Patricia Muñoz Garcìa

Patricia Muñoz Garcìa
Departamento Nacional Profesores Jubilados DEPROJ

miércoles, 9 de diciembre de 2009

ASAMBLEA REGIONAL: DEMANDAS POR BONO SAE

En Asamblea Metropolitana del día viernes 04 de diciembre se informó sobre la implementación de la resolución tomada en Asamblea Nacional pasada, durante el conflicto, de demandar por el Bono SAE. Esto es demandar comunalmente a fin de cobrar todas las sumas que se adeuden por concepto del Bono Sae o Bono Extraordinario. Esto deberá hacerse en este mes de diciembre de 2009.
Dado que el tiempo es reducido y la cantidad de demandantes es muy grande, es imposible que el Colegio de Profesores pueda por sí, con su equipo jurídico, asumir los miles de demandas que se deberán entablar. Por ello es que la orientación nacional es que se organice descentralizadamente, de tal manera que sea asumida comunalmente, por cada uno de los directorios comunales. Para ello se propone un plan de trabajo para el ejercicio de las acciones.
Dentro de tales medidas, está la de proponer, por parte del Colegio de Profesores, un grupo de abogados que estaría en condiciones de asumir las defensas. Sin embargo, se debe dejar abierta la posibilidad de que cada comunal adopte la primera decisión en cuanto a la contratación del abogado, esto sería lo más recomendable, pero entendiendo que se ha señalado que se interpondrán las demandas, por lo que hay que buscar un camino serio y responsable para ello.
Para tal finalidad se requiere una organización en cuanto al otorgamiento del mandato judicial y la entrega de documentos que para ello sea necesario.
ES IMPORTANTE TENER PRESENTE QUE ESTATUTARIAMENTE SOLO PODEMOS CONSIDERAR A PROFESORES COLEGIADOS. EN SU DEFECTO, LOS NO COLEGIADOS QUE SOLICITEN SER PARTE DE ESTAS DEMANDAS, SOLICITARLES QUE SE COLEGIEN.
El mandato judicial se otorga al respectivo abogado al que se le faculta para percibir el total de lo obtenido y luego pueda descontar los honorarios pactados, para ello se debe contar con la o las Notarías a la que deberán concurrir a firmar el mandato judicial, donde cada persona debe pagar la suma máxima de $2.000 (dos mil. Conversar con el notario.). El mandato base (aproximadamente $ 15.000.- quince mil pesos) será pagado por el Colegio de Profesores. Los abogados que se contraten con tales objetivos percibirán como únicos honorarios, la suma equivalente a un diez por ciento, del total efectivamente pagado a cada docente (que es igual a lo que se cobra por el Colegio a los colegas por cualquier juicio ganado).
Confección de la Demanda: El Departamento Jurídico Nacional confeccionó una demanda tipo, la que se le propondrá a cada abogado que se haga cargo por comuna, sin perjuicio de las modificaciones que éste pudiera hacer. Un abogado puede tomar una o más comunas, según la cantidad de demandantes.
Documentos que se deben solicitar: Cada Directorio Comunal debe hacer la nómina de los colegas demandantes con el respectivo RUT y recolección de la documentación.
a.- Las liquidaciones de remuneraciones de los meses de diciembre de 2007 y 2008
b.- Liquidación de la suma pagada como anticipo de bono SAE durante el año 2009.
c.- Fotocopia de la cédula de identidad.
Solicitamos a los dirigentes comunales gestionar estas tareas lo más rápido posible, pues el tiempo que tenemos es muy breve: Decidir el abogado, hacer la nómina de los demandantes y recolectar la documentación.
BASES PARA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS JURÍDICOS PARA COBRO JUDICIAL DEL BONO SAE DE LOS AÑOS 2007, 2008 Y 2009
1) La contratación de estos servicios de asistencia judicial tendrá lugar por Provincia o Comuna, según lo determinen las necesidades de cada caso, a partir de lo que señalen las respectivas directivas de cada uno de esos niveles.
2) El cometido profesional consistirá en llevar a cabo las acciones judiciales tendientes a cobrar todas las sumas que se adeuden por concepto del Bono Sae o Bono Extraordinario establecido en el artículo 13 letra d), de la Ley 20.158 a los profesionales docentes de la dotación comunal respectiva, devengado durante los años 2007, 2008 y 2009, incluyendo obligatoriamente los reajustes, intereses legales y costas.
3) Para tales efectos, las acciones judiciales a deducir deberán entablarse ante los Tribunales del Trabajo competentes, mediante los procedimientos más expeditos que se convenga y que se encuentran contemplados en el Código del Trabajo.
4) Los servicios contratados se extenderán hasta el entero, oportuno y cumplido pago íntegro de las sumas adeudadas por los conceptos señalados, incluyendo, por tanto, todas las gestiones que correspondan ante los tribunales de primera instancia, Cortes de Apelaciones y Corte Suprema, en su caso, y en los Tribunales de Cobranza Laboral, si fuere necesario.
5) Las acciones judiciales a interponerse deberán iniciarse, dentro del mes de diciembre del año 2009, a más tardar y deben fundamentarse, principalmente, en las disposiciones legales que regulan el Bono Sae y la opinión jurídica desarrollada por el Directorio Nacional respecto del dictamen de Contraloría General de la Republica sobre la fórmula de cálculo de dicho estipendio sin perjuicio de la orientación final que el profesional adopte dentro de su competencia.
6) Los Abogados contratados para estos efectos, deberán acceder a mantener informado al Directorio Regional sobre los avances de los juicios encomendados y del seguimiento de los mismos que pueda realizar el departamento jurídico del Colegio Regional.
7) Los abogados que se contraten con tales objetivos percibirán como únicos honorarios, la suma equivalente a un diez por ciento, del total efectivamente pagado a cada docente, facultándose a los abogados para retener y pagarse directamente de las sumas que enteren los demandados, a prorrata de su porcentaje, esto es, la décima parte de lo que se entere en cada pago. Sin perjuicio de lo antes expuesto podrán adjudicarse las costas personales que pudieren fijarse por los Tribunales, a excepción de las costas procesales, que serán restituidas al Colegio Nacional de Profesores A.G.
8) El Colegio de Profesores de Chile A.G., se obliga, de una parte, a organizar a los interesados en demandar dichas prestaciones, quienes deberán suscribir un mandato judicial especial para el o los abogados contratados y a proveer las expensas necesarias para los gastos procesales, mediante sumas a rendir, de las que se hará entrega a los abogados.
9.- La adjudicación de las contrataciones para estos fines, se efectuará mediante invitación directa, organizada por los directorios regionales, provinciales y/o comunales. Las propuestas serán evaluadas por el Departamento Jurídico del Colegio Regional y los contratos de prestación de servicios serán elaborados por dicho Departamento

No hay comentarios:

Publicar un comentario