Aprobación del PRMS-100
No podemos perder de vista que esta expansión horizontal ya había sido rechazada el 30 de junio de 2010 por decisión unánime de los consejeros de oposición y debemos entender que la actual voltereta de los PPD y DC ha sido producto del lobby ejercido en esos partidos políticos por un joven y elegante abogado PS, reclutado para tal propósito por los ansiosos promotores inmobiliarios.
Quien llevaba la batuta en la sesión era el sonriente intendente Fernando Echeverría, principal interesado en que se aprobara la expansión porque, según sus palabras, así se ayudaba a los pobres. Por algunos minutos lo acompañó Magdalena Matte, ministra de Vivienda y Urbanismo (Minvu), quien expresó sentidas palabras a favor de los allegados acarreados a la sesión, quienes oían ilusionados, que con esta aprobación iban a tener viviendas sociales en las 8 comunas periféricas donde se consultaban los cambios de usos de suelo.
Después de la votación se les preguntó a los consejeros regionales de la Concertación que se habían dado vuelta la chaqueta al aprobar el PRMS-100 la razón de ese cambio, contestando seriamente que ahora el proyecto es distinto al que ellos habían rechazado el 30 de junio de 2010. En todo caso, el intendente, para justificar que la ampliación urbana no se hubiera sometido a una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), tal como lo manda la nueva legislación ad hoc vigente desde enero de 2010, decía lo contrario, es decir, que el proyecto era el mismo.
El PRMS original, vigente desde noviembre de 1994 y que se proyectaba para los próximos 30 años siguientes, tenía como objetivo reducir la zona de expansión urbana en 40.000 hectáreas para que Santiago se densificara, y así se pudieran revertir los graves problemas de marginalidad, segregación, contaminación atmosférica, ocupación de tierras agrícolas, y el financiamiento por parte del Estado de las externalidades negativas que generaban las extensas urbanizaciones. Pero ya en diciembre de 1997 ese PRMS se había modificado, incorporando a este instrumento normativo los territorios de las comunas de Til-Til, Colina y Lampa (Provincia de Chacabuco).
Da la casualidad, y a título de anécdota, que amén de la “inadvertencia” funcionaria, resulta que esas mismísimas 10.000 hectáreas, que por lo demás habían sido expresamente declaradas como inundables en 1994, y por tanto excluidas del desarrollo urbano, habían sido adquiridas por lo mismo a vil precio por connotados políticos e inversionistas con “visión de futuro”, quienes una vez obtenida dicha incorporación al área urbana en 1997, las sanearon y las conectaron a Santiago, pero con fondos públicos del MOP.
En el año 2003, el Minvu, reparando el “error” cometido anteriormente, incorporó al PRMS la nueva figura de los PDUC (Proyectos con Desarrollo Urbano Condicionado) a ejecutarse también en territorios agrícolas de esta región, pero que ahora, a diferencia de las ZUDC, no se designarían a dedo a favor de influyentes propietarios, se exigiría la construcción de la vivienda social para cada etapa, y las obligaciones de los privados por las externalidades negativas a generarse quedarían claramente establecidas. Así Ravinet, ministro sectorial a la sazón, declaraba que “cualquier” dueño de predios rurales que dispusiera de 300 hectáreas se podía acoger a esta metodología fijada en el artículo 8.3.2.4. de la Ordenanza del PRMS.
Tres grupos económicos se acogieron a los PDUC, los que fueron rápidamente aprobados por la caja de buzón denominada Corema y por el CORE, instancias colegiadas que creían que los titulares de esos 3 mega negocios habían asumido las estrictas exigencias contempladas en el mencionado artículo 8.3.2.4. Oportunamente nuestra fundación le demostró a la Contraloría General de la República que ambas resoluciones, es decir, la de la Corema y del CORE eran absolutamente truchas.
Es más, detectamos que el Minvu, con tal de favorecer esas inversiones privadas, había hecho la vista gorda en cuanto a no requerir a sus titulares dichas obligaciones. Por esta razón, ambos actos administrativos de esas instituciones del Estado, han sido devueltos a sus remitentes por la Contraloría y a esta fecha el nuevo gobierno de “excelencia” está urdiendo fórmulas ingeniosas para que tales negocios inmobiliarios en sectores agrícolas se puedan iniciar.
Pero hay que tener presente que la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), vigente desde abril de 1976, ordena que “fuera de los límites urbanos establecidos en los planes reguladores no será permitido abrir calles, subdividir para formar poblaciones, ni levantar construcciones, salvo aquellas que fueren necesarias para la explotación agrícola del inmueble, o para las viviendas del propietario del mismo y sus trabajadores”. Hace unos 7 años atrás, el Congreso Nacional, a solicitud de la Cámara de la Construcción y de otros tantos actores interesados, modificó el artículo 55º de la LGUC para que en los terrenos agrícolas se puedan construir viviendas subsidiadas de hasta UF 1.000, lo que ha generado infinidad de complicaciones a las municipalidades.
Como vemos, la ley no desea que se desarrolle actividad urbana fuera de los límites fijados en los planes reguladores, aunque en el año 1980 se originó el DL 3516 por decisión de Pinochet a solicitud del Ministro de Agricultura, con lo cual se han subdividido en predios de 0,5 hectáreas casi todas la extensiones rurales del país conformando condominios habitacionales llamados “parcelas de agrado”. Pero este DL 3516 prohíbe expresamente el cambio de uso de suelo, exigiendo que se mantenga su uso agrícola y a pesar de que en la práctica tales conjuntos de casas conforman núcleos inmobiliarios, la institucionalidad ha optado por mirar para el lado.
Por otro lado, las figuras administrativas de las ZUDC, PDUC y ZUC originadas en resoluciones firmadas por los distintos intendentes metropolitanos no están amparadas en la LGUC, situación inconcebible que debe hacer recapacitar no solo a los parlamentarios sino también al poder ejecutivo. De ello se desprende que el ordenamiento urbano en Chile lo decide arbitraria y discrecionalmente el ministerio sectorial con los actores privados interesados, a vista y paciencia del Congreso Nacional.
Ahora bien, tal como lo ha señalado el economista Pablo Trivelli, la persona que más sabe de la disponibilidad de suelo, entre otras cosas, por ser Editor del Boletín del Mercado de Suelo, esta antojadiza expansión es absolutamente innecesaria, incoherente y perjudicial para el desarrollo urbano sustentable en esta región por la sencilla razón de que al interior del Área Urbana Metropolitana tenemos miles de hectáreas aprovechables para construir todo tipo de viviendas.
Y ya que tanto se habla de probidad y transparencia tenemos el deber de denunciar que hasta la fecha el Minvu no nos entrega el listado completo y preciso con los nombres de todos los particulares que obtendrán plusvalías patrimoniales con estos cambios de uso de suelo. Ese ministerio, argumentando que no tenía los roles de los predios que ahora serán aptos para realizar negocios inmobiliarios, le traspasó hábilmente la responsabilidad de suministrarnos esa información de carácter pública al Servicio de Impuestos Internos (SII), organismo del Estado que sólo nos entregó una documentación involuntariamente equivocada, tal como en su oportunidad se lo manifestamos por escrito a ambos servicios.
Lo que en rigor corresponde, tal como se lo expresamos al Consejo para la Transparencia, es que con la firma del Minvu y el SII se nos entreguen esos datos para que la opinión pública sepa a quiénes se está favoreciendo con la autorización del PRMS-100. No quisiéramos creer que el gobierno majaderamente mantendrá en secreto esta gravitante documentación, porque si así ocurriese, se podrían sacar muchas conclusiones.
El 11 de enero de 2011, una treintena de organizaciones civiles agrupadas en el referente “Por un Santiago a Escala Humana” le entregaron al presidente Piñera una explicativa y fundada carta en la cual se le solicitaba que este proyecto expansivo debía someterse a un proceso democrático de participación ciudadana para así legitimarlo. El presidente, que ha prometido una nueva y mejor forma de gobernar nunca contestó y cometió el exabrupto de felicitar a Echeverría tan pronto se conoció el resultado de la votación en el CORE. Es decir, ambos ex socios en proyectos inmobiliarios estaban muy contentos con la ampliación del límite urbano, lo cual es asaz curioso ya que tal iniciativa despertaba polémica y Piñera tomó partido por los especuladores.
Por si fuera poco, la directiva nacional del Colegio de Arquitectos, el 7 y el 25 de marzo de 2011, le envió 2 contundentes informes a Echeverría para que en aras del bien común de la megalópolis, postergara la votación del 30 de marzo de 2011. En esos documentos los profesiones que sí tienen competencia para opinar y digámoslo con claridad, para resolver sobre materias relacionadas con el urbanismo, le dieron a conocer al intendente y presidente del CORE un sinfín de situaciones no contempladas ni menos resueltas en el PRMS-100, pero Echeverría no los escuchó porque él tenía un mandato que debía cumplir.
Está claro que esta equivocada aprobación tendrá que ser denunciada en la Contraloría por todos aquellos que creemos en el Estado de Derecho para que no tome razón de la resolución respectiva. Y si nos atenemos a la lógica más elemental, quien también debe recurrir al ente fiscalizador es el Colegio de Arquitectos, asociación gremial de profesionales que tuvo la favorable predisposición de decirle a los políticos que detentan el poder cómo se debe “Hacer Ciudad”.
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