permite su uso por las fuerzas de orden sólo en caso de legítima defensa y previa autorización expresa de la autoridad política administrativa.
Los autores de la moción señalan en sus fundamentos que para disolver manifestaciones públicas las Fuerzas de Orden y Seguridad del país utilizan diferentes métodos de coerción, uno de ellos el "gas lacrimógeno", término usado comúnmente para designar un grupo de químicos conocidos como agentes de control de disturbios, que incapacitan temporalmente a la gente debido a la irritación que produce en los ojos, boca, garganta, pulmones y piel.
Añaden los parlamentarios que el uso de estos gases tiene como principal inconveniente el no reconocer limitaciones espaciales, por tanto queda expuesta a sus efectos tóxicos toda la población y actividades existentes en el entorno de la manifestación, sin discriminar entre personas y su situación de salud, edad ni condición.

Asimismo, hacen presente que un científico de la Universidad de Chile, el toxicólogo Andrei Tchernitchin, ha advertido que estos gases podrían tener efectos abortivos en las mujeres embarazadas que se ven expuestas a ellos.

Igualmente, ponen de relieve que en la mayoría de las legislaciones de países desarrollados no es admitido el uso de estos gases, como Bélgica, y en otros sólo se permite en situaciones límites y para efectos de legítima defensa, como sucede en Holanda y Eslovaquia. Precisan que en otros países, como Francia y Dinamarca, además de requerirse una situación de legítima defensa, se necesita autorización de la autoridad político administrativa a cargo de la mantención del orden público.

Finalmente, los patrocinantes sostienen que en Chile, con motivo de las recientes manifestaciones estudiantiles, las Fuerzas de Orden y Seguridad han utilizado el gas lacrimógeno de manera indiscriminada, no sólo como elemento disuasivo o como instrumento de legítima defensa sino que como instrumentos de agresión, como ha quedado de manifiesto en videos ampliamente difundidos.

El proyecto presentado es de artículo único y prohíbe como instrumento de control de disturbios el uso de elementos lacrimógenos u otros compuestos químicos que produzcan incapacidad temporal para funcionar a las personas debido a la irritación que provocan en los ojos, boca, garganta, pulmones o piel. Precisa que sólo podrá utilizarse este tipo de elementos por parte de las Fuerzas de Orden y Seguridad en caso de legítima defensa y previa autorización expresa de la autoridad política administrativa encargada de velar por la mantención del orden público.

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