Patricia Muñoz Garcìa

Patricia Muñoz Garcìa
Departamento Nacional Profesores Jubilados DEPROJ

lunes, 2 de mayo de 2011

mensaje para colega V.Meneses,que al haber renunciado en 2008 al sistema público,quisiera postular al bono post laboral.

Verónica:Si puedes observar el 2°punto exige como requisito para obtener el bono post laboral,el ser funcionario público.
Te informamos además que esta ley está en revisión en el congreso:
Atentamente:Patricia
¿Qué requisitos hay que cumplir para recibir el bono?
  • Estar afiliado al Sistema de Pensiones.
  • Tener calidad de funcionario público (planta o a contrata) o estar contratado conforme al Código del Trabajo, en las instituciones antes mencionadas, tanto en la fecha de postulación al bono, como con anterioridad al 1 de mayo de 1981.
  • Tener a lo menos 20 años de servicio en las instituciones antes mencionadas.
  • Tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior a 55%.
  • Acceder a una pensión de vejez líquida igual o inferior a $979.946 (para el año 2009).
  • Si es hombre, tener cumplidos 65 años; si es mujer, 60 años.
  • Cesar en el cargo o terminar el contrato de trabajo, por renuncia voluntaria, por obtener pensión por vejez, por supresión del empleo o por la aplicación de la causal "necesidades de la empresa".
 
¿Cuándo se postula al bono?
Dentro de los 12 meses siguientes al cumplimiento de 60 años de edad si es mujer ó 65 años de edad si es hombre. Hasta el 31 de diciembre de 2024.
 
¿Dónde se solicita?
Ante la jefatura superior del servicio u organismo en que se encuentre desempeñando sus funciones. Allí deberá llenar una Solicitud Bono Post Laboral.
 
¿Cuándo y dónde se paga el bono?
El bono será pagado por el Servicio de Tesorerías o las instituciones con las que éste suscriba convenios (AFP, compañías de seguros) a partir del mes subsiguiente al de la fecha en que el trabajador deje de trabajar.
 

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